hola,
por lo que he mirado por ahí desde ayer, sobre lo que dice amartinez:
TIPO A, (pregunta 1) es sin duda la C, los gestores son responsables de que la sociedad colectiva dirima en irregular luego entonces alguna responsabilidad tendran...
Estoy de acuerdo. La respuesta B dice "sin que exista una norma específica en caso de no inscripción", lo que contradice al art. 120 CCOM "Los encargados de la gestión social que contravinieren a lo dispuesto en el art. anterior (119 obligación de escritura pública que se presentará en el R.Mercantil) serán solidariamente responsables para con las personas extrañas a la compañía con quienes hubiesen contratado en nombre de la misma".
Sí hay norma específica. No puede ser B, tiene que ser C. Además en los apuntes: Responsabilidad gestores en soc. irregular (este caso): La no inscripción activa la responsabilidad solidaria de los administradores por la actuación de la sociedad en el tráfico. Esta responsabilidad no es sustitutiva de la correspondiente a la sociedad, sino añadida o adicional respecto de la que asumen la propia sociedad y sus socios.
la 11 pienso que es la A, una tipo de accion de accion con mismo tipo de valores nominal que otra puede ser una accion preferente verdad ( esas que tienes un derecho de cobro preferente y no tienes derecho a voto ) a mi entender tiene el mismo valor nominal que las otras pero se cobra de forma preferente, incluso hasta las acciones rescatables, asi que he puesto la A.
En los apuntes pone: En el caso de la SA se prohíbe de forma terminante la emisión de acciones que de forma directa o indirecta alteren la proporcionalidad entre el valor nominal y el derecho de voto: éste por tanto, ha de atribuirse en todo caso de forma rigurosamente proporcional a la participación en el capital (con la única excepción de las acciones sin voto).
, la 16 diria que seria la B, descartando la nulidad que argumenta la respuesta a, los administradores a mi entender, no responden salvo dolo o neiligencia, no creo que sea el caso concreto aunque la verdad ha sido donde mas he dudado
En el artículo de la Ley está meridianamente claro (la respuesta b.-), pero no así en los apuntes. Eso da pie a anulación? No lo sé.
, en la 25 me parecio leer incertidumbres.... antes de reducir el capital social con el que es muy posible que como acrreedor haya garantizado mi credito algo tendre que decir....por lo tanto repuesta B,
Es una reducción por pérdidas. El patrimonio no se ve alterado, sólo la cifra del capital social. No "sale" dinero de la empresa como en las devoluciones de aportaciones a los socios. Creo que es la respuesta C.
, 26 tambien dude un poquito pero al establecer en principio pense en el caracter general de emision de acciones por lo tanto entiendo un derecho de suscripcion preferente para todos los socios yo lo entiendo asi salvo que a la SA, le interese en su interes comun otro tipo de socio y me da lo mismo aportaciones dinerarias que prendas, como si el el bajo de mi abuela vamos digo yo...
No da igual aportaciones dinerarias que no dinerarias. En el segundo caso, no existe derecho de suscripción preferente, porque lo que se aporta a cambio de las nuevas acciones no es dinero (fungible) sino un activo, derecho, etc. En el primer caso, aportaciones dinerarias, el derecho existe "en principio" como dice el enunciado, aunque se puede limitar en los estatutos.
ya creo que en lo demas estamos todos de acuerdo, la 31, se va a anular, ya que esta mal planteada, lo correcto es poner la respuesta A, pero debido a que a mi paracer afirma qeu es causa legal de exclusion tanto en la SL, como en la SA, yo creo que es perfectamente anulable, ya que lo correcto seria hablar de incumplimiento voluntario, porque esta claro a todas luces que un incumplimiento involuntario no puede ser motivo de exclusion asi que agradecerselo a los profes
"el incumplimiento de las prestaciones accesorias es una de las causas legales que permiten acordar la exclusión de los socios en la SL, AUNQUE NO en la SA por no haberlo dispuesto así el legislador". No tiene nada que anular la pregunta.
Eso me parece. Suerte a todos.