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Autor Tema: Compulsa de documentos  (Leído 6749 veces)

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Desconectado amparomartinez

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Compulsa de documentos
« en: 04 de Noviembre de 2013, 07:55:30 am »
 :-\
Donde puedo compulsar fotocopias gratis, estoy en el paro y son documentos para enviar con el curriculum Gracias.


Desconectado NatalyGut

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Re:Compulsa de documentos
« Respuesta #1 en: 04 de Noviembre de 2013, 09:33:01 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
:-\
Donde puedo compulsar fotocopias gratis, estoy en el paro y son documentos para enviar con el curriculum Gracias.

Depende de a dónde las quieres enviar y su origen.

Si es una fotocopia de comprobante de un antiguo trabajo, prueba de pedir allí que te lo compulsen para dar credibilidad.

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Comparto con vosotros mis apuntes de D. Contitucional I AQUÍ: No puedes ver los enlaces. Register or Login

Desconectado ainhoa_acb

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Re:Compulsa de documentos
« Respuesta #2 en: 04 de Noviembre de 2013, 22:27:52 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
:-\
Donde puedo compulsar fotocopias gratis, estoy en el paro y son documentos para enviar con el curriculum Gracias.

Si es para una Administración Pública, el órgano/departamento que te pide los documentos esta obligado a compulsártelos. Si es para una empresa privada, las compulsas carecen de validez y lo único que puedes hacer es hacer copias notariales. La compulsa solo significa que eso es una copia del original, pero no puede acreditarse con ello que ese original sea una falsificación. la gente cree que el funcionario que compulsa es una especie de fedatario público y realmente el único que puede dar fe de que eso es fiel  copia de un original es un notario.

Desconectado ainhoa_acb

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Re:Compulsa de documentos
« Respuesta #3 en: 04 de Noviembre de 2013, 22:45:17 pm »
Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro.


art. 8. Las oficinas de registro no estarán obligadas a compulsar copias de documentos originales cuando dichas copias no acompañen a solicitudes, escritos o comunicaciones presentadas por el ciudadano.

2. Para el ejercicio de este derecho el ciudadano aportará, junto con el documento original, una copia del mismo. La oficina de registro realizará el cotejo de los documentos y copias, comprobando la identidad de sus contenidos, devolverá el documento original al ciudadano y unirá la copia, una vez diligenciada con un sello o acreditación de compulsa, a la solicitud, escrito o comunicación a la que se acompañe para su remisión al destinatario.

El sello o acreditación de compulsa expresará la fecha en que se practicó así como la identificación del órgano y de la persona que expiden la copia compulsada.

3. La copia compulsada tendrá la misma validez que el original en el procedimiento concreto de que se trate, sin que en ningún caso acredite la autenticidad del documento original."



Desconectado amparomartinez

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Re:Compulsa de documentos
« Respuesta #4 en: 10 de Noviembre de 2013, 06:29:52 am »
Gracias a todo y buena suerte