;

Autor Tema: Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)  (Leído 48514 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado laurafm

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1617
  • Registro: 04/11/13
  • LO MEJOR ESTA POR LLEGAR
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #280 en: 01 de Febrero de 2016, 22:06:11 pm »
Efectivamente acaban de colgar las soluciones a grandes rasgos los artículos que pusimos  ;)


Desconectado xexitana

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 718
  • Registro: 01/12/07
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #281 en: 01 de Febrero de 2016, 22:33:56 pm »
donde las han colgado, soy de la licenciatura y no tengo acceso a los cursos virtuales, si alguien fuese tan amable de colgarlas aquí o enviármelas a mi correo, pilarwises@hotmail.com

gracias y suerte  ;)

Desconectado trasgo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 690
  • Registro: 16/01/11
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #282 en: 02 de Febrero de 2016, 11:07:29 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Efectivamente acaban de colgar las soluciones a grandes rasgos los artículos que pusimos  ;)

Donde se pueden ver.... tambien soy de licenciatura.
Fran.

Desconectado Niobyta

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 1267
  • Registro: 27/09/05
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #283 en: 02 de Febrero de 2016, 11:10:34 am »
trasgo, dame tu mail y te lo envío.
xexitana, ahora va.
¡Licenciada!

Desconectado trasgo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 690
  • Registro: 16/01/11
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #284 en: 02 de Febrero de 2016, 11:52:24 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
trasgo, dame tu mail y te lo envío.
xexitana, ahora va.

Muchas Gracias.
Fran.

Desconectado catitra

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 182
  • Registro: 10/02/10
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #285 en: 02 de Febrero de 2016, 13:43:02 pm »
ufff, me haríais un favor si me lo enviárais, gracias, también soy de licenciatura
catitra@hotmail.com

Desconectado Emilio Florentino

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 167
  • Registro: 30/01/09
  • Nunca es tarde si la dicha es buena
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #286 en: 02 de Febrero de 2016, 13:59:50 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
trasgo, dame tu mail y te lo envío.
xexitana, ahora va.
Niobyta te importaría mandarmelo a mí también.
xoselamas@gmail.com

Desconectado Niobyta

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 1267
  • Registro: 27/09/05
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #287 en: 02 de Febrero de 2016, 19:38:47 pm »
Mañana cuando este en el ordenador os lo envío.
¡Licenciada!

Desconectado trasgo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 690
  • Registro: 16/01/11
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #288 en: 03 de Febrero de 2016, 09:12:13 am »
Hola, estaba mirando las soluciones al examen de la primera semana, y en la pregunta 4 " Ay B forman un pareja de hechoo y conviven con dos hijos comunes menores de edad. ¿Pueden tributar conjuntamente en el IRPF A y uno de sus hijos?"  la respuesta que se da es No, ya que a tenor del art. 82.1 forman unidad familiar a los efectos de tributacion conjunta  " el padre o la madre y todos los hijos que vonvifan con uno u otro  y...."
por lo que (remarcando el todo)  podría tributar uno de los padre junto con los dos hijos comunes y el otro individualmente.

El año 2013 preguntaron algo parecido que me llevo a pensar otra coas.

"A y B, pareja de hecho, conviven con un hijo de A y un hijo de B. Ambos hijos son menores de edad. Precise el régimen tributario en el IRPF de estos hechos. [Febrero 2013]
De acuerdo con el artículo 82.1 LIRPF, en los casos en que no existe un vínculo matrimonial, pueden tributar conjuntamente las personas que formen parte de la unidad familiar integrada por el padre o la madre y todos los hijos menores de edad que convivan con uno u otro. Las parejas de hecho, pero sin vínculo matrimonial, no configuran unidad familiar a los efectos de la tributación conjunta en el IRPF. A esos efectos sólo un miembro de la pareja podrá formar unidad familiar con sus hijos. En el caso planteado, por lo tanto, podrán tributar conjuntamente A y su hijo, por un lado, y B y su hijo, por otro."

En esta ocasión la respuesta es totalmente diferente pese a usar el mismo precepto, ya que los hijos no son comunes.

En un principio pensaba que preguntaban lo mismo y me vi perdido, hay que leer bien el enunciado.

Suerte.

Fran.

Desconectado Angelo_

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 226
  • Registro: 08/12/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #289 en: 03 de Febrero de 2016, 09:16:09 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola, estaba mirando las soluciones al examen de la primera semana, y en la pregunta 4 " Ay B forman un pareja de hechoo y conviven con dos hijos comunes menores de edad. ¿Pueden tributar conjuntamente en el IRPF A y uno de sus hijos?"  la respuesta que se da es No, ya que a tenor del art. 82.1 forman unidad familiar a los efectos de tributacion conjunta  " el padre o la madre y todos los hijos que vonvifan con uno u otro  y...."
por lo que (remarcando el todo)  podría tributar uno de los padre junto con los dos hijos comunes y el otro individualmente.

