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Autor Tema: Club de Fumadores  (Leído 28644 veces)

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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #20 en: 05 de Enero de 2011, 15:39:27 pm »
Estimado Jbr:
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Aquí en galicia también hemos empezado, un saludo. Carín.


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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #21 en: 05 de Enero de 2011, 15:43:59 pm »
Amigo Palangana:

  Si estamos de acuerdo, lo peor de todo esto es que como siempre habrá quien cumpla la ley, como decimos por aquí “a raja tabla” y quien la bordee, yo te aseguro que en ciertos  clubs de Golf, Padel, amigos de la caza, etc, ya tendrán preparado para poder fumar y tomarse la cervecita.

  Saludos,

  jbr

p.d.: Ya me he dado cuenta que el asunto va a ir por esos términos, ya mismo habrá más clubs de fumadores que restaurantes,

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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #22 en: 05 de Enero de 2011, 22:21:14 pm »
¿Sería multable que un bar, en el bingo o cerca de un hospital esté con un cigarrillo SIN ENCENDER (intacto sacado de la cajetilla), digamos por si quisiese matar el gusanillo y, sobre todo, para gastar una broma y "fastidiar un poco" a los no fumadores?

Eso no es fumar, digo yo que como si quiero tener un chupachú o un palillo dientes, no ?
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #23 en: 05 de Enero de 2011, 22:30:21 pm »
Amigo Palangana:

  Como si quieres tener un palo en la boca, jajaj. lo que se lleva es el cigarrillo de vapor de agua, que da el pego total, he visto como un no fumador se ha "cabreao" con uno porque estaba "fumando" y el otro con to la guasa hizo como que la quemaba..., se partía de risa y la no fumadora, claro es, no le hizo ni gota de gracia.

  Lo mejor es fumar en casa, de momento no está prohibido, yo fumo en el porche de mi casa y los vecinos aún no me han denunciado, jajaja.

  Saludos,

   jbr
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #24 en: 05 de Enero de 2011, 22:36:16 pm »
Sí, amigo Jbr, SI FUMAR LO QUE SE DICE FUMAR, está claro que en casa y algún que otro lugar establecido en la norma. Lo que comento es un poco por hacer de rabiar, como el ejemplo que tú has puesto  ;D

Pero hay muchas cosas absurdas, mal hechas e inconstitucionales !!

Porque yo me pregunto: en un parque no, y en la playa ¿sí?  ???

En los colegios, no; pero resulta que en la universidad, sí; pues nada, me matriculo otra vez de otra Carrera y ya está !!  ;D

Pero vamos, mañana espero de sus Majestades dos cartones, un zipo y un cenicero.
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #25 en: 05 de Enero de 2011, 22:45:10 pm »
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¿Sería multable que un bar, en el bingo o cerca de un hospital esté con un cigarrillo SIN ENCENDER (intacto sacado de la cajetilla), digamos por si quisiese matar el gusanillo y, sobre todo, para gastar una broma y "fastidiar un poco" a los no fumadores?

Eso no es fumar, digo yo que como si quiero tener un chupachú o un palillo dientes, no ?

Sin encender pues eso, que no se está fumando. Pero cabría preguntarse: entrar con un cigarrillo encendido a un local sin darle calada alguna ¿es fumar?

Y además mucho ojo, lo no permitido es fumar TABACO, cualquier otra cosa que no contenga tabaco y que no sea una substancia ilegal se puede fumar libremente en cualquier lugar. (por ejemplo cigarrillos de herbolario que no contengan tabaco o hebras de plátano secas y liadas) vamos, tan legal como esnifarse una aspirina en la puerta de un cuartelillo.
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #26 en: 05 de Enero de 2011, 23:27:42 pm »
Estimado MORDEKAY:

  Tengo mis dudas sobre lo que planteas, si bien de la ley se desprende que de lo que se trata es de regular el uso del tabaco, en el art. 7 y ss. se habla de fumar y según el DRAE, fumar en su primera acepción, es echar o despedir humo, por lo que en sentido estricto no se podría echar humo, sea procedente del tabaco o de cualquier otra sustancia.

  Por lo que no sé si se podría fumar otra cosa que no sea tabaco...,

  Saludos,

   jbr
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #27 en: 05 de Enero de 2011, 23:43:42 pm »
Artículo 1.  Objeto.

Esta Ley tiene por objeto:

a) Establecer, con carácter básico, las limitaciones, siempre que se trate de operaciones al por menor, en la venta, suministro y consumo de los productos del tabaco,

Artículo 2.  Definiciones.

