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Autor Tema: Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)  (Leído 57448 veces)

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Desconectado svintus

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #300 en: 24 de Enero de 2017, 17:52:59 pm »
Las SSTS 104/2012, de 23 de febrero y 236/2012, de 22 de marzo, observan que aún cuando el delito de apropiación indebida coincide con el de estafa en el resultado, o sea, en que hay un enriquecimiento a costa del perjuicio de un patrimonio ajeno, sin embargo hay entre ambos una diferencia sustancial respecto al dolo especifico de los mismos, pues mientras en la estafa, consiste en el empleo de maquinaciones engañosas para sorprender la buena fe y la credibilidad del sujeto pasivo, en la apropiación indebida no es el engaño, sino el abuso de confianza que aquél depositó en el autor del delito.

El delito de apropiación indebida no requiere del engaño como elemento relevante e impulsor de la conducta delictiva, sino que la intención lucrativa surge después de tener el sujeto activo del delito la cosa en su poder que en su día le entregó sin engaño la otra parte, esto es el propietario confía la posesión al apropiamiento por su libre voluntad y consentimiento no viciado, o sea legítimamente, aunque después de recibirla el receptor quebrante la relación de confianza y el convenio establecido entre ambos por actos ilícitos unilaterales de propia autoridad, convirtiendo antijurídicamente tal posesión en propio y autónomo dominio o disponiendo de la misma como dueño para un destino distinto del pactado en provecho propio, o de otras personas, por lo que el engaño no puede reputarse como elemento constitutivo de este delito. Contrariamente en la estafa, el engaño resulta indispensable para configurar el tipo penal, ya que es el que provoca dolosamente el desplazamiento de la cosa, motivando por error la voluntad y actuación de la víctima que la entrega voluntariamente pero a causa de dicho engaño

Esta es la jurisprudencia del TS al respecto...
Entiendo que todas las respuestas del caso práctico son B,


Desconectado taliesin

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #301 en: 24 de Enero de 2017, 18:08:34 pm »
Hago algunas reflexiones en alto. ¿Debemos entender que las preguntas referentes al supuesto practico deben contestarse atendiendo al supuesto de forma global? Es decir podemos contestar en una pregunta que estamos ante un delito de estafa y en otra pregunta que estamos ante apropiación indebida?
Mi humilde opinión es que estamos ante una apropiación indebida

Desconectado medved

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #302 en: 24 de Enero de 2017, 18:33:15 pm »
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Hago algunas reflexiones en alto. ¿Debemos entender que las preguntas referentes al supuesto practico deben contestarse atendiendo al supuesto de forma global? Es decir podemos contestar en una pregunta que estamos ante un delito de estafa y en otra pregunta que estamos ante apropiación indebida?
Mi humilde opinión es que estamos ante una apropiación indebida

lo que dices no tiene ningún sentido, lo de forma global, si es tipo test, pues es imposible, va todo a un lector óptico con sus soluciones de test. Este curso es el primero en que el supuesto práctico es tipo test, el curso pasado fue de desarrollo tras la parte tipo test...y ya veis, no hay forma de ponerse de acuerdo. Yo voy a septiembre. saludos y mucha suerte. Y por cierto, ya sé por qué han puesto nombres por primera vez a los exámenes, entre penal I y penal II "lluvia", café", "estufa"....es un mensaje subliminal..."qué calentito estoy en casa tomando un café mientras llueve y estos hacen el examen"

Desconectado svintus

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #303 en: 24 de Enero de 2017, 18:53:11 pm »
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Porque es especial del tipo básico, además que el resto no casan.

Precisamente si cumple con uno y no con los otros, no hay estafa, hay apropiación indebida en este caso ya que, como dice la jurisprudencia  del TS, "El delito de apropiación indebida no requiere del engaño como elemento relevante e impulsor de la conducta delictiva, sino que la intención lucrativa surge después de tener el sujeto activo del delito la cosa en su poder" es decir que debemos entender que su intención no es engañar (estafar) en un principio ya que cumple parte de los compromisos... pero no con todos y se apropia.