La respuesta me parece correcta, pero viendo las soluciones que puso el departamento en la web, ante un caso casi identico y aplicando el mismo artículo da una solución totalmente diferente.

"A y B, pareja de hecho, conviven con un hijo de A y un hijo de B. Ambos hijos son menores de edad. Precise el régimen tributario en el IRPF de estos hechos. [Febrero 2013]
De acuerdo con el artículo 82.1 LIRPF, en los casos en que no existe un vínculo matrimonial, pueden tributar conjuntamente las personas que formen parte de la unidad familiar integrada por el padre o la madre y todos los hijos menores de edad que convivan con uno u otro. Las parejas de hecho, pero sin vínculo matrimonial, no configuran unidad familiar a los efectos de la tributación conjunta en el IRPF. A esos efectos sólo un miembro de la pareja podrá formar unidad familiar con sus hijos. En el caso planteado, por lo tanto, podrán tributar conjuntamente A y su hijo, por un lado, y B y su hijo, por otro."

En esta ocasión la respuesta es totalmente diferente pese a usar el mismo precepto.

Si bien me parece mas lógica la segunda respuesta, en precepo dice "todos" por lo que creo que sería más acertada la segunda.

De todas formas , y visto que el dapartamento ha dado las dos soluciones, imagino que darán las dos respuestas por buenas, pero aquellos que se la den por mala en base a la primera solución tienen donde cogerse para reclamar.

Os invito a dar vuestra opinión sobre la respuesta mas adecuada.

Suerte.

Son casos diferentes. En el primero se trata de hijos comunes y en el segundo uno es común y el otro no...

Saludos

Desconectado trasgo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 690
  • Registro: 16/01/11
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #290 en: 03 de Febrero de 2016, 09:18:45 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Son casos diferentes. En el primero se trata de hijos comunes y en el segundo uno es común y el otro no...

Saludos

Me di cuenta nada mas públicarlo, muchas gracias, rectifiqué el post... muchas gracias.
Fran.

Desconectado joselugobi13

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1049
  • Registro: 20/10/14
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #291 en: 03 de Febrero de 2016, 09:20:57 am »
Hola trasgo es que son dos casos distintos.
1. En el examen de este año A y B tienen dos hijos comunes. La unidad familiar la forman todos los miembros de la familia pero al no ser la pareja de hecho unidad familiar, debe uno de los padres tributar con los 2 hijos comunes, ya sea A o B el queblo haga, pero no puede tribitar solo con uno de los hijos.

2. En el segundo supuesto, A es madre de  F y B padre de H, por lo cual aqui la unifad familiar, al ser pareja de hecho, la forman A con su hij@ F por un lado y B con su hij@ H.

Espero haberte ayudado
"quotquotDraco dormiens nunquam titillandus"quotquot

Desconectado trasgo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 690
  • Registro: 16/01/11
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #292 en: 03 de Febrero de 2016, 09:56:03 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola trasgo es que son dos casos distintos.
1. En el examen de este año A y B tienen dos hijos comunes. La unidad familiar la forman todos los miembros de la familia pero al no ser la pareja de hecho unidad familiar, debe uno de los padres tributar con los 2 hijos comunes, ya sea A o B el queblo haga, pero no puede tribitar solo con uno de los hijos.

2. En el segundo supuesto, A es madre de  F y B padre de H, por lo cual aqui la unifad familiar, al ser pareja de hecho, la forman A con su hij@ F por un lado y B con su hij@ H.

Espero haberte ayudado

Si gracias, cuando mire la pregunta no me di cuenta que era un hijo de cada uno, pense que era comunes. Lo dicho hay que leer mas despcacio y más atento.
Por cierto en la respuesta, creo que si hablamos del mínimo personal y familiar (por descendiente) creo que bordamos pregunta.
Fran.

Desconectado joselugobi13

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1049
  • Registro: 20/10/14
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #293 en: 03 de Febrero de 2016, 10:04:57 am »
Exacto. Yo en el examen puse que aunque A deberia tributar con los 2 hijos, el minimo por descendiente iba a prorrata entre los 2 padres!! (Art.61)
"quotquotDraco dormiens nunquam titillandus"quotquot

Desconectado Niobyta

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 1267
  • Registro: 27/09/05
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #294 en: 03 de Febrero de 2016, 10:26:40 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
ufff, me haríais un favor si me lo enviárais, gracias, también soy de licenciatura
catitra@hotmail.com

No puedes ver los enlaces. Register or Login
Niobyta te importaría mandarmelo a mí también.
xoselamas@gmail.com

Ya lo tenéis.
¡Licenciada!

