Hola mrgr54,
Lo primero que debes de mirar es el auto que despacha ejecución y por la cantidad que la despacha.
Lo normal es que se despache ejecución por el principal más intereses y costas que se deriven de la ejecución presupuestados provisionalmente, que suelen ser el 30% del principal.
Una vez comprovado esto, si ya te han embargado el principal y continúan embargándote, podría ser que te estubieran embargando los intereses y costas presupuestados provisionalmente. Si es así deberías presentar un escrito al Juzgado diciendo que ya te han embargado el principal y que detengan los embargos. Lo que hará el Juzgado es requerir a la parte contraria para que liquide los intereses y tase las costas. De la liquidación de intereses y costas te darán traslado para que te opongas si lo consideras oportuno. Si mientras el Juzgado detiene los embargos todo ese tiempo que ganarás, aunque ten en cuenta que si el auto despacho ejecución por por el principal más intereses y costas provisionales, no tiene porque detener los embargos hasta cubrir estos.
Si el auto solo despacho ejecución por los 6100 euros a los que te refieres, entonces presenta un escrito al Juzgado solicitando que envien oficio al organismo donde cobras la pensión mandando que detengan los embargos y que se te devuelva la cantidad sobrante.
Si tienes dudas de la cantidad que te han embargado, o de si todo lo que te han embargado a ido a parar al juzgado, puedes pedir a este último un extracto de la cuenta de consignaciones de tu procedimiento donde figuraran las cantidades embargadas y las fechas.
Saludos,