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Autor Tema: Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021  (Leído 20458 veces)

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #60 en: 10 de Noviembre de 2020, 20:53:32 pm »
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A mí esa pregunta me genera no pocas dudas también. En un principio pensé que se trataba de un bien de dominio público, por cuanto estaría integrado en el Patrimonio Nacional, y quizás podría deducirse que las dichosas cortinas pueden tener una finalidad pública en tanto que forman parte de la decoración institucional en recepciones internacionales o institucionales. Pero esta deducción me parece un tanto absurda, e investigando un poco más a fondo, pude leer algo que también remarca Arancha, y para mí, es el quid de la cuestión:
'' Lo importante para la extensión de la demanialidad a los bienes muebles, es que se trate de bienes irreemplazables, no fungibles''

Esas cortinas, al no cumplir esa condición, por ser mobiliario ordinario, no son de dominio público y sí un bien patrimonial. No sé si es un planteamiento un poco enrevesado...

Yo también tengo mis dudas, y creo que no es un planteamiento enrevesado. Claro, ¿de qué cortinas estamos hablando? ¿De unos cortinajes del siglo no se qué con valor histórico-artístico que están colgadas en las salas de recepciones internacionales? o ¿hablamos de unas cortinas corrientes colgadas de un simple ventanal de una pequeña habitación con una mesa y un ordenador que han habilitado como oficina?



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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #61 en: 11 de Noviembre de 2020, 13:33:25 pm »
De momento dejaremos la pregunta de las cortinas...

Pregunta nº2 : ¿Es posible la cesión gratuita de la propiedad o del uso de bienes patrimoniales del Estado o de las entidades locales?

 Si. La Ley permite la cesión gratuita de la propiedad o el uso de los bienes patrimoniales del Estado a favor de otras administraciones públicas con fines de utilidad pública o social. En este caso, la cesión se hace siempre por contratación directa.
En el ámbito local, el Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales admite estas cesiones en favor de "Entidades o Instituciones Públicas para fines que redunden en beneficio de los habitantes del término municipal, así como a las Instituciones privadas de interés público sin ánimo de lucro."


Desconectado Arancha3

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #62 en: 12 de Noviembre de 2020, 10:22:35 am »
Buenos días,

He podido encontrar por ahí otro modelo de examen. Lo pondré aquí y también en el hilo de enunciados exámenes AvEx.
Respecto a ir resolviendo las preguntas de los exámenes entre todos, si os parece bien podemos ir haciendo las que se refieran sólo a la primera parte y dejar el resto para mas adelante cuando vayáis avanzando en el temario.

EXAMEN AvEx ADMINISTRATIVO IV (SEPTIEMBRE 2020)

1. ¿Es posible la cesión gratuita de la propiedad o del uso de los bienes patrimoniales del Estado o de las Entidades Locales? Justifique su respuesta.

2. ¿Qué significa que un bien de dominio público puede ser plurifuncional? ¿Qué efectos jurídicos tiene?

3. a) ¿Tiene sentido una limitación uniforme de los aprovechamientos privativos de las aguas subterráneas?
   
    b) ¿En qué medida la Ley de protección y uso sostenible del litoral de 2013 contravino el principio de reserva de ley?
        Justifique su respuesta.

    c) ¿Cuál es la tendencia regulatoria de los espacios naturales? ¿Qué instrumentos jurídicos pueden lograr
        implementarla?

    d) ¿En qué consiste la mutualización de los derechos de uso del dominio público radioeléctrico?

4. ¿Cuándo y cómo se produce la patrimonialización de la edificabilidad?

5. ¿Qué diferencia existe entre el concepto de clase y situación de suelo?
 

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #63 en: 12 de Noviembre de 2020, 10:36:20 am »
Pregunta nº2 del segundo modelo de examen:

¿Qué significa que un bien de dominio público puede ser plurifuncional? ¿Qué efectos jurídicos tiene?

