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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)  (Leído 86664 veces)

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #260 en: 11 de Abril de 2014, 06:39:40 am »
Diuc, acabo de ver en la misma página de Alzaga lo que comentas del TS, no me había fijado en esto. Si es así no podemos alegar que es nula.

Ayyyyyy....  :D, a ver dónde tiene la trampa esta pregunta 4. Pero esto me hace dudar ahora de la D.

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #261 en: 11 de Abril de 2014, 06:40:48 am »
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Diuc, lo cuentas muy bien, yo me apoyo en lo siguiente que te copio en negrita:

Art.82.3 CE: La delegación legislativa habrá de otorgarse al Gobierno de forma expresa para materia concreta y con fijación del plazo para su ejercicio. La delegación se agota por el uso que de ella haga el Gobierno mediante la publicación de la norma correspondiente. No podrá entenderse concedida de modo implícito o por tiempo indeterminado. Tampoco podrá permitir la subdelegación a autoridades distintas del propio Gobierno.

lo que comentas del TS ¿afecta sólo a los recursos prentados ante el mismo? ¿Qué Ley regula esa afirmación que dices?

Esto del Tribuna Supremo lo he copiado literalmente del manual de Alzaga, página 457, también dice que existe "resistencia al cumplimiento de plazos" y aunque es una irregularidad pues como que no la tienen en cuenta, pero no profundiza más. Ahora no tengo el libro delante y no puedo decirte más pero si lo puedes mirar creo que es la página que te he dicho.

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #262 en: 11 de Abril de 2014, 06:41:27 am »
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yo sigo creyendo que la 4 es la c... Lo que importa es la aprobación y no la publicación... Si la aprobación se realizo dentro del plazo es un se acepta, y podrá ser publicado después del plazo...

¿En base a qué artículo y de qué Ley?
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #263 en: 11 de Abril de 2014, 06:43:40 am »
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Mucha suerte a todos, la 1 y la 3 están claras las demás.... Regu... Yo opto por la 4c y 2d es lo que pienso a pesar de que seguramente mi mente este cerrada y equivocada....
El profesor ha colgado en el foro que el 22de Abril pondrá las respuestas. Ojala puntuemos todos, nos lo merecemos... Y si no hemos luchado hasta el fin. Gran equipo el nuestro!! :)

¡Gracias!! Igualmente, mucha suerte.

Ok, cuamndo salgan estaré pendiente de preguntarte por ellas.

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #264 en: 11 de Abril de 2014, 06:43:59 am »
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Diuc, acabo de ver en la misma página de Alzaga lo que comentas del TS, no me había fijado en esto. Si es así no podemos alegar que es nula.

Ayyyyyy....  :D, a ver dónde tiene la trampa esta pregunta 4. Pero esto me hace dudar ahora de la D.

qué locura!! de todos modos, creo que en esa página lo que dicen es que sí debería considerarse nulo pero como que no importa, que mientras esté aprobado pues no pasa nada. Lo cual es poco comprensible, si debería considerarse nulo a ver qué les impide que se considerado así. :-\ :-\

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #265 en: 11 de Abril de 2014, 06:47:57 am »
Pues creo que a lo mejor en la 4 es como dice DFigueira, me gustaría que nos contara en base a qué puede argumentar lo que dice de la c.
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #266 en: 11 de Abril de 2014, 06:48:44 am »
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Pues creo que a lo mejor en la 4 es como dice DFigueira, me gustaría que nos contara en base a qué puede argumentar lo que dice de la c.

jajaj yo empiezo a dudar también así que me voy a dormir y cuando me levante espero verlo más claro.!

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #267 en: 11 de Abril de 2014, 06:49:57 am »
Es que si cojo la 4D y luego hay lo del TS eso me parece una contradicción.

Porque si el TS lo acepta... a ver... no creo que el TS sea capaz de hacer algo inconstitucional tan descaradamente. O sea, de coger y hacer algo que ante el TC sería nulo.
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #268 en: 11 de Abril de 2014, 06:51:50 am »
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jajaj yo empiezo a dudar también así que me voy a dormir y cuando me levante espero verlo más claro.!

 :D ;D Buenas noches Diuc, que descanses.

Yo me pongo a pasar en limpio la 1,2 y 3 de la PEC.
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #269 en: 11 de Abril de 2014, 07:00:19 am »
Bueno, yo no me arrepiento de hacer la PEC, así ya practicamos para cuando ejerzamos, es divertido encontrar la trampa. Todo trabajo que se hace intentando hacerlo lo mejor porsible siempre sirve para algo, aunque surja el resultado dentro de un tiempo ¿quizá será una pregunta en un examen parecida? Podría ser.

A mí me encanta cómo los compañeros nos ayudamos y cada uno da su opinión, esto nos ayuda mucho a prepararnos, porque ya nos estamos acostumbrando a preguntarnos a pedir opinión a otros, investigar redactar, los profesionales también se preguntan entre colegas para ver otros puntos de vista o a especializados en na materia para un caso. Esto es una riqueza que no tiene precio, por eso los que han estudiado en la UNED son de los mejores abogados, se lo han currado.

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #270 en: 11 de Abril de 2014, 07:11:07 am »
He encontrado en la página del Congreso la sinopsis del art. 83 CE, aquí podemos encontrar algo que nos ayude para la pregunta 4:
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #271 en: 11 de Abril de 2014, 07:14:33 am »
Mejor buscar aquí:
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #272 en: 11 de Abril de 2014, 07:23:43 am »
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4ª La D. También tenía dudas, pero después de ver la respuesta del profesor Ignacio Gutiérrez, en el foro oficial de la UNED, no tengo duda.

