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Autor Tema: jurisdiccion deportiva  (Leído 6358 veces)

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Desconectado guilo

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jurisdiccion deportiva
« en: 23 de Febrero de 2007, 21:50:24 pm »
¿me podeis decir que significa "jurisdiccion deportiva"? os voy a poner la frase:

determinadas manifestaciones de la llamada "jurisdiccion deportiva", no existen zonas fuera del control judicial.


Desconectado MiLe_TzN

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #1 en: 24 de Febrero de 2007, 00:34:47 am »
Yo creo que se refiere a la Ley del Deporte. La ley es la LEY 10/1990, DE 15 DE OCTUBRE, DEL DEPORTE (BOE 17-10-90)
Puedes verla aquí No puedes ver los enlaces. Register or Login
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Desconectado guilo

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #2 en: 24 de Febrero de 2007, 12:20:23 pm »
No creo que se refiera a la Ley del Deporte, voy a aclarar mas.

En la asignatura de introduccion al derecho procesal en su tema 4 y en el epígrafe de EL MONOPOLIO DE LA JURISDICCION  y cuando habla de la atribucion de la potestad jurisdiccional a Juzgados y Tribunales dice, que los Tribunales controlan la actuacion administrativa y que fuera de las manifestaciones de la prerrogativa regia, del indulto y determinadas manifestaciones de la llamada " jurisdiccion deportiva",  no existen zonas fuera del  control judicial.

Espero haberme explicado.  MUCHAS GRACIAS

Desconectado MiLe_TzN

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #3 en: 24 de Febrero de 2007, 13:09:10 pm »
La jurisdicción deportiva se refiere a las normas, por ejemplo, de los descenso de división de los clubes de fútbol. Creo que se refiere a que eso lo regulan en esa jurisdicción y que no puedes acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa. Vamos, es que lo que entiendo yo. Pero sólo en casos muy puntuales.
Porque, por ejemplo, si el árbitro te anula un gol, puedes ir a al contencioso.
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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #4 en: 24 de Febrero de 2007, 13:58:52 pm »
"si el árbitro te anula un gol, puedes ir a al contencioso. ": al TEDH, no te j...

"La jurisdicción deportiva se refiere a las normas, por ejemplo, de los descenso de división de los clubes de fútbol"

La de barbaridades que se pueden decir cuando no se tiene ni idea.
 

Desconectado MiLe_TzN

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #5 en: 24 de Febrero de 2007, 14:49:11 pm »
Si un árbitro te anula un gol, en primera instancia tienes que ir a la Federación, y en última instancia puedes recurrir al Contencioso.
Y lo otro, viene en el libro... página 77, 4º párrafo: "...y determinadas manifestaciones de la llamada <jurisdicción deportiva> (así, por ej., las decisiones del Juez de Competición y del Comité Nacional relativas al descenso de la categoría de un club: STS de 17 de Febrero de 2000)..."

Según el reglamento de la RFEF (volviendo a lo de la anulación de goles y demás):
art. 1.2:La RFEF tiene personalidad jurídica, plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y jurisdicción en los asuntos de su competencia.
art. 5.2: los actos realizados por la RFEF  en el ejercicio de las funciones a que se refiere el apartado precedente, podrán ser recurridas ante el Consejo Superior de Deportes, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa.
Además, puedes consultar los arts. 59 y 62 del reglamento citado.

Art. 90 de los estatutos sociales de la LFP:
Contra las resoluciones disciplinarias dictadas en última instancia por el Comité Social de Recursos de la Liga Nacional de Fútbol Profesional podrá interponerse recurso en el plazo de quince días hábiles, ante el Comité Español de Disciplina Deportiva. La resolución que recaiga, agotará la vía administrativa.
Si agota la vía administrativa, puedes ir al contencioso.
Creo que con esto queda respondido todo...
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Desconectado lucía G

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #6 en: 24 de Febrero de 2007, 17:04:54 pm »
!!TOMA !!  :)
Pues parece que nuestra amiga MiLe SI tiene alguna idea  ;).

Me pregunto Emoticon si no podrías habernos ilustrado con tu sapiencia, en vez de hacer un comentario que no dice nada.
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Desconectado guilo

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #7 en: 24 de Febrero de 2007, 18:07:09 pm »
insisto en que no creo que sea deportivo el tema, creo que la jurisdiccion deportiva a la que hago referencia en el tema de la potestad administrativa debe versar sobre ciertas potestades a las que no se bebe tocar como la monarquie, senado etc   algo de eso, y no desviando el tema al deporte.