De todas formas, manda huevos que el Sr. catedrático no tenga otro supuesto que ponernos que uno que incluso el tribunal de la AP ha fallado en la calificación.... eso lo dice todo

Desconectado svintus

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #304 en: 24 de Enero de 2017, 18:57:38 pm »
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Hago algunas reflexiones en alto. ¿Debemos entender que las preguntas referentes al supuesto practico deben contestarse atendiendo al supuesto de forma global? Es decir podemos contestar en una pregunta que estamos ante un delito de estafa y en otra pregunta que estamos ante apropiación indebida?
Mi humilde opinión es que estamos ante una apropiación indebida

Si hubiera que ver el caso de forma globalizada, como si fuera un único supuesto, sería imposible contestar las preguntas ya que va haciendo diferentes "pero si"... si Mariano, excediéndose... si Mariano niega... si Mariano solo cumple... Me sale el Mariano...

Por cierto, también soy del sur del sur y no se me ocurriría dirigirme al Juez en un juicio como pishaaaa!!! y contestarle cuando me llame la atención andalufobia...

Desconectado MamenitaAA

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #305 en: 25 de Enero de 2017, 11:51:59 am »
Mucha suerte a los que ya habéis ido yo voy para la 2...creía que el caso iba a ser más fácil de resolución al ser test y tal,pero veo que no...que tiene su cosa aunque ya al menos no tienes que tenerlo bien si o si para aprobar que ya es un paso... lo dicho,suerte  ;)

Desconectado josicarlos

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #306 en: 25 de Enero de 2017, 12:10:52 pm »
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Las SSTS 104/2012, de 23 de febrero y 236/2012, de 22 de marzo, observan que aún cuando el delito de apropiación indebida coincide con el de estafa en el resultado, o sea, en que hay un enriquecimiento a costa del perjuicio de un patrimonio ajeno, sin embargo hay entre ambos una diferencia sustancial respecto al dolo especifico de los mismos, pues mientras en la estafa, consiste en el empleo de maquinaciones engañosas para sorprender la buena fe y la credibilidad del sujeto pasivo, en la apropiación indebida no es el engaño, sino el abuso de confianza que aquél depositó en el autor del delito.

El delito de apropiación indebida no requiere del engaño como elemento relevante e impulsor de la conducta delictiva, sino que la intención lucrativa surge después de tener el sujeto activo del delito la cosa en su poder que en su día le entregó sin engaño la otra parte, esto es el propietario confía la posesión al apropiamiento por su libre voluntad y consentimiento no viciado, o sea legítimamente, aunque después de recibirla el receptor quebrante la relación de confianza y el convenio establecido entre ambos por actos ilícitos unilaterales de propia autoridad, convirtiendo antijurídicamente tal posesión en propio y autónomo dominio o disponiendo de la misma como dueño para un destino distinto del pactado en provecho propio, o de otras personas, por lo que el engaño no puede reputarse como elemento constitutivo de este delito. Contrariamente en la estafa, el engaño resulta indispensable para configurar el tipo penal, ya que es el que provoca dolosamente el desplazamiento de la cosa, motivando por error la voluntad y actuación de la víctima que la entrega voluntariamente pero a causa de dicho engaño

Esta es la jurisprudencia del TS al respecto...
Entiendo que todas las respuestas del caso práctico son B,

Si son todas B quedaría así??? Otra de las muchas opciones que llevamos.

Si Marino solo cumple el contrato con Olga apropiándose del resto de las cantidades depositadas por los otros afectados, comete un delito de:

a) Estafa continuada.
b) Apropiación indebida.
c) Administración desleal.
d) Robo.

Si Roque, Bibiana, Sofía y Olga, conociendo los antecedentes de Marino, le entrega el dinero teniendo la plena conciencia de que este no se lo va a devolver nunca. ¿Qué delito comete Marino?:

a) Estafa.
b) Apropiación indebida.
c) Malversación.
d) Ninguno de los anteriores.

Si Marina niega haber recibido las cantidades prestadas por Roque, Bibiana, Sofía, y Olga, comete un delito de:

a) Robo.
b) Apropiación indebida.
c) Administración desleal.
d) Hurto.

¿Qué delito o delitos se han consumado?:

a) Estafa.
b) Estafa continuada.
c) Apropiación indebida.
d) Administración desleal.

