Al hilo de la pregunta anterior me surge la duda de lo ocurrido en una permuta que hemos realizado con un promotor para la reedificación de nuestro edificio.Os cuento.
Dicha permuta se firmó entre vecinos de dos portales (20 vecinos) y se propuso para la realización de un nuevo edificio y 6 vecinos más, así como 26 plazas de garaje. Dichas plazas de garaje y algunos trasteros fueron sorteados ya entre los vecinos en base al plano del proyecto básico -presentado en junio de 2005- y aprobado por el ayuntamiento.
Ahora resulta que el promotor, con licencia de obra desde diciembre de 2005 y con las obras iniciadas según el proyecto básico, ha presentado - setiembre 2006- un Estudio de detalle para futura reedificación en que se incluye nuestro proyecto y se amplia a otros tres portales aledaños, al tiempo que en paralelo -diciembre 2006- se obtiene aprobación del proyecto de ejecución referido al inicialmente conocido y aprobado por los vecinos (año y medio despúes frente a los escasos cuatro meses que ha tardado en obtener la aprobación inicial del estudio de detalle enero 2007.
Al haberse desarrollado en paralelo, resulta que ahora el proyecto de ejecución del proyecto inicial se ve sometido al Estudio de detalle ampliado, ya que en este se señala la necesidad de que exista una única entrada de garaje para todos los edificios y el promotor adjunta copia de la escritura de obra nueva según la cual, "se establece una servidumbre de paso en contra de nuestro edificio y a favor de cualquiera edificios de la misma calle".
¿es esto legal?, puede el promotor al que se le ha hecho una permuta concreta alterar nuestros derechos como propietarios entre los que no figuraba ningún tipo de servidumbre, ni en escrituras ni en el contrato firmado?.
Muchas gracias