Las preguntas estan preparadas para respuestas cortas o estoy equivocado.
A la pregunta ¿Qué tratados internacionales requieren previa autorización mediante Ley orgánica?
Es suficiente con responder que ---> El art.93 CE establece que “Mediante ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución.”


A la pregunta ¿Queda el consultante vinculado por la contestación a la consulta tributaria? Dicho de otro modo, ¿está obligado el consultante a seguir el contenido de la contestación que ha recibido? Justifique su respuesta.
Es suficiente con responder que ---> El consultante no incurre en responsabilidad alguna si acomoda su actuación a la contestación, pero esto no significa que se encuentre vinculado a lo contestado, porque, si bien es cierto que contra las contestaciones no puede interponerse recurso alguno, también lo es que sí pueden recurrirse los actos dictados de acuerdo con los criterios manifestados en aquéllas.

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