Si Marino, excediéndose en sus funciones, invierte las cantidades entregadas en otras inversiones financieras diferentes a las prometidas y pierde parte del patrimonio entregado
por Roque, Bibiana y Olga, comete un delito de:

a) Apropiación indebida.
b) Administración desleal.
c) Estafa.
d) Su actividad es atípica

Desconectado josicarlos

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #307 en: 25 de Enero de 2017, 12:20:18 pm »
Pongo nuevamente el resumen tipo B, lluvia, sin conclusiones definitivas del caso práctico

Recopilación respuestas TIPO B Cotejadas

1 A
2 B
3 A
4 C
5 D
6 C
7 D
8 A
9 A
10 B
11 A
12 A
13 D
14 B
15 D
16 B
17 B
18 A
19 C
20 A
21 A o B
22 B o D
23 B
24 A o B
25 B
26 C
27 C

Seguimos sin conclusiones en el caso práctico. Al menos entre todos estamos aprendiendo a base de bien. Se agradece la participación de tantos compañeros. Sois los mejores

Desconectado josicarlos

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #308 en: 25 de Enero de 2017, 17:16:13 pm »
Se está yendo esto de las manos, las faltas sobran. Recalco que todos somos compañeros en busca de un mismo objetivo, aprender, aprobar y graduarnos. Daos cuenta que por aquí lo único que podemos hacer es procurar mantener un debate moderado de las dudas que tenemos. Lógicamente al final de todas nuestras alusiones, habrá quien tenga razón y quién no, pero esa sentencia nos la dará a todos el departamento que es el que tiene la potestad de calificarnos. En fin, yo reitero mi agradecimiento a todos los compañeros que exponen sus dudas y fundamentos, entre los que me incluyo. Todos los comentarios son válidos hasta que sepamos las soluciones definitivas y ojalá que el número de aprobados sea lo más alto posible. Mantengamos el orden y el respeto que se merecen todos y cada uno de los compañeros. Demos ejemplo de la calidad que tiene este foro, ya que nos aporta una ayuda inconmensurable a todos los que participamos en él. Saludos

Desconectado Segur

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #309 en: 25 de Enero de 2017, 19:35:16 pm »
Que no, no dependo de esa pregunta para aprobar siempre que las demas no nos las cambien.

A mi todo esto me divierte, hacia tiempo que no me metia en el foro, aunque añoro la calidad de los mensajes, por desgracia se ha perdido... antes nos deciamos de todo con mas respeto y educacion.

Y si.. Siempre nos quedara septiembre... No hay duda  ;)

Desconectado IKASBI

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #310 en: 25 de Enero de 2017, 20:00:02 pm »
¿A qué pregunta te refieres segur?
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Desconectado taliesin

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #311 en: 25 de Enero de 2017, 20:01:21 pm »
Vamos a ver. Si ponemos en todo apropiación indebida, ¿porque en la pregunta acerca de qué delitos se han cometido contestamos estafa continuada? Ya no entiendo nada

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #312 en: 25 de Enero de 2017, 20:03:22 pm »
es que no veo toda la conversación... es como si faltara una página
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Desconectado IKASBI

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #313 en: 25 de Enero de 2017, 20:36:02 pm »
De todas formas me ha parecido leer que alguien ha comentado que no existe el delito continuado! es una barbaridad. el delito continuado claro que existe! esta muy claro...
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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #314 en: 25 de Enero de 2017, 21:18:59 pm »
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De todas formas me ha parecido leer que alguien ha comentado que no existe el delito continuado! es una barbaridad. el delito continuado claro que existe! esta muy claro...

Quien dijo eso no dijo que no existiera el delito continuado. Lo que vino a decir es que el tipo es Estafa como es homicidio o asesinato. El grado de consumación no forma parte del tipo. Así si te piden el delito defendía que sería homicidio o estafa pero no homicido frustrado o estafa continuada.
Como argumento lo veo válido pero yo me he ido por la estafa continuada.

