Atención pregunta:
"Un empresario de Albacete recibe mercancías procedentes de Alemania. El transporte lo realiza un transportista alemán".
Respuesta: El transporte se entenderá realizado en el TAI, siendo sujeto pasivo el adquirente.
Hasta aquí bien. El transporte es una prestación de servicio según el art. 11.Dos. 8º LIVA. Debo entender que el transporte se ha realizado en el TAI en aplicación del art. 69.Uno.1º LIVA, porque tanto el prestador del servicio como el destinatario son empresarios, y por ello se produce una inversión del sujeto pasivo (art. 84.Uno.2º).
Mi pregunta es: en esta inversión de sujeto pasivo que sucede? porque cuando yo, empresario o profesional presto un servicio, emito una factura donde repercuto el iva al cliente final. Pero como se haría en este caso. Entiendo que en origen la factura carece de iva (en Alemania) pero que pasa con el empresario destinatario, hace una factura de lo recibido, le añade el iva y se lo ingresa a hacienda? No lo tengo claro.
Un saludo.