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Autor Tema: Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)  (Leído 69172 veces)

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Desconectado cipotegato

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #240 en: 17 de Mayo de 2015, 18:57:31 pm »
En los casos de PedroG (qué palizas soy, lo sé  ::)) en los referentes a  celebración matrimonio y nulidad, hay varios que corresponden a matrimonio de español/extranjero en el extranjero. La respuesta estándar es:

En virtud del art. 49 CC, podrán contraer matrimonio conforme a las formas de su ley personal, es decir, del Derecho español y, por tanto, ante el Juez, Alcalde o funcionario señalado por el CC o en la forma religiosa legalmente prevista (católica, evangélica, israelita e islámica).

En mi opinión si el matrimonio es en el extranjero, sobra lo del Juez, Alcalde o funcionario. En todo caso debería ser:

Las formas permitidas por la ley personal del contrayente español son tanto las formas religiosas previstas en la ley española (aunque no produzca efectos en el país donde se contrajo) como la forma civil del matrimonio contraído ante Autoridad consular española (siempre que el país donde nuestra representación consular esté acreditada admita el ejercicio de esta función en su territorio.  .

Creo que así la respuesta es más concisa; de todas formas, se aceptan sugerencias.

Buen domingo, currantes :D


Desconectado Mejías

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #241 en: 18 de Mayo de 2015, 17:43:43 pm »
Buenas tardes,

Tengo apuntes para compartir, pero me gustaría cotejar con otros apuntes e ir completando, por si queréis intercambiar mi correo es djjavimj@hotmail.com

Suerte compañeros  ;)

Desconectado monitorio

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #242 en: 19 de Mayo de 2015, 10:30:49 am »
Buenas...

Alguien sabe si existe algun recopilatorio de preguntas frecuentes  teoria, para esta asignatura ?
he mirado en temporales  y no veo nada.
suerte....

Desconectado cipotegato

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #243 en: 19 de Mayo de 2015, 12:59:57 pm »
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En los casos de PedroG (qué palizas soy, lo sé  ::)) en los referentes a  celebración matrimonio y nulidad, hay varios que corresponden a matrimonio de español/extranjero en el extranjero. La respuesta estándar es:

En virtud del art. 49 CC, podrán contraer matrimonio conforme a las formas de su ley personal, es decir, del Derecho español y, por tanto, ante el Juez, Alcalde o funcionario señalado por el CC o en la forma religiosa legalmente prevista (católica, evangélica, israelita e islámica).

En mi opinión si el matrimonio es en el extranjero, sobra lo del Juez, Alcalde o funcionario. En todo caso debería ser:

Las formas permitidas por la ley personal del contrayente español son tanto las formas religiosas previstas en la ley española (aunque no produzca efectos en el país donde se contrajo) como la forma civil del matrimonio contraído ante Autoridad consular española (siempre que el país donde nuestra representación consular esté acreditada admita el ejercicio de esta función en su territorio.  .

Creo que así la respuesta es más concisa; de todas formas, se aceptan sugerencias.

Buen domingo, currantes :D



¿Creéis que es cierto lo que digo sobre el matrimonio estre español/extranjero en el extranjero?

Como no veo ningún comentario, no sé si lo que digo se ajusta a derecho.

En fin, yo creo que es la solución correcta, pero como no veo ninguna opinión...

Opinad, compañeros; iluminad a este lego estudiante.

Por Thor, por Odín... por favor :D

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #244 en: 19 de Mayo de 2015, 13:10:25 pm »
 a ver , el compañero/a  dispuesto/a y diligente  que se ofrece para refrescarme de manera comprensible  el  " reenvio"


Desconectado Mimi72

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #245 en: 19 de Mayo de 2015, 15:38:34 pm »
El reenvío se produce cuando la norma de conflicto del foro (del país que juzga) se remite a una legislación extranjera que a su vez, ésta se "reenvía" o remite a otra.

Desconectado Mimi72

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #246 en: 19 de Mayo de 2015, 15:43:07 pm »
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¿Creéis que es cierto lo que digo sobre el matrimonio estre español/extranjero en el extranjero?

Como no veo ningún comentario, no sé si lo que digo se ajusta a derecho.

En fin, yo creo que es la solución correcta, pero como no veo ninguna opinión...

Opinad, compañeros; iluminad a este lego estudiante.

Por Thor, por Odín... por favor :D

A lo mejor va el Alcalde de tu pueblo (si es época de elecciones jajaja) a casarte al extranjero. Yo creo que si la norma contempla esas autoridades es porque cabría la posibilidad que alguno de ellos se desplazara al extranjero. (Es sólo una opinión)

Desconectado Pedro G.

