no era acrredora de la pension compensatoria
Tambien tendria derecho a la viudedad el la exconyuge en este caso:
En todo caso, tendrán derecho a la pensión de viudedad las mujeres que, aún no siendo acreedoras de pensión compensatoria, pudieran acreditar que eran víctimas de violencia de género en el momento de la separación judicial o el divorcio mediante sentencia firme, o archivo de la causa por extinción de la responsabilidad penal por fallecimiento; en defecto de sentencia, a través de la orden de protección dictada a su favor o informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género, así como por cualquier otro medio de prueba admitido en Derecho.
Voy a buscar un segundo supuesto que existe para los divorciados antes de 1-1-2008, que cumpliendo unos determinados requuisitos tienen derecho a viudedad aunque no sean acreedores de pensión compensatoria. Ya la he encontrado, disposicion transitoria decimoctava de la ley general de seguridad social:
No puedes ver los enlaces.
Register or
LoginEn conclusión, que si no existiera beneficiario de viudedad se incrementaria la orfandad del 20% en un 52% lo que daría lugar a un 72% sobre la base reguladora (siempre que no supere el limite de pensiones publicas 2.554,49 euros al mes) a repartir entre todos los huerfanos incapacitados. Dar los apellidos a la hija de la exmujer entiendo que quieres decir reconocerla legalmente. Tiene los mismos derechos que el hijo biológico.