Buenas noches chicos,
Voy a plantear una duda, que quizas sea un poco off-topic, pero puede resultar interesante para los que estamos con Civil IV y las sucesiones.
Un compañero de trabajo me ha trasladado la siguiente situacion por la que ha pasado, intentare resumirla lo maximo posible para no alargarme mas de lo necesario:
Su madre le realizo una donación patrimonial ante notario hace unos años. El hermano de mi compañero, al enterarse, habló con su madre para que solicitará la revocación de la donación. Trás la negativa de mi compañero, su madre cedió a la pretensión de su hermano e interpusieron una demanda civil contra mi compañero solicitando la revocacion de la donación. Tras juicio y posterior recurso de apelacion ante la audiencia provincial, este falló a favor de la madre, revocandose la donación.
Ahora bien, la duda es la siguiente: ¿Es esta demanda causa suficiente para que desherede a su hijo, privandole de la legitima?
El sentido común diria que si, pero atendiendo a las causas de desheredacion que marca el manual (853, 854, 855 y 756) no lo veo claro. ¿Que opinais?