Solo una aclaración.
Que se le atribuye a la Iglesia el papel de Empresario está claro. Selecciona sus trabajadores y firma con ellos un contrato laboral temporal curso a curso. Correcto, incontestable.
Esta claro que la relación se encuadra dentro de la mas estricta relación laboral entre partes, similar sitación a cualquier trabajador sometido al E.T., y no de la relación funcionarial docente del resto de sus compañeros.
Por tanto la Iglesia, como cualquier Empresa, podrá comunicar su intención de no renovar, (o firmar contrato nuevo en Septiembre), con este trabajador a su criterio, alegando en la comunicación la causa/causas que estime en derecho. Correcto.
Ahora bien, contratos temporales encadenados, año tras año, por experiencia, la legislación laboral lo pasa a considerar, o al menos asi lo entiendo yo, una situación indefinida, ya que no exite causa temporal extraordinaria, individualizada y con sustantividad propia, en cada uno de los contratos temporales. El puesto de trabajo para el profesor de religión se repite año tras año, de hecho en el contrato solo varía "2005/2006" por 2006/2007".
Por tanto, este profesor reclama el despido improcedente, considerando que se ha producido de hecho, una relación laboral indefinida de carácter discontínuo.
Hasta aquí, todo legal, ahora solo queda discutir si en esta relación laboral, como en cualquier otra, alegar incumplimientos extra-contractuales, o conductas fuera de su horario laboral, constituyen causa de despido procedente. Y la respuesta segun mi punto de vista es NO.
Todos los días, los juzgados de lo social, declaran despidos improcedentes casos de flagrante procedencia, por defectos de formas, pruebas, indicios, escasa relación, etc. Todo esto con el fin de proteger al trabajador de los "caprichos" o intereses económicos puntuales de los Empresarios. Para conseguir un despido procedente tienes que llevar atado y bien atado el caso al Juzgado. Me parece INCREIBLE, que este caso, se haya flexibilizado de esta manera la interpretación de la defensa del trabajador ante el despido arbitrario.
Por tanto, creo que la Iglesia tiene el mismo derecho que cualquier empresario a promover despido-terminación de contrato de sus trabajadores, alegando cualquier causa admisible en Derecho, por que llega tarde, incompetencia, etc. Pero creo que en este caso, la causa alegada, (no adecuación en su vida privada a los valores impartidos en su asignatura), es del todo IMPROCEDENTE.
Si no, mañana mismo podrían quedarse sin trabajo el 70-80% de los profesores de E. Física (por ejemplo), ni deporte, ni vida sana, fumando, etc, ¿Ejemplo deportivo para sus alumnos?, éllos les dan las pautas y evalúan si las han entendido, despues su forma de vida le elegirán ellos junto con sus padres. ¿No?
Repito, estamos ante un despido improcedente, y solo queda la readmisión o la indemnización.