Por lo que veo, según el art. 3 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público se dice lo siguiente (recorto para no extender demasiado):
1. A los efectos de esta Ley, se considera que forman parte del sector público las siguientes entidades:
[…]
c) Los Organismos Autónomos, las Universidades Públicas y las autoridades administrativas independientes
2. Dentro del sector público, y a los efectos de esta Ley, tendrán la consideración de Administraciones Públicas las siguientes entidades:
a) Las mencionadas en las letras a), b), c), y l) del apartado primero del presente artículo
3. Se considerarán poderes adjudicadores, a efectos de esta Ley, las siguientes entidades:
a) Las Administraciones Públicas
A efectos de la Ley las Universidades públicas son las 3 cosas. Piensen que no necesariamente se ha de ser las 3 cosas y que no es un mecanismo que funcione “en cascada”. Yo creo que la pregunta va por ahí, para saber si el alumno sabe distinguir el alcance de la ley en unas y otras.
El problema que veo es que en esta pregunta todas son ciertas aunque hay una que lo es más, que es la D. En la pregunta que plantean de 2016 es más fácil, porque ponen en las respuestas aspectos que las excluyen como válidas.
No se enfaden entre ustedes, que el tema no es sencillo ni de saberse ni de aplicarse.
Mucha suerte y fuerza para lo que queda!
PD: tengo unos apuntes en que viene bastante bien explicado y a mi me pareció clarificador, pero no siguen el esquema literal del libro de Parada y no se si están actualizados. A mi me sirvieron para sacar la asignatura perfectamente, pero sobre gustos y costumbres cada uno somos un mundo. Si quieren puedo hacérselos llegar