Los bienes de dominio público son plurifuncionales cuando están afectados a diversas finalidades públicas, y el Reglamento General de la Ley aprobado por el Real Decreto 1373/2009 los califica como de bienes concurrentes (*).
Es el caso, por ejemplo, de las aguas públicas de los ríos o del mar territorial, afectadas al uso público de bañarse, lavar la ropa, navegar. etc., pero también afectadas a la riqueza nacional que supone su utilización para el riego o para la producción de energía eléctrica, lo que comporta concesiones de utilización privativa.

(*) Art. 71. RD 1371/2009. La afectación concurrente de bienes o derechos determinará su vinculación a más de un uso o servicio público competencia de la Administración General del Estado o de sus organismos públicos, bien de forma indistinta, bien señalando un determinado uso o servicio como principal, sin perjuicio de la concurrencia de otros.

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #64 en: 13 de Noviembre de 2020, 16:09:01 pm »
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Yo también tengo mis dudas, y creo que no es un planteamiento enrevesado. Claro, ¿de qué cortinas estamos hablando? ¿De unos cortinajes del siglo no se qué con valor histórico-artístico que están colgadas en las salas de recepciones internacionales? o ¿hablamos de unas cortinas corrientes colgadas de un simple ventanal de una pequeña habitación con una mesa y un ordenador que han habilitado como oficina?

Echadle un ojo al artículo 66, e) de la Ley 33/2003, yo creo que forman parte del demanio público sin duda.

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #65 en: 14 de Noviembre de 2020, 11:14:42 am »
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Echadle un ojo al artículo 66, e) de la Ley 33/2003, yo creo que forman parte del demanio público sin duda.

Si, lo que dices lo he recogido en mi primera respuesta. En el caso de las cortinas, si nos referimos a unos "cortinajes", por un lado tienen un valor histórico-artístico, y, por otro, sirven para la decoración de las dependencias oficiales. Estaríamos de acuerdo en que forman parte de los bienes de dominio público.

Ahora bien, mi duda es la siguiente: unas cortinas "normales", o una silla o un paquete de folios de una oficina administrativa que preste un servicio público, ¿qué consideración tienen? ¿qué tipo de bienes son en concreto? ¿Por el criterio de la AFECTACIÓN pasarían a ser bienes demaniales  aunque sean simples cortinas o sillas? La ley dice que la afectación de los bienes muebles se produce por el simple hecho de la adquisición de los que sean necesarios (una silla, unos folios, unas cortinas que te quitan el exceso de luz solar) para el desenvolvimiento de los servicios públicos...Seguro que la respuesta es muy sencilla, pero me estoy liando  :-[

En resumen, que me se la teoría pero tengo dudas al tener que dar una respuesta práctica. Esto es lo que quería deciros anteriormente. Saberse la teoría no es suficiente, hay que saber aplicarla al supuesto concreto. Yo ya he superado administrativo IV, y mirad las dudas que tengo! En algunos hilos de varias asignaturas que han tenido exámenes de desarrollo en septiembre, he leído casos de gente que decía que por los nervios o por falta de tiempo, no habían contestado a las preguntas relacionando los distintos conceptos, ni con las  respuestas concretas a lo que se les pedía, etc. Eso puede llevar al suspenso.

Si en el caso este de las famosas cortinas contestamos soltando el rollo del demanio público solamente, la respuesta no es correcta. Por lo que he leído, algunas personas no se dan cuenta de eso. Perdonad que insista, pero para que todo el mundo lo tenga claro, puedes tener la teoría bien, pero si no estás respondiendo a lo que te preguntan luego vienen las sorpresas con las correcciones de los exámenes...



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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #66 en: 14 de Noviembre de 2020, 19:09:37 pm »
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Si, lo que dices lo he recogido en mi primera respuesta. En el caso de las cortinas, si nos referimos a unos "cortinajes", por un lado tienen un valor histórico-artístico, y, por otro, sirven para la decoración de las dependencias oficiales. Estaríamos de acuerdo en que forman parte de los bienes de dominio público.