A los efectos de esta Ley, se entiende por:

a) Productos del tabaco: los destinados a ser fumados, inhalados, chupados o masticados, que estén constituidos, aunque sólo sea en parte, por tabaco


Mas claro el agua, la ley afecta única y exclusivamente al TABACO, a ninguna otra substancia. La Ley no prohíbe fumar, prohíbe fumar tabaco exclusivamente.
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #28 en: 06 de Enero de 2011, 02:50:16 am »
La Ley prohíbe fumar en bares y restaurantes abiertos al público.

Así que en otros países lo ha resuelto haciendo un bar o restaurante cerrado al público, que tienes que ser socio para entrar. Se hace un par de tarjetas de socio y si no lo tienes, no puedes entrar, y ahí se puede fumar porque no está prohibido, porque no es un bar o restaurante público.

No hay que dar tantos rollos con hacer Sociedades de Fumadores. ;D
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #29 en: 06 de Enero de 2011, 03:19:08 am »
Como dijo Mordekay: Un señal grande que dice: "Prohibida la entrada a las personas que no sean socias"

Y después lo de socia es muy relativo - se puede hacerse en el minuto.

Yo trabajé en una Coctelera en Alemania que tenía monopolio hasta las 5 (cuando ningún bar tenía esta licencia - lo tenían sólo hasta las 2) y había colas para entrar en una espacie de 20 metros cuadrados. A veces tenía que estar en la Puerta y no dejar entrar a la gente, simplemente porque no había espacio y agradecía el poder enseñar al señal grande que decía: "Prohibida la entrada a las personas que no sean socias" y preguntar por su "Tarjeta de Socio" que sabía que no tenían porque no existían.
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #30 en: 06 de Enero de 2011, 06:44:14 am »
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La Ley prohíbe fumar en bares y restaurantes abiertos al público.

Así que en otros países lo ha resuelto haciendo un bar o restaurante cerrado al público, que tienes que ser socio para entrar. Se hace un par de tarjetas de socio y si no lo tienes, no puedes entrar, y ahí se puede fumar porque no está prohibido, porque no es un bar o restaurante público.

No hay que dar tantos rollos con hacer Sociedades de Fumadores. ;D

NO, la Ley prohíbe fumar en cualquier centro de trabajo -art 7 a) -, y un bar o un restaurante ya sea público o sea privado es un centro de trabajo (repasemos mejor el texto de la Ley que somos Licenciados)
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #31 en: 06 de Enero de 2011, 09:54:43 am »
Hola:

   Vale, decía que tenía mis dudas, aunque sabía que el objeto de la ley es el tabaco. Esto me lleva a que será casi imposible que las denuncias prosperen, si tienes ganas de jaleo. Estando en el debate jurídico, personalmente, soy fumador y no voy a fumar donde lo prohíban, eso lo tengo claro.

  Estoy fumando en un bar, me tienen que requisar mi cigarro, analizarlo y demostrar que es tabaco y no cualquier otra sustancia, puesto que si no, no podrán saber nunca si es tabaco u hojas de eucaliptos secas.

  Al final pagaran los pardillos de siempre, ya verás.

  La ley es muy clara, los restaurantes, bares,  pubs etc, no les vale con poner nada en la entrada.

  Saludos,
 
   jbr

 
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #32 en: 06 de Enero de 2011, 10:07:21 am »
No, no, yo no tengo duda alguna, viva MORDEKAY !!, QUE HA DESCUBIERTO EL MATIZ para que yo siga fumando...efectivamente: la ley DICE TABACO, se le ha olvidado al legislador indicar EXPULSAR HUMO DE COSA QUE NO SEA TABACO, luego esta es la mía !!  ;D

No cabe alegar "espíritu de la ley" puesto que se trata de normativa sancionadora, como de igual modo no cabe interpretación analógica contra el reo porque se ha de seguir de forma estricta el principio de legalidad y tipicidad en todo ámbito punitivo. Si yo fumo cigarrillos de COSA ALGUNA QUE NO SE TABACO no me pueden sancionar porque se cargan la literalidad de la ley y el art. 25 CE 78 !!

Ea, a comprar cigarrillos vainilla y fresas  :)
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #33 en: 06 de Enero de 2011, 10:22:36 am »
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La Ley prohíbe fumar en bares y restaurantes abiertos al público.

