Aunque parezca mentira todavia no lo tengo claro, pues lo pregunté al profesor y no me contestó exactamente.
El tenedor de un pagare ¿tiene la obligacion depresentarlo al cobro primero al librador (y despues si no lo cobra dirigirse contra los demas obligados, es decir contra los endosatarios) o puede presentarlo al cobro primero a cualquier endosatario?
Y supongo que con la letra de cambio igual, no?
Gracias y Saludos
Miguel