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Autor Tema: Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)  (Leído 15959 veces)

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Desconectado OsAaK

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #80 en: 13 de Enero de 2019, 20:26:38 pm »
están cambiadas
1 .- Imagine que tras el accidente Sergio se da a la fuga...
2. Imagine que los hechos hubieran sucedido en julio de 2007
3. Imagine que Sergio se da a la fuga y consigue escapar del país huy



Desconectado pepaschez

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #81 en: 13 de Enero de 2019, 20:27:31 pm »
están cambiadas las preguntas
1.Imagine que uno de los peatones contra los que impacta el contenedor sale despedido y golpea, a su vez, contra otro de los clientes que salen de la discoteca causándole unas lesiones graves ¿Respondería el peatón por las lesiones ocasionadas?



No, puesto que no hay relación de causalidad, ni tampoco imputación objetiva de la conducta.

 
No, porque estaríamos ante un supuesto de ausencia de acción por fuerza irresistible.

 
Sí, puesto que hay relación de causalidad conforme a la teoría de la equivalencia de las condiciones.

 
Sí, puesto que no hay relación de causalidad, pero sí imputación objetiva del resultado.

Desconectado patxi71

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #82 en: 13 de Enero de 2019, 20:27:57 pm »
Ojo! Las respuestas se cambian de orden!

A mi me ha echado y al volver a entrar las respuestas estabn cambiadas de orden, aunque si ha respetado lo q yo había contestado (sigue señalada la q yo consideraba correcta, aunque ocupe otra letra)

Me hace pensar q no tenemos las respuestas igual ordenadas

Desconectado Sapara

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #83 en: 13 de Enero de 2019, 20:28:42 pm »
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Ojo! Las respuestas se cambian de orden!

A mi me ha echado y al volver a entrar las respuestas estabn cambiadas de orden, aunque si ha respetado lo q yo había contestado (sigue señalada la q yo consideraba correcta, aunque ocupe otra letra)

Me hace pensar q no tenemos las respuestas igual ordenadas

Por vuestras respuestas yo diría que no están en el mismo orden, ni las preguntas ni las respuestas jajajaja

Desconectado Carlos02

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #84 en: 13 de Enero de 2019, 20:31:55 pm »
Malvados jo jo jo

Desconectado OsAaK

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #85 en: 13 de Enero de 2019, 20:34:23 pm »
La anterior regulación, conforme al principio de legalidad y la prohibición de irretroactividad penal de la ley penal desfavorable.

 
 La anterior regulación, conforme al principio de culpabilidad y su garantía de lex stricta.

cual de las dos diríais?

Desconectado chispi-72

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #86 en: 13 de Enero de 2019, 20:35:07 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
La anterior regulación, conforme al principio de legalidad y la prohibición de irretroactividad penal de la ley penal desfavorable.

 
 La anterior regulación, conforme al principio de culpabilidad y su garantía de lex stricta.

cual de las dos diríais?

La anterior regulación, conforme al principio de legalidad y la prohibición de irretroactividad penal de la ley penal desfavorable

Desconectado Carlos02

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #87 en: 13 de Enero de 2019, 20:37:06 pm »
- por dolo eventual
- omisión propia dolosa
(respuestas correctas???)

Desconectado chispi-72

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #88 en: 13 de Enero de 2019, 20:38:56 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
- por dolo eventual
- omisión propia dolosa
(respuestas correctas???)

omision propia si... pero dolo eventual? Puse imprudencia grave :-\. Estaba drogado y bebido... conduccion temeraria... no creo que contara con que podia ocurrir cualquier cosa

Desconectado chispi-72

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #89 en: 13 de Enero de 2019, 20:40:17 pm »
En cuanto a la de peligro abstracto y tal...ninguna es correcta no? es un peligro concreto

Desconectado patxi71

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #90 en: 13 de Enero de 2019, 20:41:43 pm »
Yo veo q ninguna es correcta, efectivamente, peligro concreto

Desconectado OsAaK

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #91 en: 13 de Enero de 2019, 20:43:31 pm »
Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida...

Sí, pues el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.

 
No, puesto que no existe imputación objetiva del resultado.

 
Sí, conforme al principio de confianza.

 
No, puesto que no existe imputación objetiva de la conducta.

cual creéis?