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #247 en: 19 de Mayo de 2015, 20:05:22 pm »
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En los casos de PedroG (qué palizas soy, lo sé  ::)) en los referentes a  celebración matrimonio y nulidad, hay varios que corresponden a matrimonio de español/extranjero en el extranjero. La respuesta estándar es:

En virtud del art. 49 CC, podrán contraer matrimonio conforme a las formas de su ley personal, es decir, del Derecho español y, por tanto, ante el Juez, Alcalde o funcionario señalado por el CC o en la forma religiosa legalmente prevista (católica, evangélica, israelita e islámica).

En mi opinión si el matrimonio es en el extranjero, sobra lo del Juez, Alcalde o funcionario. En todo caso debería ser:

Las formas permitidas por la ley personal del contrayente español son tanto las formas religiosas previstas en la ley española (aunque no produzca efectos en el país donde se contrajo) como la forma civil del matrimonio contraído ante Autoridad consular española (siempre que el país donde nuestra representación consular esté acreditada admita el ejercicio de esta función en su territorio.  .

Creo que así la respuesta es más concisa; de todas formas, se aceptan sugerencias.

Buen domingo, currantes :D

En mi opinión no sobra la referencia al art. 49 CC, pues éste deja claro que cualquier español podrá contraer matrimonio fuera de España ante Juez, Alcalde o funcionario señalado por este Código, siendo un funcionario señalado por el Código el diplomático o consular encargado del Registro Civil en el extranjero conforme al art. 51.3º CC. No obstante, la respuesta quedaría más completa con la matización que incluyes sobre la Autoridad consular.

En definitiva, yo respondería con una combinación de ambas respuestas.

Saludos
 

Desconectado cipotegato

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #248 en: 19 de Mayo de 2015, 20:16:16 pm »
Muchas gracia Pedro. Como digo siempre, un placer

Lo tendré en cuenta

Desconectado paz664

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #249 en: 24 de Mayo de 2015, 14:33:50 pm »
¿Alguien puede decirme de que tema es la pregunta "conexiones generales en materia de forma de los actos y negocios jurídicos"? No lo encuentro, y ha caído muchas veces.

Gracias

Desconectado Pedro G.

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #250 en: 24 de Mayo de 2015, 15:11:39 pm »
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¿Alguien puede decirme de que tema es la pregunta "conexiones generales en materia de forma de los actos y negocios jurídicos"? No lo encuentro, y ha caído muchas veces.

Gracias

¿Muchas veces? Salvo que yo ande muy despistado, que puede ser, sólo ha caído una vez y fue en Septeimbre de 2009. Pertenecía al tema 17 del antiguo manual, un tema que no existe en el manual nuevo.

Creo que ya he comentado por aquí alguna vez que hay preguntas de exámenes anteriores a 2013 que no se pueden contestar con el manual nuevo y que si se quieren identificar se pueden bajar unos apuntes anteriores de licenciatura en el área de apuntes del plan 2000 y verificarlo.

Saludos

Desconectado paz664

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #251 en: 24 de Mayo de 2015, 16:21:30 pm »
¡Qué alegría!

Yo tengo anotada ésa y unas cuantas más con redacciones diferentes que creo que se refieren a lo mismo:

* "los dos principios básicos en torno a los que se construye la ley aplicable a la forma de los actos y negocios jurídicos en el ordenamiento español",

* "conexiones generales del art. 11.1 párrafo 1 del CC sobre  ley aplicable a la forma de los actos y negocios jurídicos; juego de los criterios de conexión" (ésta cuatro veces),

* "las conexiones del art 11 CC en materia de forma de los actos e incidencia del Convenio de la Haya de 1961".

Son la misma, ¿verdad? ¿Tampoco entran?

Desconectado cipotegato

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #252 en: 24 de Mayo de 2015, 19:41:05 pm »
Pido ayuda con una duda que no soy capaz de comprender (lógico, por otra parte ;))

En una adopción constituida en el extranjero, para que surta efectos en España tiene que cumplir una serie de requisitos. El segundo de ellos dice:
Que se hayan aplicado a la constitución de la adopción las normas de conflicto de la autoridad ante la que se constituyó la adopción.

Aquí me pierdo; no soy capaz de entenderlo.

Si alguien me echa una mano, la verdad es que lo agradecería porque me voy a volver tarumba- más, añado-

Desconectado Pedro G.

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #253 en: 24 de Mayo de 2015, 20:10:07 pm »
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Pido ayuda con una duda que no soy capaz de comprender (lógico, por otra parte ;))

En una adopción constituida en el extranjero, para que surta efectos en España tiene que cumplir una serie de requisitos. El segundo de ellos dice:
Que se hayan aplicado a la constitución de la adopción las normas de conflicto de la autoridad ante la que se constituyó la adopción.

