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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14  (Leído 156460 veces)

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Desconectado jaraiz1982

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1180 en: 03 de Junio de 2014, 17:57:54 pm »
Sobre la 20, en los apuntes he encontrado:

"Establece el artículo 30.1 de la LD que el grado de dependencia será revisable a instancia del interesado o de su representante legal o de oficio por las Administraciones Publicas por alguna de las siguientes causas: mejoría o empeoramiento de la situación de dependencia o error del diagnóstico o en la aplicación del correspondiente baremo."

Y sobre la 13, como el enunciado dice "al servicio de particulares"... así que yo me he ido a que trabaja por cuenta ajena... No sé...


Desconectado mlcosta

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1181 en: 03 de Junio de 2014, 17:58:10 pm »
La 6creo q es la c 90 dias. Es mas diria q estoy segura
Las mias
1b esta mal es c
4c
5a
6c
7c
8c
9c
10b
11a
12b
13c
15c
16a
17b
20c
No comprobé la 16, 17 y 20. Las otras me arriesgo a decir q son seguras

Desconectado fperez880

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1182 en: 03 de Junio de 2014, 17:58:34 pm »
Yo eso pense como son 90 y 30 y preguntaba el plazo máximo para resolver la it, puse 90, esa que pregunta era?

Desconectado jaraiz1982

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1183 en: 03 de Junio de 2014, 18:00:22 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Así es como creo que quedan comprobadas con los apuntes no con el libro

1 c
2 b
3 b
4 c
5 a
6 c????
7 c
8 a
9 c????
10 b
11 a
12 b
13 c
14 c
15 c
16 a
17 a
18 b
19 a
20 c

La 8 estoy casi seguro que es la c... En caso de accidente, sea laboral o no, no se requiere periodo previo de cotización... Los 1800 días se requieren en caso de enfermedad común... no?

Desconectado mlcosta

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1184 en: 03 de Junio de 2014, 18:02:51 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
La 8 estoy casi seguro que es la c... En caso de accidente, sea laboral o no, no se requiere periodo previo de cotización... Los 1800 días se requieren en caso de enfermedad común... no?
Accidente no laboral, AT y EP sin periodo minimo de cotizacion
La IT segun el libro 90 dias

Desconectado anarosa

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1185 en: 03 de Junio de 2014, 18:03:18 pm »
la 20, la revision puede ser de oficio hasta los 18 años y a instancia de parte una vez transcurrido dos años

Desconectado dangoro

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1186 en: 03 de Junio de 2014, 18:03:35 pm »
La 6 según los apuntes es la A.

Desconectado Onaiplu

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1187 en: 03 de Junio de 2014, 18:04:43 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
La de la IT para mí que es 90, 30 es IT por contingencias profesionales y 90 comunes.

Estoy contigo en esa......

Por otra parte, creo que: 3 -B

Estoy aprobado jejeje

Desconectado jaraiz1982

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1188 en: 03 de Junio de 2014, 18:05:10 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
La de la IT para mí que es 90, 30 es IT por contingencias profesionales y 90 comunes.

Tienes razón... Da dos plazos distintos según sea por contingencia común o profesional... Pregunta anulada a la vista??

Desconectado anarosa

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1189 en: 03 de Junio de 2014, 18:05:29 pm »
son 90 dias seguro lo he comprobado

Desconectado hidrosun

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1190 en: 03 de Junio de 2014, 18:05:59 pm »
Alguien me puede decir como puntuan las buenas y las malas porfa

Desconectado jaraiz1982

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1191 en: 03 de Junio de 2014, 18:07:01 pm »
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Alguien me puede decir como puntuan las buenas y las malas porfa

Las correctas suman 0.5 y las incorrectas restan 0.25

Desconectado Morticia

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1192 en: 03 de Junio de 2014, 18:07:09 pm »
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Tienes razón... Da dos plazos distintos según sea por contingencia común o profesional... Pregunta anulada a la vista??
Habla de procedimientos, yo entendí que preguntaba por el más largo.

Desconectado anarosa

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1193 en: 03 de Junio de 2014, 18:07:14 pm »
la 2 es la b seguro?

