La respuesta sería que sí.
La inhabilitación para cargo público Afecta al concreto empleo o cargo público, aunque fuera electivo y a los honores que le sean anejos. Se puede imponer como pena principal o accesoria para penas de prisión inferiores a diez años.
Efectos: la pérdida del empleo, cargo público u honores a los que haga referencia expresa la sentencia será para siempre, sin que se puedan recuperar una vez cumplida la condena, ni optar a análogos durante el cumplimiento de la misma, aunque el artículo 30.1 e) de la Ley de Funcionarios del Estado impide a quien esté cumpliendo pena de inhabilitación especial el acceder durante la condena a cualquier empleo de la Admón, sea análogo o no. A diferencia de la inhabilitación absoluta, ésta solo afectará a un empleo, cargo público u honor concreto y no a todos.