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Autor Tema: Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)  (Leído 116205 veces)

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Desconectado claudia1992

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #660 en: 09 de Febrero de 2015, 17:33:30 pm »
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Los convenios internacionales de doble nacionalidad reconocían que una persona pudiera tener doble nacionalidad, pero a condición de que sólo una tuviera plena eficacia.

Como en nuestro ordenamiento se admite la doble nacionalidad, siendo las dos totalmente operativas, empezaron a surgir Protocolos para modificar esos Convenios admitiendo que las dos nacionalidades fueran operativas.

Esos protocolos consiguieron ese efecto de dos formas. Un primer grupo, el más numeroso, lo hizo a lo bestia, simplemente modificando el Convenio para que las dos nacionalidades fueran operativas. Pero otro grupo simplemente admitió que el doble nacionalizado se desvinculase del Convenio que prohibía que ambas nacionalidades fueran operativas simultáneamente sin perder la doble nacionalidad, con lo que se conseguía de facto, conforme al art. 24 CC, que las dos nacionalidasdes fueran operativas.

Saludos

Madre mía Pedro, pero tu que tienes en esa cabeza? Da gusto la facilidad con la que explicas las cosas. Me vas tener que venir dar clases, o ir al examen, como prefieras.

"quotquotEl esfuerzo es la base del éxito"quotquot

Desconectado Pedro G.

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #661 en: 09 de Febrero de 2015, 17:38:42 pm »
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Madre mía Pedro, pero tu que tienes en esa cabeza? Da gusto la facilidad con la que explicas las cosas. Me vas tener que venir dar clases, o ir al examen, como prefieras.

Pues yo cambio capacidad comprensora por amplicación de memoria...  :D :D

La verdad es que los conceptos me suelen entrar fácilmente, pero sufro demasiado para memorizar los tochos. Uno, que viene de Ciencias, y tiene la cabeza hecha a las abstracciones pero no a la enseñanza puramente memorística...

Saludos

Desconectado yogarcia

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #662 en: 10 de Febrero de 2015, 10:37:27 am »
Entonces, si en un caso práctico sale algo sobre herencia en la Unión Europea, no se aplica el Reglamento Bruselas I refundido, sino el reglamento 650/2012, estoy en lo cierto? Y si sale algún tema matrimonial (separación o divorcio incluido) se aplicaría el reg. Bruselas II bis?? Yo la verdad que esta asignatura la llevo muy muy verde!!!

Desconectado Pedro G.

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #663 en: 10 de Febrero de 2015, 10:54:08 am »
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Entonces, si en un caso práctico sale algo sobre herencia en la Unión Europea, no se aplica el Reglamento Bruselas I refundido, sino el reglamento 650/2012, estoy en lo cierto? Y si sale algún tema matrimonial (separación o divorcio incluido) se aplicaría el reg. Bruselas II bis?? Yo la verdad que esta asignatura la llevo muy muy verde!!!

En este parcial no te va a salir un supuesto de ninguna de las dos materias que dices porque esos dos reglamentos se dan en el segundo parcial. Pero en el caso de que saliera alguna de esas materias, la respuesta es sencilla.

Por ejemplo, si sale un tema de divorcio o de obligación de alimentos y te preguntan por la competencia, se dice que no es aplicable el R 1215/2012 y que, salvo que sea aplicable otro instrumento internacional, bien europeo -aquí puedes nombrar si quieres lucirte el Reglamento que corresponda-, bien convencional, se aplicará la LOPJ.

Saludos

Desconectado yogarcia

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #664 en: 10 de Febrero de 2015, 11:42:22 am »
Muchísimas gracias Pedro, te mereces matrícula de honor en esta asignatura, y todo el agradecimiento de todos nosotros!!!!

Desconectado piano piano

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #665 en: 10 de Febrero de 2015, 22:51:09 pm »
Por favor, alguien sabe la segunda cuestión de este supuesto:

Caso 2. Se dicta una sentencia de condena de cantidad en México (concretamente, por un Tribunal del Distrito Federal) por la cual se condena a una empresa española al pago de 2.300.000 $ (pesos mexicanos). En la medida en que la empresa española no tiene bienes susceptibles de ser ejecutados en México, la empresa mexicana se plantea las acciones posibles para cobrar lo establecido en la sentencia. A la luz de los datos expuestos.
1.   ¿Qué procedimiento puede instar la empresa mexicana en España? ¿En qué norma está regulado? ¿Ante qué tribunal? ¿Qué posibles motivos de denegación puede alegar la empresa española para rechazar la ejecución?
2.   ¿Es susceptible de recurrirse la sentencia dictada por el tribunal elegido? Especifique el tipo recurso y el tribunal ante el que debe plantearse.

Muchas gracias
Piano piano, si va lontano.

Desconectado Pedro G.

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #666 en: 10 de Febrero de 2015, 23:17:47 pm »
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Por favor, alguien sabe la segunda cuestión de este supuesto:

Caso 2. Se dicta una sentencia de condena de cantidad en México (concretamente, por un Tribunal del Distrito Federal) por la cual se condena a una empresa española al pago de 2.300.000 $ (pesos mexicanos). En la medida en que la empresa española no tiene bienes susceptibles de ser ejecutados en México, la empresa mexicana se plantea las acciones posibles para cobrar lo establecido en la sentencia. A la luz de los datos expuestos.
1.   ¿Qué procedimiento puede instar la empresa mexicana en España? ¿En qué norma está regulado? ¿Ante qué tribunal? ¿Qué posibles motivos de denegación puede alegar la empresa española para rechazar la ejecución?
2.   ¿Es susceptible de recurrirse la sentencia dictada por el tribunal elegido? Especifique el tipo recurso y el tribunal ante el que debe plantearse.

