Sigo, que estoy con un móvil. La adquisición de servidumbres continuas y no aparentes y las discontinuas..... Es la A, el virtud de titulo.
La de los gastos suntuosos, es la C, no son abonables ni al poseedor de buena ni al de mala fe.
La de la formación de la isla, es la C, ambos requisitos son necesarios.
El pagador del canon en el censo reservativo.... Es la B, el nuevo titular del fundo.
La de las presunciones.. Ya lo habéis dicho antes, es la B, que la posesión de una cosa raíz...
La de las llaves, es segun el codigo civil, es decir, la A
La cuota de participación en el régimen de propiedad horizontal, es la A. Es in modificable una vez fijada en el titulo constitutivo de la propiedad horizontal.
No se... A mi me ha parecido bastante mas difícil y rebuscado que el de la primera semana, sobre todo la de las llaves, la de la cuota de participación, la de las presunciones y el iure et de iure...