Veo que dominas algún que otro idioma o dialecto cómo a los lerdos le gustan definir el catalán.
Así que eres ducho en derecho, yo lo soy menos pues encaro mi segundo curso. Así que vamos a hacer que entiendo que me ha dado una lección, pero no entiendo la reticencia a la modificación de la CE y menos la perpetuidad que le concede a una disposición transitoria que quiere que quede reflejada a perpetuidad en pos de esa negación a la modificación.
Y volviendo al tema de los separatistas, creo que usted sabe que no son mayoría en Cataluña, entonces si hablamos de que ese saltarse la legalidad es votar... ¿qué miedo hay? Miedo que no veo en Londres, ni vi en Ottawa.
Y añado que éstos dos países, ni hicieron mención a la utilización de la Fuerza para impedir algo tan normal cómo es una consulta al pueblo... a partir de ahí y de ése enrocamiento en el NO a toda negociación, puede usted justificar con la ley en la mano su postura, claro. Pero no defina ése NO dentro de una democracia del s. XXI y menos justificarla cuando se ha dicho por parte del convocante que quiere realizarla dentro de la legalidad y de acuerdo con el Gobierno del País.
Lo contrario, aunque sea legal, no es adecuado por ninguna de las partes implicadas. Ahora usted puede decidir lo justo que no siempre es lo adecuado.
Saludos,
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Buenas tardes.
Supongo que, llegado el momento de una reforma en profundidad de la Constitución, no tendría sentido mantener un derecho transitorio que habría nacido en otras circunstancias....
Pero vayamos a la cosa política :
Estaremos de acuerdo en que una Constitución es la norma básica de organización y de funcionamiento de un Estado. Recogen los Principios que inspirarán las leyes y también puede ser directamente aplicable...Ya sabe que hay distintos tipos de constituciones...
Pero una vez discutida, aprobada por el Poder Constituyente (anterior a los Poderes Constituidos, ya sabe, Legislativo, Ejecutivo y Judicial, al menos) y ratificada por la ciudadanía, hay que seguir las pautas que esa Constitución establece.
Por que son el resumen de un Gran Pacto. Y "pacta sunt servanda".
Pues bien, si el pueblo español decide que se constituye en un Estado social y democrático de derecho y que se va a regir por tal Norma concreta, pues a eso hemos de estar en todo (aunque no nos guste).
Mal puede convocarse "dentro de la ley" un referendum que rompe ese Gran Pacto de toda la ciudadanía, basándose en una representación de una parte.
¿Dentro de qué Ley?. ¿De una Ley que va a ser impugnada ante el TC y que ha pasado el filtro del Consell de Garanties Estatutàries por la mínima (5 a 4)?.
Ese bodrio-consulta sólo sería legal si el T.C. considerara que tanto la Llei de Consultes como el manido referendum son constitucionales.
De lo contrario, no hay amparo legal.
Le recomiendo que lea la Resolución del TC sobre la Declaración de Soberanía del Parlament de Catalunya. Hecha por unanimidad. Verá cual es la realidad.
Vayamos a lo de Canadá y UK: Sus sistemas constitucionales, su Gran Pacto ciudadano, les permite efectuar esa consulta. Pero ni en España, ni en Francia, ni en Italia, ni en USA, ni en Alemania..,.Ni en Bélgica donde tienen un gravísimo problema entre flamencos y walones...
No se trata de miedo al resultado. No es una cuestión de "oportunidad". Es de Principio.
En la Constitución hay previstas dos vías de reforma en función de las materias a reformar. Son los Arts. 167 y 168. De ninguna manera se puede admitir una reforma subrepticia, hecha en clarísimo fraude de ley, como sería admitir que una parte de la ciudadanía que no ostenta por sí misma la Soberanía, pueda decidir sobre una materia que pertenece al conjunto del pueblo español.
No ganarían esa consulta los separatistas, pero es que ni aún sabiendo que las tesis unionistas fueran a ganar por goleada, debe hacerse.
Pero lo curioso es que los programadores de este "tinglado" todo eso lo saben...Claro que si hubiera colado, habrían creado el precedente y habrían redefinido de facto los arts. 1 y 2 de la C.E. , todo el Título Preliminar y, de paso, el Título VIII...
...Porque si tienen "dret a decidir" tienen la Soberanía, no existe la Unidad de la Nación española, existe la unidad soberana de la nació catalana, pueden decidir sobre las propias competencias.....Y si hubieran perdido el referendum, como existiría el precedente y la CE ya se habría roto, podrían intentarlo hasta el aburrimiento.
Y, ¿sabe qué?...Idiotas no somos, así que nada de ruedas de molino.
Reforma por las vías pactadas en la propia CE.
¿Ruptura del marco constitucional y legal?...Vale. Adelante. Con todas las consecuencias.