Así que en otros países lo ha resuelto haciendo un bar o restaurante cerrado al público, que tienes que ser socio para entrar. Se hace un par de tarjetas de socio y si no lo tienes, no puedes entrar, y ahí se puede fumar porque no está prohibido, porque no es un bar o restaurante público.

No hay que dar tantos rollos con hacer Sociedades de Fumadores. ;D

NO, la Ley prohíbe fumar en cualquier centro de trabajo -art 7 a) -, y un bar o un restaurante ya sea público o sea privado es un centro de trabajo (repasemos mejor el texto de la Ley que somos Licenciados)

En esto que comenta MORDEKAY hay otra laguna o despiste del legislador, a saber:


El fundamento es que no se puede fumar en RTTES Y BARES por ser CENTROS DE TRABAJO, pero resulta que puedo fumar en la terraza de un bar siempre que no esté cerrada o techada, pero sigue siendo puesto de trabajo porque el camarero me tiene que servir en la terraza !!
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #34 en: 06 de Enero de 2011, 10:56:24 am »
Estimado Palangana:

El art. 7 de la ley 28/2005, no olvidemos que la ley 42/2010, lo que hace es modificar la ley anterior, nos dice, que 

Se prohíbe fumar, además de en aquellos lugares o espacios definidos en la normativa de las Comunidades Autónomas, en:

a. CENTROS DE TRABAJO PÚBLICOS Y PRIVADOS, SALVO EN LOS ESPACIOS AL AIRE LIBRE.
b. Centros y dependencias de las Administraciones públicas y entidades de Derecho público.
c. Centros, servicios o establecimientos sanitarios, así como en los espacios al aire libre o cubiertos, comprendidos en sus recintos.
d. Centros docentes y formativos, salvo en los espacios al aire libre de los centros universitarios y de los exclusivamente dedicados a la formación de adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios o aceras circundantes.
e. Instalaciones deportivas y lugares donde se desarrollen espectáculos públicos, siempre que no sean al aire libre.
f. Zonas destinadas a la atención directa al público.
g. Centros comerciales, incluyendo grandes superficies y galerías, salvo en los espacios al aire libre.
h. Centros de atención social.
i. Centros de ocio o esparcimiento, salvo en los espacios al aire libre.
j. Centros culturales, salas de lectura, exposición, biblioteca, conferencias y museos.
k. Salas de fiesta, establecimientos de juego o de uso público en general, salvo en los espacios al aire libre.
l. Áreas o establecimientos donde se elaboren, transformen, preparen, degusten o vendan alimentos.
m. Ascensores y elevadores.
n. Cabinas telefónicas, recintos de los cajeros automáticos y otros espacios cerrados de uso público de reducido tamaño. Se entiende por espacio de uso público de reducido tamaño aquel que no ocupe una extensión superior a cinco metros cuadrados.
ñ. Estaciones de autobuses, salvo en los espacios que se encuentren al aire libre, vehículos o medios de transporte colectivo urbano e interurbano, vehículos de transporte de empresa, taxis, ambulancias, funiculares y teleféricos.
o. Todos los espacios del transporte suburbano (vagones, andenes, pasillos, escaleras, estaciones, etc., salvo en los espacios que se encuentren por completo al aire libre.
p. Estaciones, puertos y medios de transporte ferroviario y marítimo, salvo en los espacios al aire libre.
q. Aeropuertos, salvo en los espacios que se encuentren al aire libre, aeronaves con origen y destino en territorio nacional y en todos los vuelos de compañías aéreas españolas, incluidos aquellos compartidos con vuelos de compañías extranjeras.
r. Estaciones de servicio y similares.
s. Cualquier otro lugar en el que, por mandato de esta Ley o de otra norma o por decisión de su titular, se prohíba fumar.
t. Hoteles, hostales y establecimientos análogos, salvo en los espacios al aire libre. No obstante, podrán habilitarse habitaciones fijas para fumadores, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 8.
u. Bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados.
v. Salas de teatro, cine y otros espectáculos públicos que se realizan en espacios cerrados.
w. Recintos de los parques infantiles y áreas o zonas de juego para la infancia, entendiendo por tales los espacios al aire libre acotados que contengan equipamiento o acondicionamientos destinados específicamente para el juego y esparcimiento de menores.
x. En todos los demás espacios cerrados de uso público o colectivo.