Desconectado IKASBI

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #315 en: 25 de Enero de 2017, 21:23:24 pm »
No es eso compañero. Aqui faltan mensajes. Parece que se han ido los malos y ahora podemos hablar con tranquilidad.
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Desconectado IKASBI

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #316 en: 25 de Enero de 2017, 21:35:44 pm »
Este foro ha llegado a tener 18 páginas ahora sólo tiene 16. Por si no os habéis dado cuenta ha sido borrados varios mensajes. Mensajes enviados por personas frustradas e intolerantes que incapaces de entender conversaciones sencillas se han decantado por insultar a alguno de nosotros. Afortunadamente los moderadores han borrado sus mensajes injuriosos, algunos rozando el delito, con amenazas de cortar manos y lengua y otros insultos e  improperios a compañeros de este foro. Lo hacen amparados en el anonimato, escondidos tras un nik, para dar salida a su impotencia e ignorancia, ya que algunos no son capaces de entender lo que leen y tienen que recurrir a recortes de periódico y conversaciones tabernarias con jueces y empleados de juzgados que posiblemente les den la razón por su propio aburrimiento. Afortunadamente estamos estudiando una carrera en la tenemos que ser capaces de diferenciar lo importante de lo anecdótico, independientemente de la solución que los equipos docentes den por buena, no es la primetora vez que se recurre una pregunta y se gana.
En fin compañeros, los cobardes ahora no están, pero volverán, no lo dudéis, amparados por la impunidad que les da el anonimato de las redes sociales, como ésta plataforma, que tantos buenos momentos nos da a algunos.
El moderador ha borrado sus mensajes, pero espero que haya tomado buena cuenta de su IP y los eche definitivamente. NO A LOS INSULTOS DE LOS MATONES! NO A LAS AMENAZAS! FUERA ABUSONES DEL FORO. RESISTIR, COMPAÑEROS!
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Desconectado marcosavm

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #317 en: 26 de Enero de 2017, 12:09:22 pm »
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Pongo nuevamente el resumen tipo B, lluvia, sin conclusiones definitivas del caso práctico

Recopilación respuestas TIPO B Cotejadas

1 A
2 B
3 A
4 C
5 D
6 C
7 D
8 A
9 A
10 B
11 A
12 A
13 D
14 B
15 D
16 B
17 B
18 A
19 C
20 A
21 A o B
22 B o D
23 B
24 A o B
25 B
26 C
27 C

Seguimos sin conclusiones en el caso práctico. Al menos entre todos estamos aprendiendo a base de bien. Se agradece la participación de tantos compañeros. Sois los mejores

Buenos días, reivindico también las buenas formas  ::)
Coincido con todas las respuestas (de la 1 a la 20, las otras 5 tendrán su explicación.. que, lamentablemente no conozco :)
Pero.... hay una que tengo mis dudas ... es la 16 cuya respuesta correcta dices que es la B.
Efectivamente, pienso que la A no puede ser por dos motivos. 1º Porque en el título
“CAPÍTULO II
De la suposición de parto y de la alteración de la paternidad, estado o condición del menor”

se reflejan más de un delito (cada capítulo no es siempre un sólo delito) ...por ejemplo:
“CAPÍTULO IV
De los delitos de exhibicionismo y provocación sexual”

por lo tanto "Suposición de parto" es un delito y "alteración de paternidad" sería otro delito.
En el enunciado no supone ningún parto, pues entiendo que la respuesta nunca puede ser la A.
El otro motivo es porque el delito de ocultación debe ir acompañado con la intención de alterar o modificar la filiación. Y en el enunciado no dice nada de esto.
Por lo tanto, la conducta es atípica. La B.
Pero, del enunciado, que dice, "para que nadie lo conozca" se desprende que engloba también al padre biológico.
Y mi pregunta es: si fuera así, ¿tendría la madre responsabilidades extracontractuales por esa ocultación a su verdadero padre?
Si fuera así sería un ilícito civil....




Desconectado svintus

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #318 en: 26 de Enero de 2017, 13:24:00 pm »
Yo en esa pregunta dudé bastante aunque me decante por que es atípica... no se me planteo la duda del padre pero si se me planteo la del Registro cuando dice para que nadie lo conozca... llega con esa ocultación tambien al Registro?

en fin... no creo que sean tan retorcidos

Desconectado marcosavm

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Re:Hilo Oficial Penal II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #319 en: 26 de Enero de 2017, 13:36:15 pm »
La patria potestad se ejerce siempre en beneficio de los hijos. La madre lesiona los intereses de su hijo.  .... Insisto, ¿podría ser civilmente reprochable? Si fuera así.. dos de las respuestas serían correctas. Por lo tanto la pregunta nula.
Yo también le di muchas vueltas; entendí que no se adaptaba al tipo puesto que no había perjuicios de terceros.. ¿o si hay por el simple hecho de ocultárselo al padre? ...