Emoticon

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #8 en: 24 de Febrero de 2007, 18:28:55 pm »
Si un árbitro te anula un gol, no hay jurisdicción deportiva que valga.

La jurisdicción deportiva se utiliza para otros menesteres, pero nunca decisiones arbitrales.

Para que te des cuenta de la aunténtica barbaridad que has dicho.

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Desconectado shadowmaker

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #9 en: 24 de Febrero de 2007, 18:57:39 pm »
Pues mira por donde, Emoticon, hay -al menos- que yo conozca, un recurso planteado a raíz de una decisión arbitral. Y está fuera de la jurisdicción deportiva.

Desconectado shadowmaker

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #10 en: 24 de Febrero de 2007, 19:02:52 pm »
Por supuesto una vez agotada aquella.

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #11 en: 24 de Febrero de 2007, 19:05:14 pm »
Hola Guilo,

La jurisdicción deportiva se ejerce en tres ámbitos; el disciplinario, el competitivo y el electoral.

Mira el decreto legislativo 1-2000 del 31 de julio, hay te explica todo y te sacara de dudas.


                                                     Un saludo. :-*
"quotquotYo no estoy de acuerdo con lo que usted dice, pero me pelearía para que usted pudiera decirlo"quotquot.

Desconectado lucía G

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #12 en: 24 de Febrero de 2007, 21:18:03 pm »
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Si un árbitro te anula un gol, no hay jurisdicción deportiva que valga.

La jurisdicción deportiva se utiliza para otros menesteres, pero nunca decisiones arbitrales.

Para que te des cuenta de la aunténtica barbaridad que has dicho.

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Insisto Emoticon, ¿tienes tu alguna idea sobre el tema, o solo intervienes por aburrimiento?

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Y lo otro, viene en el libro... página 77, 4º párrafo: "...y determinadas manifestaciones de la llamada <jurisdicción deportiva> (así, por ej., las decisiones del Juez de Competición y del Comité Nacional de Apelación relativas al descenso de la categoría de un club: STS de 17 de Febrero de 2000)..."

Guilo, creo que esto no deja lugar a dudas de que el tema va por lo deportivo.

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Desconectado MiLe_TzN

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #13 en: 25 de Febrero de 2007, 00:52:16 am »
¿Pero has leído lo que yo puse? No me he inventado nada. Puedes consultarlo tú mismo...
Guilo, yo le pregunto a mi tutor si quieres. O si no, podemos mandar un e-mail a la cátedra. Pero vamos, que yo entiendo eso.
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Desconectado guilo

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #14 en: 25 de Febrero de 2007, 11:17:13 am »
Gracias a todos, y Mile-tzn te dire que sí que tendre que hacerme a la idea que es como dices, debe ser asi.

Nada, es que me habÍa obcecado en que NO era dentro de la jurisdiccion deportiva y que se acuñaba este término para encuadrar aquellas jurisdicciones en las que no hay potestad como la regia, ministros etc

MUCHAS GRACIAS Y PERDONAR QUE HAYA INSISTIDO.   GRACIAS

Desconectado MiLe_TzN

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #15 en: 25 de Febrero de 2007, 12:37:06 pm »
Guilo, de todas formas, para asegurarnos, mañana le pregunto al tutor.
Y no te preocupes por lo de insistir, porque la verdad, como no hay profesores en el Curso Virtual...
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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #16 en: 26 de Febrero de 2007, 09:36:52 am »
Hay una serie de principios en materia de derecho deportivo que estáis ignorando y por eso os equivocáis.

1.- Gran parte del Derecho del deporte los organizan entidades privadas, por lo que no están sometidas a la jurisdicción administrativa y, mucho menos, a la contenciosa. Muchos de ellos sí son controlados por entidades administrativas, pero sólo en ciertos aspectos, básicamente disciplinario y electoral. Excepto en determinados temas, que ya se han mencionado, las decisiones son consideradas como de ámbito privado, aunque con un régimen que convierte ciertos aspectos en "medio públicas"

2.- Gran parte de los deportes, el futbol incluido, tanto a nivel nacional como internacional (de hecho es una imposición de los organismos internacionales) impiden el acceso a los tribunales, lo cual genera ciertas tensiones con el artículo 24 de la CE.