  La ley no es muy larga, aunque las prohibiciones por poco le falta abecedario,

Saludos cordiales,

jbr
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #35 en: 06 de Enero de 2011, 16:24:00 pm »
Citar Palangana:
Citar
pero sigue siendo puesto de trabajo porque el camarero me tiene que servir en la terraza

No, porque no tienen que servir en las terrazas, ni en los habitaciones de fumadores en hoteles!

¿Y si los "trabajadores" del Club de Fumadores son socios trabajando de forma voluntarios??
O se pone máquinas expendedores de cerveza, etc.??

¿Qué es un "centro de trabajo privado"? Si uno trabaja en su propio salón, se le prohíbe fumar allí?
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #36 en: 06 de Enero de 2011, 16:25:22 pm »
No había visto este hilo tan interesante, je je

Creo que la cuestión de si se puede o no fumar se debe dilucidar a través de la denominación de centro de trabajo. Como en la Ley 28/2005 (actualizada) no hace una definición de la misma, podemos tomar la del ET que en su artículo 5 dispone que “se considera centro de trabajo la unidad productiva con organización específica, que sea dada de alta, como tal, ante la autoridad laboral”.

Dicho esto, se debe entenderse "centro de trabajo" cuando exista trabajador por cuenta ajena en dicho lugar (art. 7.a Ley 28/2005), que es distinto a "lugar de trabajo" que puede ser aquel donde un abogado, sin empleados, ejerce su profesión fumando. Así pues, si todos son propietarios del "lugar" como autónomos no existe tal prohibición, pues ni es centro de trabajo público o privado.

Por lo demás, el legislador ha cerrado bien las puertas, excepto para la hostelería (art. 8 ) y Centros docentes y formativos (art. 8.d), salvo en los espacios al aire libre de los centros universitarios y de los exclusivamente dedicados a la formación de adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios o aceras circundantes.

Saludos,

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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #37 en: 06 de Enero de 2011, 17:18:33 pm »
Citar
«Disposición adicional novena. Clubes privados de fumadores.
A los clubes privados de fumadores, legalmente constituidos como tales, no les será de aplicación lo dispuesto en esta Ley, relativo a la prohibición de fumar, publicidad, promoción y patrocinio, siempre que se realice en el interior de su sede social, mientras en las mismas haya presencia única y exclusivamente de personas socias.
A los efectos de esta Disposición, para ser considerado club privado de fumadores deberá tratarse de una entidad con personalidad jurídica, carecer de ánimo de lucro y no incluir entre sus actividades u objeto social la comercialización o compraventa de cualesquiera bienes o productos consumibles.
En ningún caso se permitirá la entrada de menores de edad a los clubes privados de fumadores.»

¿Y qué se puede hace en los Clubes de Fumadores - sólo fumar? Si no se puede comercializar ningunos productos consumibles?
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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #38 en: 06 de Enero de 2011, 17:22:54 pm »
Que forma más absurda de buscar tres pies al gato con tal de seguir fumando en lugares prohibidos.
¿¿Y si los "trabajadores" del Club de Fumadores son socios trabajando de forma voluntarios??
?

Pues lo que les faltaba a los camareros que además de tener turno partido, trabajar dias de fiesta, aguantar borrachos y fumetas, , hacer de limpiadores si andan escasos de personal, ahora que no cobren porque el empresario es un lince de las leyes y acaba de colgar el cartel de "club de los fumetas" y al ser "socios voluntarios"  el sueldo no existe...o existe pero de forma voluntaria según el humor del empresario...
¿Que camareros aparte de "machupichu"  aguantaría con algo así?
Veamos que nueva tontería se nos ocurre para saltarnos la ley, algo muy español por cierto.Pero esto merece un capítulo aparte
Si Grey en vez de rico y guapo fuera como mi vecino y en paro, la pelicula se llamaria 50 órdenes de alejamiento

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Re: Club de Fumadores
« Respuesta #39 en: 06 de Enero de 2011, 17:38:35 pm »
Citar
a) Productos del tabaco: los destinados a ser fumados, inhalados, chupados o masticados, que estén constituidos, aunque sólo sea en parte, por tabaco

Entonces se prohíba también masticar el "Snus" sueco en los mismos sitios..??? Eso es algo ridículo porque no echa humo.

Hay camareros/as fumadores también, decarmen  :)

Y parece que es prohibido (no dejado a la voluntad del camarero/a) servir a alguien fumando en una terraza, mientras que tienen que servir a los no fumadores al lado. Entonces, si pido un café no fumando, y cuando me lo sirven enciendo un cigarrillo, ¿Qué pasa? me retiran el café?
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