Cita:

 "Estimada alumna,

a Vd., y a cuantos muestran sus dudas acerca de esta pregunta, les insistiría en que atendieran a la cautela con la que está redactada la respuesta d), que no afirma que el texto sea nulo o vaya a ser considerado como tal por el Tribunal Supremo, sino que plantea que "debería" considerarse nulo.
Confío en haberles sido de ayuda. Un saludo cordial
Ignacio Gutiérrez"

Para la 4 hay que tener en cuenta también lo que nos contó Guillepe.
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #273 en: 11 de Abril de 2014, 07:35:10 am »
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Yo opto por la 4c

Carmen, ¿en base a qué ley optas por la 4c?
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #274 en: 11 de Abril de 2014, 08:19:09 am »
c) Por último, la delegación legislativa debe otorgarse con expresa indicación del plazo para su ejercicio, lo que excluye tanto la delegación sin plazo como la fijación de plazos tan dilatados que conviertan en inoperante este requisito. Los problemas relativos al requisito del plazo se plantean a propósito de la prórroga de tales plazos, lo que resulta una práctica frecuente cuando el Gobierno no es capaz de cumplir el horizonte temporal diseñado por la Ley de delegación, forzando una nueva intervención del legislador para extender el ámbito inicialmente previsto. Las dudas se plantean si dicha prórroga excede los límites temporales de la Legislatura, como ha sucedido en numerosas ocasiones. Esta práctica puede plantear serias dudas de adecuación a la Constitución, al igual que el establecimiento de delegaciones en Leyes completamente ajenas a la materia sobre la que versa la autorización, empleando la técnica de introducir modificaciones en la Ley original, en un discutible cumplimiento del requisito de homogeneidad y conexión material. Como ejemplo significativo, podemos traer a colación el ya citado de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales, cuya Disposición Adicional cuarta establece una prórroga en la autorización para elaborar los Textos Refundidos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes y del Impuesto sobre Sociedades (finalmente aprobados como Reales Decretos Legislativos 3, 4 y 5/2004, de 5 de marzo). En los mismos términos, la Disposición Adicional quinta establece una más que discutible modificación de la Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre reguladora de las Haciendas Locales, con el fin de incorporar a este texto normativo la autorización para elaborar un texto refundido.

Fuente: No puedes ver los enlaces. Register or Login

Veo que antes he escrito que me llama la 4D por elart. 83.3 CE y quiero corregir mi error, quería decir el art. 82.3 CE
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #275 en: 11 de Abril de 2014, 08:23:42 am »
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Mis argumentos para la pregunta 4 son:

a, b y c. Los Decretos legislativos tienen rango de Ley (art. 82 CE). Las leyes entrán en vigor pasados X días de su PUBLICACIÓN en el BOE (la norma son 20 días pero cada ley puede disponer un plazo propio) art. 2 CC.

d. El Decreto Legislativo, independientemente de lo que diga el Tribunal Supremo, debería ser nulo. Otra cosa es que hasta que lo diga el TC no lo será.

Tener en cuenta que la a,b y c hablan de "entrada en VIGOR" no de si la ley es nula o no. Mientras que el apartado d dice que "debería considerarse nulo". Un saludo.

Me ha gustado tu argumentación, gracias.
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #276 en: 11 de Abril de 2014, 08:33:57 am »
Después de revisar argumntaciones de varios compañeros, de momento me sigue llamando más la 4D que la 4C

Me ha gustado lo que ha dicho Guillepe de que independientemente de lo que diga el TS debría ser nulo, me gusta teniendo en cuenta que lo estamos analizando desde Derecho Constitucional, y ahora me viene a la cabeza que de la misma forma que en el ejercio 3 hay los votos particulares que no están de acuerdo pues... aquí nosotros igual podemos decir que por mucho que diga el TS, no es el TC y además debemos tener en cuenta que el TC es el órgano judicial con máximo que está por encima de todos. Al principio me ha chocado lo del TS, pero no recordaba que aunque sea el TS realmente es de menor rango que el TC y el TS no tiene competencia para el tema de Derecho Constitucional, al TS le pertocan los recursos extraordinarios de Casación y no los de inconstitucionalidad.

Viendo que como dice Guillepe la a,b y c tratan de lo mismo, de entrar en vigor y la d trata de deber sonsiderarse nulo ahí está claro que la D tiene algo distinto que las otras.

 :) ooh, qé feliz me siento ahora. ¡Gracias compañeros!

¡Al ataque!

¡
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #277 en: 11 de Abril de 2014, 08:35:20 am »
iA luchar!

¡A ganar!

y ¿por qué no?

A disfrutar de la lucha.
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Desconectado guillepe

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #278 en: 11 de Abril de 2014, 10:40:40 am »
El TC no es un órgano jurisdiccional superior al TS. Su relación no es de jerarquía sino de competencias. Es más, el TC no pertenecer al Poder Judicial. Eso sí, las sentencias del TC pueden anular las del TS y no al revés. Sucede algo parecido como con el TEDH. ¿Os acordáis de la PEC de Derecho Procesal? ja, ja.

Desconectado 11_11Carmen

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #279 en: 11 de Abril de 2014, 12:02:05 pm »
Teniendo en cuenta las aportaciones de guillepe ya me está haciendo dudar... Mi argumento.. Que un decreto legislativo entra en vigor tras su publicación en el BOE independientemente de todo lo demás; interpretando por su puesto que en el apartado 4d se iba a considerar nulo ante el TC. Los enunciados tienen mas trampa que las respuestas :-[