Desconectado OsAaK

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #92 en: 13 de Enero de 2019, 20:45:59 pm »
no seria peligro abstracto?
En cambio en los delitos de peligro abstracto el legislador prohíbe una conducta porque
generalmente es peligrosa para los bienes jurídicos. La peligrosidad de esa conducta
suele ser solo la ratio legis, el motivo por el que el legislador la prohíbe, y además es
una peligrosidad que el legislador presume, pero rara vez pasa a ser definida en el tipo,
y por lo tanto no pasa a ser un requisito típico cuya concurrencia deba probar el juez
para afirmar la realización del tipo.
Ej. 8.39: La doctrina suele definir el delito de conducción bajo la influencia de
determinadas sustancias, del art 379 CP, como un delito de peligro abstracto. En
él se castiga al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la
influencia
de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas
alcohólicas. El legislador entiende que esta conducta es peligrosa y por ello la
prohibe bajo pena, sin exigir que en el caso concreto haya producido ningún
resultado de peligro concreto, y sin exigir tampoco en el tipo que en el caso
concreto la conducta sea peligrosa, pues tal cosa se presume, y no se permite por
tanto la prueba en contrario.

Desconectado Sapara

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #93 en: 13 de Enero de 2019, 20:48:00 pm »
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En cuanto a la de peligro abstracto y tal...ninguna es correcta no? es un peligro concreto

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Yo veo q ninguna es correcta, efectivamente, peligro concreto

Yo puse que estamos ante un delito de peligro abstracto concreto. Es una variante de los delitos de peligro abstracto, conocida como delitos de aptitud para producir un daño o como delitos de peligro abstracto-concreto. Es cuando el legislador prohíbe una conducta por ser peligrosa y exige en el propio tipo esa peligrosidad (pag. 196 manual)Es una cualidad de la conducta.

Desconectado Carlos02

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #94 en: 13 de Enero de 2019, 20:49:37 pm »
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Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida...
Yo creo que es esta la buena
Sí, pues el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.

 
No, puesto que no existe imputación objetiva del resultado.

 
Sí, conforme al principio de confianza.

 
No, puesto que no existe imputación objetiva de la conducta.

cual creéis?

Desconectado pepaschez

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #95 en: 13 de Enero de 2019, 20:50:55 pm »
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Yo puse que estamos ante un delito de peligro abstracto concreto. Es una variante de los delitos de peligro abstracto, conocida como delitos de aptitud para producir un daño o como delitos de peligro abstracto-concreto. Es cuando el legislador prohíbe una conducta por ser peligrosa y exige en el propio tipo esa peligrosidad (pag. 196 manual)Es una cualidad de la conducta.
yo tb creo que es peligro abstracto concreto


Desconectado OsAaK

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #96 en: 13 de Enero de 2019, 20:53:37 pm »
Sí, pues el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.

yo también  puse esa

Desconectado Sapara

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #97 en: 13 de Enero de 2019, 20:53:59 pm »
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Pienso igual, el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.

Desconectado Carlos02

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #98 en: 13 de Enero de 2019, 20:55:12 pm »
Dolo eventual o imprudencia grave???

Desconectado pepaschez

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2018 / 2019)
« Respuesta #99 en: 13 de Enero de 2019, 20:55:59 pm »
1 .-Imagine que uno de los peatones contra los que impacta el contenedor sale despedido y golpea, a su vez, contra otro de los clientes que salen de la discoteca causándole unas lesiones graves ¿Respondería el peatón por las lesiones ocasionadas?
No, porque estaríamos ante un supuesto de ausencia de acción por fuerza irresistible.

2 .-Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida en el manual recomendado para el estudio de la asignatura, Sergio responderá de las muertes y lesiones ocasionadas:
por imprudencia grave.

La anterior regulación, conforme al principio de legalidad y la prohibición de irretroactividad penal de la ley penal desfavorable.
4 .- Si aplicamos la teoría de la equivalencia de las condiciones podemos afirmar que:

a conducción bajo los efectos del alcohol y las drogas, así como con exceso de velocidad, es condición pero no causa de las muertes y las lesiones ocasionadas.

5 .-Imagine que tras el accidente Sergio se da a la fuga, realizando los elementos del tipo  de lo injusto del delito de omisión del deber de socorro del art. 195 CP. Sergio habría realizado un delito de:
omisión propia doloso.
6 .-Imagine que Sergio se da a la fuga y consigue escapar del país huyendo de la Justicia española a Alemania. ¿Sería posible que nuestras autoridades judiciales persiguieran el delito fuera de nuestras fronteras?
í, reclamando al acusado mediante una orden de extradición activa.
7 .-Según los hechos probados y teniendo en cuenta la postura defendida en el manual recomendado para el estudio de la asignatura, ¿es posible imputar objetivamente a Sergio los resultados de muerte y lesiones?

Sí, pues el resultado es abarcado por el fin de protección de la norma.
8 .-La conducta cometida por Sergio consistente en conducir el vehículo como lo hizo es constitutiva de un delito de conducción temeraria cuyo tipo penal exige que la conducta ponga en peligro la vida o integridad física de las personas. Teniendo en cuenta la postura defendida en el texto básico recomendado para el estudio de la asignatura:
estamos ante un delito de peligro abstracto concreto.