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Autor Tema: EXAMEN DERECHO CIVIL I 22ENE17  (Leído 2302 veces)

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Desconectado biriato

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EXAMEN DERECHO CIVIL I 22ENE17
« en: 22 de Enero de 2018, 23:36:00 pm »
1. Efectos de carácter patrimonial en el fallecimiento (cap 13 del libro).
2. la doctrina de los propios actos (cap 7 del libro) .
3. falsus procuratur (tema 26 del libro)

Caso práctico. relativo al documento 3 del libro.  no es una de las preguntas del mismo. 
- un mes después del acto recogido en el documento, los padres de Chechenio se arrepienten y quieren que vuelva a estar sometido a su patria potestad.  ¿es posible?, ¿de qué modo?
La otra pregunta era relativa a si era posible revocar la patria potestad si no se hubiese inscrito en el registro civil.


Desconectado Charly1987

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Re:EXAMEN DERECHO CIVIL I 22ENE17
« Respuesta #1 en: 23 de Enero de 2018, 00:23:36 am »
yo tengo dudas en lo que respecta a la práctica, lo de que sino se inscribe en el registro civil, he puesto que sí que se podría revocar ya que es requisito indispensable pero tengo mis dudas. ¿Alguien me lo puede aclarar?

Desconectado vergara

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Re:EXAMEN DERECHO CIVIL I 22ENE17
« Respuesta #2 en: 23 de Enero de 2018, 10:41:34 am »
Hola buenas, yo en esa pregunta del practicum puse que no se puede revocar ni aun no inscrito en el RC, ya que el RC es para que pueda tener efectos contra terceros, mero carácter de publicidad... y puse el artículo 318 CC

Artículo 318

La concesión de emancipación habrá de inscribirse en el Registro Civil, no produciendo entre tanto efectos contra terceros.

Concedida la emancipación no podrá ser revocada.


No se si estará bien, porque no se como puntúan en la uned. ¿Cuánto tardan más o menos en dar las notas?

Desconectado TheLincolnLawyer

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Re:EXAMEN DERECHO CIVIL I 22ENE17
« Respuesta #3 en: 23 de Enero de 2018, 12:08:52 pm »
Leyendo el artículo 318 la respuesta al caso práctico parece evidente.
En la edición del libro que tengo,que tiene cinco o seis años,hace referencia a los artículos 316,317,319 y 320,por citar los más próximos;pero no hay referencia al 318 en concreto.
Leo casi todos los artículos del CC que comprenden las lecciones y memorizo algunos,pero a los que no se hace referencia expresa  se me puede pasar mirarlos.
No he hecho bien el caso práctico,ya que no había mirado ese artículo;no sé cuánto penalizará tal error.Lo que sí sé es que ya no se me va a olvidar el art 318 CC.



Desconectado vergara

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Re:EXAMEN DERECHO CIVIL I 22ENE17
« Respuesta #4 en: 23 de Enero de 2018, 12:56:49 pm »
Lo mio fue por pura chorra, ya que no tenía los casos prácticos dos días antes, pero gracias a un compañero que los publico en el foro pude echarle un vistazo y suerte que aparecía ese artículo.

Pero totalmente de acuerdo contigo, si no me hubiera mirado eso, ni por los apuntes ni por el libro viene nada de ese artículo. Van a pillar muchas veces  :(

Esperemos que sean benevolentes. 

Desconectado bmp

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Re:EXAMEN DERECHO CIVIL I 22ENE17
« Respuesta #5 en: 23 de Enero de 2018, 13:42:14 pm »
Si os sirve de algo, no son duros corrigiendo
I'#039#039ll see you on the dark side of the moon

Desconectado pitu25

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Re:EXAMEN DERECHO CIVIL I 22ENE17
« Respuesta #6 en: 24 de Enero de 2018, 18:40:14 pm »
Para mí es la misma duda en el caso práctico. En la primera pregunta hice referencia al art.318     Pero con la segunda me lié y puse que si podría revocarla al no inscribirla en el Registro civil, y una vez en casa leí en el documento que la escritura  es obligatoria inscribirla ante el registro civil . Espero que me puntúen algo :'( . Suerte a todos chicos!

Desconectado pitu25

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Re:EXAMEN DERECHO CIVIL I 22ENE17
« Respuesta #7 en: 24 de Enero de 2018, 18:43:20 pm »
Por cierto,alguien sabe cuánto tiempo suelen tardar en dar la nota?