Muchas gracias

Conforme al art. 956 LEC 1881, es recurrible en apelación y, por tanto, ante la Audiencia provincial.

Saludos

Desconectado piano piano

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #667 en: 10 de Febrero de 2015, 23:33:27 pm »
Gracias Pedro,

Saludos.
Piano piano, si va lontano.

Desconectado mmurciaz

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Perdida de la nacionalidad derivativa
« Respuesta #668 en: 11 de Febrero de 2015, 07:44:12 am »
   Hola compañeros, a ver si alguno me podeis contestar:
   
   La nacionalidad de origen se pierde al adquirir otra nacionalidad nueva (otra nacionaliad que nos sea iberoamericana, portuguesa, etc.), pues bien,

   ¿Es que la nacionalidad derivativa no se pierde también por adquirir otra nacionalidad nueva (distinta de la que tenia en principio esa persona)?"
 
   Gracias y Saludos
   Miguel

Desconectado Pedro G.

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Re:Perdida de la nacionalidad derivativa
« Respuesta #669 en: 11 de Febrero de 2015, 07:56:40 am »
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   ¿Es que la nacionalidad derivativa no se pierde también por adquirir otra nacionalidad nueva (distinta de la que tenia en principio esa persona)?"
 
   Gracias y Saludos
   Miguel

Sí.

Saludos

Desconectado mmurciaz

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #670 en: 11 de Febrero de 2015, 12:16:54 pm »
   Gracias Pedro G,

   Saludos
   Miguel

Desconectado Judith UNED

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #671 en: 11 de Febrero de 2015, 18:05:46 pm »
Pues no me ha dado tiempo a hacer el segundo caso.
He contestado el tema de la cláusula de sumisión que preguntaban, pero no he podido ni leer el enunciado del caso.
Espero que con la teoría y 1 caso se pueda aprobar, poque si no, voy lista.

¿Alguien sabe si contestando la teoría y un caso, se puede aprobar?
Qué disgusto. Con lo que me ha costado preparar esta asignatura.
Qué más les dará dejar 2 horas en lugar de hora y media.

Eso sí, la teoría me ha parecido asequible. Las preguntas eran claras. Al menos se podía saber exactamente lo que estaban preguntando. Y sin mucho espacio para contestar.

Desconectado ggonzalez525

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #672 en: 11 de Febrero de 2015, 18:19:28 pm »
¿Qué han preguntado?

Un saludo!!

Desconectado Sir Hall

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #673 en: 11 de Febrero de 2015, 18:24:26 pm »
La teoría era asequible. El primer caso me ha ido más o menos bien pero del segundo no tenía ni puñetera idea, así que me ha ocurrido lo mismo que a ti, compañera. Sólo que tú estás así por falta de tiempo y yo por ignorancia xD

Esperemos los correctores sean misericordiosos, porque en ambos casos creo que el global es de aprobado.

Desconectado antoñin26

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #674 en: 11 de Febrero de 2015, 18:37:54 pm »
la nacionalidad de origen se pierde????

Desconectado Pedro G.

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #675 en: 11 de Febrero de 2015, 18:40:03 pm »
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la nacionalidad de origen se pierde????

Claro que se puede perder por el art. 24 CC, pero de eso no han preguntado nada en el examen. ¿O sí y yo no me he enterado?

Saludos

Desconectado malomos

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #676 en: 11 de Febrero de 2015, 18:41:09 pm »
Art. 11.2 C.E: Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.  :) . Pero una cosa es ser privado de ella y algo distinto es perderla.

Desconectado Pedro G.

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #677 en: 11 de Febrero de 2015, 18:44:47 pm »
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Art. 11.2 C.E: Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.  :)

Claro, pero eso significa que a los españoles de origen no se les puede sancionar con la pérdida de la nacionalidad por el art. 25 CC, pero sí pueden perderla voluntariamente, que son los supuestos del art. 24 CC.

Saludos

Desconectado Pedro G.

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #678 en: 11 de Febrero de 2015, 18:46:50 pm »
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Art. 11.2 C.E: Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.  :) . Pero una cosa es ser privado de ella y algo distinto es perderla.

Nunca me acostumbraré a contestar a un mensaje que ha sido modificado mientras contesto... :D :D


Desconectado malomos

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #679 en: 11 de Febrero de 2015, 18:57:22 pm »
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Nunca me acostumbraré a contestar a un mensaje que ha sido modificado mientras contesto... :D :D


Ja ja ja! Te debo una muy grande Pedro G. Aunque me he examinado la primera semana tus excelentísimos casos me han dado una inmensa esperanza para poder aprobar. Los he descargado todos y tengo una libreta que no te cuento de grande. Estoy deseando que salgan las notas !!!.  Mira que la he estudiado pero es tremendamente compleja porque hay que conectar muchísimas normas. Es lo que me pasó ahora con la respuesta, me acordé de la CE y al ver tu respuesta pensé....ostras! es verdad, una cosa es privarte y otra perderla......... ;D ;D