Hola lancelot1988,
me pregunto si has querido usar la figura de la "cesión" con conocimiento de hecho. Si hablamos de cesión, como tal, yo no aceptaría ese pacto por motivos evidentes: la titularidad no se consolida en la ex esposa sino que se cede el uso y disfrute. Ese derecho real no debe llegar al valor del que estás hablando.
Por otro lado si estamos hablando de una donación las cosas ya cambian. El ex cónyuge deudor va a pagar en especie su deuda y eso es perfectamente factible. Más abajo te adjunto un enlace que te puede interesar leer muy atentamente. Pero antes debo decirte que si el bien inmueble está pendiente de ciertas cuotas quiere decir que podría ser ejecutado y que el valor que el ex cónyuge deudor le está dando con el fin de compensar lo debido, evitando que se ejecute la sentencia, no es su valor real ni tan solo tiene ahora un valor considderable.
Mi consejo es que se ejecute la sentencia y que una vez el juez otorgue el derecho a pecibir ese precio debido a la ex-cónyuge, el deudor ofrezca un pacto y sea el juez el que lo homologue.
El notario puede escriturar una donación pero mucho ojo porque las donaciones se traen a la herencia si han sido donadas de modo gratuíto si lo reclamaran los legitimarios, por lo que en realidad ni siquiera así tendría la acreedora asegurado el precio que "supuestamente" se la pretende ahora pagar en especie.
¿Estamos? No nos dejemos llevar por las apariencias de los bienes si no sabemos si recaen sobre ellos hipoteca, deudas o cualquier otro derecho.
Te adjunto un enlace muy a tener en cuenta (puedes encontrar más información en otros sitios web que hablan sobre estos asuntos)
No puedes ver los enlaces.
Register or
LoginPor cierto.... como consejo... al enemigo ni agua... Cuando tengas el derecho otorgado por el juez entonces negocias y homologasss...
