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Autor Tema: Post Oficial septiembre 2014 Derecho del Trabajo  (Leído 15699 veces)

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Desconectado fibela

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho del Trabajo
« Respuesta #140 en: 05 de Septiembre de 2014, 13:22:26 pm »
Yo creo que la 5 es la A.

Articulo 41ET:
Dicho acuerdo requerirá la conformidad de la mayoría de los miembros del comité o comités de empresa, de los delegados de personal, en su caso, o de representaciones sindicales, si las hubiere, que, en su conjunto, representen a la mayoría de aquéllos.

Como tomáis estos, respuesta a y b correctas?. Porque están las dos opciones.


Desconectado dangoro

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho del Trabajo
« Respuesta #141 en: 05 de Septiembre de 2014, 18:06:47 pm »
Supongo que se puede impugnar.

Desconectado lore2

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho del Trabajo
« Respuesta #142 en: 05 de Septiembre de 2014, 18:26:19 pm »
puff que manera de complicar tanto un examen...creo que tengo 7 bien en el test asi que voy justa pero la pregunta de desarrollo ya les vale, conteste el tema 3 en general porque no tenia ni idea

Desconectado fonsopalencia

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho del Trabajo
« Respuesta #143 en: 08 de Septiembre de 2014, 08:49:49 am »
Me pareció un examen muy lioso y nada claro, especialmente en cuanto al tema a desarrollar se refiere. A mi modo de ver una "dificultad gratuita" en el sentido de que considero estéril preguntar algo tan tan específico, corto y que en modo alguno hace justicia para con la gente que ha estudiado en profundidad esta asignatura (entre los que nos encontramos muchos), con un enunciado del tema tan mal hecho ( tuve que leerlo varias veces para saber qué preguntaban). Luego las preguntas tipo test que personalmente no me gustan, tampoco sé a qué vienen, o se propone un tipo test en condiciones o se propone un examen de desarrollo con preguntas "a desarrollar", no una mini pregunta que penaliza o perjudica más que otra cosa y que por muchas vueltas que le doy al asunto no consigo ver qué aspectos favorables tiene este modelo de examen y este criterio de detallismo en las preguntas. :o

En fin, os deseo muchísima suerte a todos. Yo no llevo todas conmigo para aprobarla, pero la fe es lo último que se pierde.

SUERTE y un fuerte abrazo.   ;)

Desconectado JRC

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho del Trabajo
« Respuesta #144 en: 12 de Septiembre de 2014, 10:29:48 am »
Hola ya están publicadas las plantillas oficiales, el de Septiembre es
1B 2A 3B 4C 5B 6C 7A 8A 9B 10C

Desconectado paz664

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho del Trabajo
« Respuesta #145 en: 12 de Septiembre de 2014, 12:43:37 pm »
¿Alguien podría mandarme el programa de la asignatura de grado? Sólo encuentro el de licenciatura.

Mi correo es mgil664@alumno.uned.es

Muchas gracias

Desconectado paz664

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho del Trabajo
« Respuesta #146 en: 12 de Septiembre de 2014, 17:13:37 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
¿Alguien podría mandarme el programa de la asignatura de grado? Sólo encuentro el de licenciatura.

Mi correo es mgil664@alumno.uned.es

Muchas gracias

Muchas gracias, Parker

Desconectado MLVUNED

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho del Trabajo
« Respuesta #147 en: 12 de Septiembre de 2014, 20:05:45 pm »
QUe alguien me diga por que la 6 no puede ser la B?
yo entendi que el año era la duracion de reserva del puesto de trabajo pero despues segun los casos podian variar y te dicee el articulo 46 ET creo, que cuando estamos ante cuidado a los hijos (dentro del cuidado a los familiares como viene en el enunciado), hay hasta 3 años

Desconectado MLVUNED

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho del Trabajo
« Respuesta #148 en: 12 de Septiembre de 2014, 20:15:06 pm »
Cuidado de hijos -->>    La excedencia voluntaria se concede para el cuidado de hijos en los casos de nacimiento, adopción o acogimiento de un menor. La duración máxima de la excedencia es de tres años. Esta excedencia computa a efectos de antigüedad, cotizaciones y asistencia a cursos de formación. El reingreso está garantizado durante el primer año en el mismo puesto de trabajo, y luego en otro de categoría equivalente. Algunos convenios mejoran las condiciones y prevén la reincorporación automática en los tres primeros años.
 
esto es una interpretacion a partir del articulo 46 ET tambien. 

Desconectado MLVUNED

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho del Trabajo
« Respuesta #149 en: 12 de Septiembre de 2014, 20:16:15 pm »
conclusion.    q B y C son correctas por igual

Desconectado MLVUNED

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho del Trabajo
« Respuesta #150 en: 20 de Septiembre de 2014, 14:36:09 pm »
yo lo veo asi, porque aunque lo general sea que durante el 1º año se tiene derecho a la reserva del puesto de trabajo, eso se mantiene como derechos que le corresponden al trabajador y por convenio se puede modificar la regulacion tanto de la excendncia como en la conservacion del puesto de trabajo.  Que tenga derecho a otro equivalente y no al suyo no es asi de tajante, porque depende de lo que se haya acordado en el convenio y si dicho puesto al término del permiso parental o excedencia esta ocupado o no.

yo veo que es la B, porque han desviado el enunciado del cuidado de familiares , al de hijos. Y no son hechos aislados porq dentro de los familiares estan los hijos (descendientes) y si en el enunciado no consta otro elemento que excluya la B, es tan valida como la C, segun desde donde cada uno quiera mirar. 
Por eso la he impugnado.