Aquí me pierdo; no soy capaz de entenderlo.

Si alguien me echa una mano, la verdad es que lo agradecería porque me voy a volver tarumba- más, añado-

La LAI exige dos requisitos generales -además de otros específicos-, para el reconocimiento de una adopción internacional constituida en un Estado extranjero que no sea parte del CLH de 1993, pues si es parte, se aplicará el procedimiento de dicho Convenio y no la LAI.

El primero, como es lógico, es que la autoridad de ese Estado extranjero tenga atribuida la competencia internacional para dicha constitución. Y el segundo, también lógico y que es al que te refieres, que las normas de conflicto empleadas por esa autoridad sean las suyas. Imagina que un juzgado de un Estado X constituye una adopción internacional y es competente para hacerlo, pero aplica el derecho interno del Estado X a pesar de sus normas de conflicto de DIPr dicen que la ley aplicable a la adopción es la del país Y porque el adoptando reside en ese país. En tal caso, un órgano jurisdiccional español que debiera reconocer esa adopción conforme a la LAI denegaría la adopción porque la autoridad que la constituyó no aplicó correctamente su DIPr, al obviar sus normas de conflicto.

Saludos

Desconectado silvestre

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #254 en: 25 de Mayo de 2015, 00:25:01 am »
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¡Qué alegría!

Yo tengo anotada ésa y unas cuantas más con redacciones diferentes que creo que se refieren a lo mismo:

* "los dos principios básicos en torno a los que se construye la ley aplicable a la forma de los actos y negocios jurídicos en el ordenamiento español",

* "conexiones generales del art. 11.1 párrafo 1 del CC sobre  ley aplicable a la forma de los actos y negocios jurídicos; juego de los criterios de conexión" (ésta cuatro veces),

* "las conexiones del art 11 CC en materia de forma de los actos e incidencia del Convenio de la Haya de 1961".




Son la misma, ¿verdad? ¿Tampoco entran?

Tampoco entran, Paz. A mi también me han llevado de cráneo
No llega antes quien va más deprisa, sino quien sabe a donde va. (Séneca)

Desconectado paz664

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #255 en: 25 de Mayo de 2015, 09:39:50 am »
La verdad es que sí me habéis dado una alegría. Lo estaba rebuscando por toda la letra pequeña...

Muchas gracias

Desconectado cipotegato

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #256 en: 25 de Mayo de 2015, 09:50:45 am »
De nuevo gracias Pedro, te debo un millón de cañas ;)

Desconectado Pedro G.

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #257 en: 25 de Mayo de 2015, 09:58:58 am »
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La verdad es que sí me habéis dado una alegría. Lo estaba rebuscando por toda la letra pequeña...

Muchas gracias

Sobre estos temas de preguntas de exámenes antiguos, recordaba que algo había comentado en el primer parcial y precisamente contigo, lo que pasa es que esta puñetera manía de los moderadores de sacar mensajes del hilo en el que están para crear nuevos hilos totalmente descontextualizados me saca de quicio. Quieren ayudar y lo único que hacen es desubicar la información y eliminarla de donde uno espera encontrarla.

No obstante, encontré aquel mensaje, aunque fuera de su sitio, que era éste No puedes ver los enlaces. Register or Login   :D :D

Y lo movieron a éste:

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Saludos y suerte a todos

Desconectado paz664

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #258 en: 25 de Mayo de 2015, 10:38:28 am »
Sí, recuerdo que me pasaste unos apuntes antiguos que me vinieron muy bien para localizar lo que no entraba en este año. ¡Pero eran del primer cuatrimestre! Bueno, al menos los que descargué. Ahora me entra la duda de si estaban todos y yo sólo bajé los que usé esa vez. Ahora miro de nuevo.

Mi problema es que a principio de curso, en todas las asignaturas, descargo los exámenes de la asignatura desde el inicio de los tiempos hasta hoy y, claro, hay preguntas muy muy viejas.

Esas en concreto las he ido arrastrando hasta hoy, pensando en que deberían estar en algún lugar escondido que se me había pasado. Pero, a falta de dos días para el examen, ya no me quedan lugares escondidos donde mirar. Por eso opté por preguntaros.

Muchas gracias por la ayuda.

Desconectado paz664

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #259 en: 26 de Mayo de 2015, 10:41:50 am »
¿Soy la única que tiene complejo de colador en esta asignatura? Leo y leo y no retengo nada, todo se me escapa.