3.- Una decisión arbitral no llegará nunca al contencioso, excepto en un caso (y hasta ahora nunca lo he visto llegar). Sólo se pueden recurrir en caso de tarjetas y/o expulsiones, pues llevan aparejadas sanciones y por eso pasan a la vía administrativa. La anulación de un gol, un gol fantasma no concedido, un fuera de juego, etc..., no se puede recurrir y, por ello, no pueden llegar al contencioso.
Siempre cabe, como han hecho algunos "iluminados" ir a la vía civil para reclamar la anulación de un partido por un error arbitral, pero vamos, que los jueces no lo aceptan, pues un principio en estos casos es que las decisiones de los árbitros no se pueden corregir (repito, excepto en el caso de decisiones que llevan aparejadas sanciones)

En cuanto al tutor, como no sea un experto en derecho deportivo, seguramente contestará por contestar, pues no existe mucha gente que domine el tema pues requiere una gran especialización (yo tengo ciertas nociones, y muy básicas, por un par de artículillos que publiqué)
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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #17 en: 26 de Febrero de 2007, 10:06:16 am »
Si todas las decisiones arbitrales que no sean correctas, a que las partes consideren que no son correctas, pues muchas son subjetivas, acabaran en el Contencioso, la liga no la decidiría quién tiene más puntos después de jugar en el campo, sino quien tiene más puntos después de la decisión del TS sala 3ª.
En esta jornada creo que algunos equipos podrían ir al Contencioso, no? al menos hay 7 partidos con jugadas dudosas que afectan al resultado, multiplicarlo por 38 jornadas, resultado y eso sólo en el futbol: el contencioso colapsado.
Teniendo en cuenta los millones que hay en juego, no dudéis que, de poder hacerlo, lo harían.

Desconectado MiLe_TzN

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #18 en: 26 de Febrero de 2007, 14:08:34 pm »
Tuno, pero si las Federaciones Deportivas, son entidades de Derecho Administrativo, se tienen que regir por el mismo,no? Por lo tanto, los clubes que estén en la Federación, se tendrán que regir por el Derecho Administrativo.
Así que, aunque los otros sean entidades privadas, si la Federación es de Derecho Administrativo, en los problemas que tengan, se tendrán que regir por el Derecho Administrativo.
Cuando fue lo de ahora de los Clubes italianos que los bajaron de categoría, decían que si acudían a los Tribunales Ordinarios, que los echaban de la liga... Así que supongo que si les dijeron eso, es porque habitualmente pueden ir.
Hay decisiones de los árbitros que se pueden corregir. Creo que es en la Champions que si el árbitro te echa tarjeta, luego es posible que te la saque. Pero creo que en la liga española, no.
Abogada y Doctoranda

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Re: jurisdiccion deportiva
« Respuesta #19 en: 26 de Febrero de 2007, 14:43:51 pm »
Mile, que te lias....

Las federaciones sí son estes públicos pero, habitualmente, los organizadores de ligas no son las federaciones sino otras entidades (LFP, ACB, etc...). Estas son entidades privadas o más bien semiprivadas pero deben respertar ciertas normas y son controladas administrativamente en ciertos aspectos.

La decisión de los arbitros que se pueden corregir y que tú has puesto, es lo mismo que he puesto yo, es decir, la única es que te pueden quitar las tarjetas incorrectamente puestas, pues lleva aparejada una sanción (en las rojas directa, en las amarillas cada 5). Pero no se corrige la decisión del todo, sólo quitan la tarjeta pero si a alguien le expulsan y se ve claro que no era expulsión, sigue valiendo la expulsión, no se repite el partido ni nada por estilo, pero no le imponen la sanción que lleva aparejada (normalmente un partido), es decir, no corrigen al arbitro en su decisión por mucho que haya podido afectar al resultado pero sí en los efectos posteriores.

Existen otros decisiones arbitrales que se pueden corregir pero son muy complejas y no se suelen dar ni se suelen recurrir pues tiene que ver más con la interpretación del reglamento que con la decisión en sí misma. (Un caso fue la repetición de un partido entre exrepúblicas sovieticas por una interpretación erronea al tirar un penalti)

Por qué te piensas que siempre que alguien amaga con ir a los tribunales ordinarios (normalmente la vía civil) les amenazan con echarlos? porque los organizadores son privados y no públicos.
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