Desconectado trasgo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 690
  • Registro: 16/01/11
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #295 en: 04 de Febrero de 2016, 10:24:30 am »
Mirando examenes de otros años me he encontrado con la siguiente cuestión.

"UNA PERSONA TRABAJA PARA UNA COMPAÑIA DE SEGUROS. HA RECIBIDO DE ESTA COMPAÑIA UNAS CANTIDADES PARA LA ASISTENCIA A UN CURSO DE FORMACION EN EL EXTRANJERO QUE HA DURADO TRES MESES."¿QUE TRASCENDENCIA TIENEN ESTOS DATOS EN EL IRPF?"


Yo entiendo que en primer lugar lo que perciba de la relación laboral se enteinde como "rendimientos  del trabajo" art.17.a, ... pero tambien podria ser autonoma (corredor de seguros) por lo que seria "rendimiento de actividades economicas"

 En segundo lugar , y en el supuesto que tenga una relacin laboral (empleada ) entiendo que las cantidades recibidas para la asistencia al curso las consideraria dietas y por lo tanto tambien "rendimientos del trabjo" art17.d.
Ahora bien, tambien podria parecer que es una retribución en especie, pero si el dinero se lo dan para pagar el curso,  y a tenor del art.42.1 "in fine"  no podrá tener esa consideracion, por lo que seria una retribución dineraria. (volvemos al 17.d). Pero la parte de esa cantidad que este deninada a locomoción, manutención y estancia (arti 17.b) asi com las Reglamentariamente establecidas por el art 9 (RIRPF) podran ser exceptuadas de gravamen siempre que ese curso (como se presupone) forme parte del trabajo de la compañia.

En definitiva, creo hay que presuponer mucho pero  que esa seria la solución al problema.... ¿Qué opinais?
Fran.

Desconectado JuanXVIII

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 425
  • Registro: 03/07/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #296 en: 04 de Febrero de 2016, 11:07:46 am »
Yo creo que hay tener en cuenta también el artículo 42.2.a:
"No tendrán la consideración de rendimientos del trabajo en especie:
a) Las cantidades destinadas a la actualización, capacitación, o reciclaje del personal empleado, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características de los puestos de trabajo".

En caso de ser un curso relacionado con su trabajo entiendo que no tendría repercusión en el irpf.

Lo del autónomo no lo veo claro, del enunciado parece entenderse que se trata de un empleado, aunque supongo que no está de más mencionarlo.

Saludos.
El ignorante afirma, el sabio duda y reflexiona.

Desconectado trasgo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 690
  • Registro: 16/01/11
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #297 en: 04 de Febrero de 2016, 11:22:28 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Yo creo que hay tener en cuenta también el artículo 42.2.a:
"No tendrán la consideración de rendimientos del trabajo en especie:
a) Las cantidades destinadas a la actualización, capacitación, o reciclaje del personal empleado, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características de los puestos de trabajo".

En caso de ser un curso relacionado con su trabajo entiendo que no tendría repercusión en el irpf.

Lo del autónomo no lo veo claro, del enunciado parece entenderse que se trata de un empleado, aunque supongo que no está de más mencionarlo.

Saludos.

Si que mire el at.42.2.a , pero creo que para aplicarlo habría que suponer que el curso lo ha pagado el empleador, y habría que suponer que el curso  es de actualización , reciclaje ....y el enunciado dice que "ha recibido unas cantidades para la asistencia de un curso ", quizas lo haya pagado la compañia pero esa parte no se meciona, si bien se puede argumentar.

Pero tienes razón, cuanto mas datos demos mejor. Hay que ver lo que dan de si dos lineas.
Fran.

Desconectado trasgo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 690
  • Registro: 16/01/11
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #298 en: 04 de Febrero de 2016, 21:29:06 pm »
Que enrevesado puede ser el Impuesto de Sociedades  >:( >:( >:( >:( >:( >:( ... esperemos que no la lien mucho.
Fran.

Desconectado laurafm

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1617
  • Registro: 04/11/13
  • LO MEJOR ESTA POR LLEGAR
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #299 en: 04 de Febrero de 2016, 21:38:02 pm »
Para mí lo peor con diferencia el impuesto sobre sucesiones y donaciones cuatro casos y vaya coñazos