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Autor Tema: duda financiero y tributario  (Leído 698 veces)

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Desconectado jlynoe

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duda financiero y tributario
« en: 01 de Febrero de 2014, 18:45:35 pm »
Hola, no consigo resolver una duda de una de las preguntas ya caídas otro años

1- Atendiendo al principio de reserva  de ley , puede una norma reglamentaria establecer el  modelo de declaración de un tributo sin contar con habilitación legal para ello? .

No tengo claro si ESTABLECER UN TRIBUTO ( que se que no se puede sin ley )  es lo mismo que " ESTABLECER EL MODELO DE DECLARACION DE UN TRIBUTO"

Alguien puede aclararme?
Gracias


Desconectado eruiz471

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Re:duda financiero y tributario
« Respuesta #1 en: 01 de Febrero de 2014, 19:13:37 pm »
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Hola, no consigo resolver una duda de una de las preguntas ya caídas otro años

1- Atendiendo al principio de reserva  de ley , puede una norma reglamentaria establecer el  modelo de declaración de un tributo sin contar con habilitación legal para ello? .

No tengo claro si ESTABLECER UN TRIBUTO ( que se que no se puede sin ley )  es lo mismo que " ESTABLECER EL MODELO DE DECLARACION DE UN TRIBUTO"

Alguien puede aclararme?
Gracias
Salió la reserva de ley la primera semana. Es necesaria la reserva de ley para establecer los elementos sustanciales del tributo, y todo lo relativo a las exenciones; es decir, elementos sustanciales es por ejemplo quién está obligado a pagarlos, a retenerlos a fraccionarlos, etc. y el régimen de las exenciones, deduciones o descuentos.
El modelo de la declaración no es causa esencial.
Si tienes claro los conceptos básicos, no te liarás.
suerte
!Athletic beti zurequin!

Desconectado jlynoe

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Re:duda financiero y tributario
« Respuesta #2 en: 02 de Febrero de 2014, 13:48:19 pm »
Gracias, entonces la respuesta es que si se puede hacer sin tener en cuenta la ley no?

Desconectado Scraiper

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Re:duda financiero y tributario
« Respuesta #3 en: 02 de Febrero de 2014, 15:27:42 pm »
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Gracias, entonces la respuesta es que si se puede hacer sin tener en cuenta la ley no?

La reserva de ley en materia tributaria es relativa. Es decir, solo deben de ser regulados por ley los tributos creados ex novo, los elementos esenciales (sujeto pasivo, hecho imponible y elementos mínimos de cuantificación) y los beneficios o exenciones fiscales.

El modelo de declaración de un tributo no es nada de lo anteriormente dicho y por lo tanto no es incompatible con que sea regulado por una norma reglamentaria.