Estimados compañeros,
Soy un alumno de la UNED que se encuentra en situación en gran parte similar a la del amigo Javier.
En septiembre pasado me examiné de las asignaturas Derecho Mercantil I y II sin tener idea de la existencia de incompatibilidades, con la mala suerte de aprobar la segunda y suspender la primera.
El consuelo de haber aprobado por lo menos una de ellas me duró poco tiempo ya que, aproximadamente, a los dos meses del aprobado (y de reflejarse como tal en mi expediente), me llegaba la notificación de que se procedía a excluir esa nota de mi expediente por la existencia de una incompatibilidad.
Lo primero que hice, lógicamente, fue comprobar la existencia de dicha incompatibilidad, que yo no conocía. La tarea no resultó ser tan sencilla, ya que en las páginas web del departamento de Derecho Mercantil no aparecía nada al respecto. Tampoco supieron darme respuesta en la delegación de la UNED de mi ciudad donde, y en mi presencia, realizaron la misma operación que yo, rastrear las páginas web de Derecho Mercantil. Una vista rápida a la guía del curso, en el apartado de Derecho Mercantil, tampoco arrojaba luz al asunto.
Inmediatamente me puse en contacto telefónico con dicho departamento donde, por fin, me indicaron donde podía consultar esa incompatibilidad, que se encuentra en las primeras páginas de la guía del curso (no en el apartado de Derecho Mercantil), guía que, por otra parte, no estoy obligado a tener. Por supuesto, de guardarme la nota ni pensarlo, además justificándose en que ellos no tenían nada que ver, sino que eran instrucciones que llegaban desde el negociado de alumnos. Cuando les nombré la palabra “recurso” (posibilidad indicada al pie del escrito donde se me notificaba la incompatibilidad) me hicieron expresa recomendación de no utilizar esa vía porque por ahí no iba a conseguir nada. Por cierto, la carta que me enviaron para comunicar la exclusión de la nota no era certificada, ni llevaba acuse de recibo, vamos, una carta normal y corriente que perfectamente pudo no haber llegado nunca.
Con las orejas agachadas y la tristeza por haber retrocedido en mis estudios, me resigné y fui haciendo a la idea de tener que volver a examinarme. Efectivamente, ahí estaba la incompatibilidad y se supone que yo debería haberlo sabido, aún las dificultades antes comentadas.
Al poco tiempo me entero de una información que yo desconocía, y es que dichas incompatibilidades no existían en el plan nuevo y en las mismas asignaturas, que a la vez se consideraban equivalentes y convalidables entre los dos planes. Mi pregunta en ese momento es por qué a unos sí y a otros no, siendo las mismas asignaturas.
Ante el trato de desigualdad descubierto, me pongo otra vez en contacto con el departamento, donde me vuelven a indicar que no hay nada que hacer (ni apelando a tratos desiguales, ni pidiéndolo por favor, a buenas, basándome en la eliminación de dichas incompatibilidades a unos alumnos en perjuicio de otros). Nada, cortan el asunto por lo sano, “que no y que no”. Otra vez resignación, y ahora si que fastidiado por ese trato desigual (le das mil vueltas a la cabeza, ¿por qué a unos si y a otros no, que les cuesta?).
La repera. El 28 de febrero me entero, por alumnos que lo hacen público en este foro, de que habiéndose presentado a las asignaturas de Derecho Mercantil en diciembre y habiendo aprobado sólo la segunda de ellas, pasan a estar aprobados ya que por un acuerdo del departamento tomado ese mismo día, se han eliminado las incompatibilidades (¿pero no me habían dicho que esto no era cosa del departamento sino del negociado?)
Imagínense mi alegría, pensando que incluso mis llamadas al departamento habrían tenido algo que ver. ¡Pero que lejos de la realidad!, al ir matizándose la buena noticia descubro que….. ¡sólo se aplica a partir de diciembre!
Por supuesto, te niegas a creer que eso pueda ser así. Ahora ya no es desigualdad, es trato discriminatorio, vejatorio. No puede ser, ha tenido que haber algún error.
Vuelvo a llamar al departamento. Efectivamente, me confirman lo peor, sólo se aplica a partir de diciembre. La persona que me atiende no sabe más y no puede ayudarme.
Me pongo en contacto por escrito (vía e-mail) con el departamento de Derecho Mercantil. Necesito una explicación, necesito saber qué está pasando.
Recibo respuesta de “altos cargos” del departamento de Derecho Mercantil. La respuesta es la siguiente: en la convocatoria de diciembre comienza una situación excepcional, ya que empieza el cómputo de convocatorias (seis) para que la asignatura se extinga. También apuntan que la medida tomada (eliminar incompatibilidades) no puede ser aplicada con carácter retroactivo, ya que entonces si que se producirían situaciones injustas (entiendo que si la decisión se toma el 28 de febrero, y se aplica a diciembre, lo están haciendo con carácter retroactivo).
Recabo información y pruebas de que están equivocados, de que en diciembre no comienza ninguna situación excepcional, una de ellas en la propia guía del curso (Guía del Curso de Derecho, Plan Antiguo, 2006/2007. Página 19, apartado C). La “situación excepcional” de la que hablan, por tanto, ha comenzado en el presente curso y la convocatoria de diciembre pertenece al anterior, concretamente el cómputo de convocatorias hasta la extinción se inicia en la próxima prueba de junio (y no en la de diciembre pasado, ya que esa convocatoria pertenece al año anterior, repito). Contesto al escrito del “alto cargo” alegando lo anterior. Pasan los días y no recibo contestación.
Mientras tanto tengo conocimiento de que otros alumnos están llevando a cabo protestas en esa misma línea, alegando que diciembre pertenece al curso 2005/2006 y por tanto deberían aprobar a todos los alumnos que durante ese año se encontraran en la misma situación (tener aprobado solo el segundo de los mercantiles). En ningún momento he tenido contacto directo con estos alumnos para ejercer una acción conjunta de queja, sino que me entero “de rebote” de que hay protestas similares a la mía. Reciben la misma contestación que yo: diciembre pertenece al curso 2006/2007 y punto.