Desconectado Morticia

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1194 en: 03 de Junio de 2014, 18:08:19 pm »
La 2 es la b fijo

Desconectado inglesita

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1195 en: 03 de Junio de 2014, 18:10:27 pm »
hola, podriais colgar el examen, soy de licenciatura y para hacerme una idea de lo que han puesto.
gracias

Desconectado Alexiscp

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1196 en: 03 de Junio de 2014, 18:11:25 pm »
en la 2º pregunta dudo que sea la que decis y creo que es la a) universalidad de la cobertura

en base a esto:

el carácter de régimen público de la Seguridad Social su configuración como función del Estado, y la referencia a la cobertura de situaciones de necesidad - que habrán de ser precisadas en cada caso - implica que las prestaciones de la Seguridad Social (...) no se presenten ya - y aun teniendo en cuenta la pervivencia de notas contributivas - como prestaciones correspondientes y proporcionales en todo caso a las contribuciones y cotizaciones de los afiliados, y resultantes de un acuerdo contractual.  El carácter público y la finalidad constitucionalmente reconocida del sistema de la Seguridad Social supone que éste se configure como un régimen legal, en tanto que las aportaciones de los afiliados, como las prestaciones a dispensar, sus niveles y condiciones, vienen determinados, no por un acuerdo de voluntades, sino por reglas que se integran en el ordenamiento jurídico y que están sujetas a las modificaciones que el legislador introduzca" ( STC 65/1987 ).

y en base al comentario que hace despues:
Estas últimas palabras resaltan, de nuevo, la importancia del legislador en la configuración del sistema de Seguridad Social. Vamos pues a repasar cual ha sido esa labor legislativa, (i) realizada en su mayor parte, como corresponde a una cuestión básica dentro del entramado social y económico del Estado, a través el acuerdo y la colaboración entre las distintas fuerzas parlamentarias y (ii) presidida por el esfuerzo para conseguir y mantener el adecuado equilibrio entre un sistema coherente con las demandas de la población y las reformas precisas para fortalecer las propias bases financieras del sistema y asegurar, en definitiva, su viabilidad presente y futura. Y aunque, como ya se ha dicho, el objeto de este trabajo se centra en el desarrollo de la Seguridad Social tras la aprobación de La Constitución Española, no es ocioso echar la vista hasta los propios orígenes de aquélla. Porque, en efecto, la Seguridad Social es el fruto de un largo proceso histórico, donde influencias de signo diverso, como el inicial modelo continental de Bismarck - contributivo y profesional - o el modelo anglosajón de Beveridge - no contributivo y universal - han confluido para dar como resultado un sistema que encaja cómodamente dentro el modelo europeo de Seguridad Social.
y del trueno al son violento,y del viento al rebramar
yo me duermo sosegado arrullado por el mar... J.de Espronceda

Desconectado fperez880

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1197 en: 03 de Junio de 2014, 18:11:51 pm »
entonces ya sabemos todas las respuestas casi seguro, no

Desconectado mhufton1

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1198 en: 03 de Junio de 2014, 18:11:55 pm »
En mi opinión la 6 es anulable, porque no especifica si es la IT derivada de contingencias comunes (90 días) o la IT derivada de contingencias profesionales (30 días).

Desconectado jaraiz1982

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Re:POST OFICIAL DERECHO PROTECCIÓN SOCIAL 2013/14
« Respuesta #1199 en: 03 de Junio de 2014, 18:12:06 pm »
Literal del manual...

En el tema de contigencias profesionales:
"El plazo máximo de resolución y notificación en los procedimientos sobre IT es de 30 días, anexo del Real Decreto 286/2003, de 7 de marzo, por el que se establece la duración de los plazos para la resolución de los procedimientos administrativos para el reconocimiento de prestaciones en materia de Seguridad Social. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa se entenderá desestimada la petición por silencio administrativo (disposición adicional vigésima quinta 3 LGSS)".

En el tema de contigencias comunes:
"El plazo máximo de resolución y notificación en los procedimientos sobre IT es de 90 días contados desde la recepción de la solicitud del interesado, anexo del Real Decreto 286/2003, de 7 de marzo. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa se entenderá desestimada la petición por silencio administrativo (disposición adicional vigésima quinta 3 LGSS)."

Y ahora qué??  ;D ;D ;D ;D