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Autor Tema: IMPUESTO DE SUCESIONES  (Leído 1522 veces)

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Desconectado Cristina Muñoz

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IMPUESTO DE SUCESIONES
« en: 28 de Octubre de 2013, 13:24:47 pm »


Tengo un familiar que ha recibido una herencia de una tía.
La herencia es una cuantía económica de 20000. Por esta cuantía hacienda le solicito 1500 euros, pero solicito un certificado de la entidad bancaria de todos los movimientos de la cuenta con un año de antelación.
Tras aportar los movimientos de la cuenta, la funcionaria de hacienda observa que en la cuenta durante al año anterior hubo como maximo 60000 y le indica a la heredera que debe tributar por los 60000 una cuantía de 9000.

La heredera sorprendida le pide explicaciones a la funcionaria de hacienda y le pregunta porque tiene que tributar por 60000 euros cuando ella solo ha percibido 20000 y le dice que si quiere que tribute por 20000, a lo cual esta le vuelve a preguntar que si después en un futuro se lo van a reclamar y la funcionaria le responde que ella cree que no.

Debo comentaros que esta tributacion debe realizarse en Andalucía.

Mi pregunta es ¿debe tributar por 60000 o por 20000?; y si tributa por 20000 ¿que plazo tiene hacienda para solicitarle el pago por 60000? ( en el caso de que ellos consideren que esta es la cuantía por la que debe tributar?; ¿tendría recargos? ¿cuantos?


Ruego me contestéis cuanto antes, gracias :)


Desconectado abogado M

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Re:IMPUESTO DE SUCESIONES
« Respuesta #1 en: 28 de Octubre de 2013, 16:01:42 pm »
   Eso habría que explicarlo mejor. ¿Se supone que Hacienda entiende que ha habido donaciones en vida en favor del heredero y que esas donaciones no han tributado? En cualquier caso Hacienda no puede comunicar algo a los contribuyentes así, de chascarrillo verbal como quien charla en la cola de la carnicería.

   Aclara lo de las posibles donaciones en metálico y mira la legislación autonómica en materia de exenciones al impuesto.
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Desconectado Pravias

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Re:IMPUESTO DE SUCESIONES
« Respuesta #2 en: 28 de Octubre de 2013, 17:03:57 pm »
Cristina te pongo lo que dice el reglamento sobre sucesiones
Artículo 25. Bienes adicionables por haber pertenecido al causante en el año anterior al fallecimiento. 1. En las adquisiciones por causa de muerte se presumirá que forman parte del caudal hereditario los bienes de todas clases que hubiesen pertenecido al causante de la sucesión hasta un año antes del fallecimiento, salvo prueba fehaciente de que tales bienes fueron transmitidos por aquél y de que se hallan en poder de persona distinta de un heredero, legatario, pariente dentro del tercer grado o cónyuge de cualquiera de ellos o del causante. Esta presunción quedará desvirtuada mediante la justificación suficiente de que, en el caudal, figuran incluidos, con valor equivalente, el dinero u otros bienes subrogados en el lugar de los desaparecidos.   A los efectos del párrafo anterior se presumirá que los bienes pertenecieron al causante por la circunstancia de que los mismos figurasen a su nombre en depósitos, cuentas corrientes o de ahorro, préstamos con garantía o en otros contratos similares o bien inscritos a su nombre en los amillaramientos, catastros, Registros Fiscales, Registros de la Propiedad u otros de carácter público.   La no justificación de la existencia de dinero o de bienes subrogados no obstará al derecho de los interesados para probar la realidad de la transmisión.   2. La adición realizada al amparo de esta presunción afectará a todos los causahabientes en la misma proporción en que fuesen herederos, salvo que fehacientemente se acredite la transmisión a alguna de las personas indicadas en el número 1, en cuyo caso afectará sólo a ésta que asumirá a efectos fiscales, si ya no la tuviese, la condición de heredero o legatario.
Entiendo que a la hora de liquidar el impuesto lo que han hecho ha sido coger el saldo de los 60.000 pero si tu familiar demuestra de que en el momento del fallecimiento sólo habría 20.000 tributará por este importe. El plazo de prescripción son 4 años que se interrumpen y vuelve a empezar otra vez dicho plazo desde que la administración inicia algún trámite.
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Desconectado Cristina Muñoz

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Re:IMPUESTO DE SUCESIONES
« Respuesta #3 en: 28 de Octubre de 2013, 18:29:25 pm »
Toda esta información se la dieron en ventanilla verbalmente, imagino que para pedirle que tribute por 60000 entiende que todo este importe lo ha percibido la heredera claro.

Lo que esta persona no quiere es tributar por los 20000 y que despues en un futuro le exijan el pago de 9000 y no tenga dinero para pagarlo. Por esto es muy importante saber con certeza por cuanto tiene que tributar exactamente.

Desconectado abogado M

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Re:IMPUESTO DE SUCESIONES
« Respuesta #4 en: 28 de Octubre de 2013, 22:03:36 pm »
   Lo importante es saber a quién y en concepto de qué se dieron esos otros cuarentamil euros.
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Desconectado Pravias

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Re:IMPUESTO DE SUCESIONES
« Respuesta #5 en: 29 de Octubre de 2013, 09:04:41 am »
Como dice el compañero dónde fueron a parar el resto del dinero?, se gastó en algo?, simplemente se sacó y quién sabe si están en algún armario metido, etc.
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Desconectado Cristina Muñoz

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Re:IMPUESTO DE SUCESIONES
« Respuesta #6 en: 30 de Octubre de 2013, 10:50:06 am »
Se saco porque queria repartirse entre el resto de sus sobrinos

Desconectado Pravias

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Re:IMPUESTO DE SUCESIONES
« Respuesta #7 en: 30 de Octubre de 2013, 10:58:57 am »
Pero eso no sería una donación?
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