Ahora bien, mi duda es la siguiente: unas cortinas "normales", o una silla o un paquete de folios de una oficina administrativa que preste un servicio público, ¿qué consideración tienen? ¿qué tipo de bienes son en concreto? ¿Por el criterio de la AFECTACIÓN pasarían a ser bienes demaniales  aunque sean simples cortinas o sillas? La ley dice que la afectación de los bienes muebles se produce por el simple hecho de la adquisición de los que sean necesarios (una silla, unos folios, unas cortinas que te quitan el exceso de luz solar) para el desenvolvimiento de los servicios públicos...Seguro que la respuesta es muy sencilla, pero me estoy liando  :-[

En resumen, que me se la teoría pero tengo dudas al tener que dar una respuesta práctica. Esto es lo que quería deciros anteriormente. Saberse la teoría no es suficiente, hay que saber aplicarla al supuesto concreto. Yo ya he superado administrativo IV, y mirad las dudas que tengo! En algunos hilos de varias asignaturas que han tenido exámenes de desarrollo en septiembre, he leído casos de gente que decía que por los nervios o por falta de tiempo, no habían contestado a las preguntas relacionando los distintos conceptos, ni con las  respuestas concretas a lo que se les pedía, etc. Eso puede llevar al suspenso.

Si en el caso este de las famosas cortinas contestamos soltando el rollo del demanio público solamente, la respuesta no es correcta. Por lo que he leído, algunas personas no se dan cuenta de eso. Perdonad que insista, pero para que todo el mundo lo tenga claro, puedes tener la teoría bien, pero si no estás respondiendo a lo que te preguntan luego vienen las sorpresas con las correcciones de los exámenes...
Si has aprobado la asignatura enhorabuena, a otra cosa.

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #67 en: 14 de Noviembre de 2020, 19:31:13 pm »
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Mi recomendación es que cojáis el tema de Montes, me parece el más sencillo.Yo fue el que hice en su día.
  Más fácil que las Aguas o el Demanio?

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #68 en: 16 de Noviembre de 2020, 10:09:29 am »
Yo creo que los mas cortos y sencillos son Montes y Radioeléctrico

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #69 en: 16 de Noviembre de 2020, 11:38:16 am »
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Yo creo que los mas cortos y sencillos son Montes y Radioeléctrico
   Lo miraré bien, hay que coger un sólo tema y saberlo muy bien !
   No creo que con apuntes sea suficiente por el tipo de preguntas que ponen,hay que estudiar por el libro.

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #70 en: 16 de Noviembre de 2020, 17:02:37 pm »
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   Lo miraré bien, hay que coger un sólo tema y saberlo muy bien !
   No creo que con apuntes sea suficiente por el tipo de preguntas que ponen,hay que estudiar por el libro.

Es mi ultima asignatura y pinche en Septiembre precisamente por confiarme
salieron preguntas como la función de plurifuncinalidad de los bienes de dominio publico
que no salía en los apuntes

Ni que decir tiene, que ahora estoy leyendome el manual oficial

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #71 en: 16 de Noviembre de 2020, 22:44:57 pm »
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Es mi ultima asignatura y pinche en Septiembre precisamente por confiarme
salieron preguntas como la función de plurifuncinalidad de los bienes de dominio publico
que no salía en los apuntes

Ni que decir tiene, que ahora estoy leyendome el manual oficial
   Hoy en un grupo de Telegram cuando he dicho que mejor estudiar por el libro, me han echado la caballería encima, menudo nivel con la peña!!

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #72 en: 16 de Noviembre de 2020, 22:55:43 pm »
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   Hoy en un grupo de Telegram cuando he dicho que mejor estudiar por el libro, me han echado la caballería encima, menudo nivel con la peña!!

Cuando era pequeño, recuerdo que era norma la educación al respeto a los demás y las ideas ajenas aunque fuesen contrarias a la nuestra, de hecho, en eso residía precisamente el valor de la multiculturalidad, pero hoy en día, si no coincides con el discurso social imperante o con la opinión mayoritaria, como es el caso de usar o no apuntes, comprar X-Box o Playstayion o estar a favor o en contra la reforma  de la legislación del gobierno, pues eres un machista, fascista o lo que sea

Han cambiado mucho los tiempos y no para bien precisamente, pero no podemos esperar nada mejor, cuando el vicepresidente de tu país sale en la tele diciendo que “ hay que normalizar el insulto”

Yo me he comprado 1 manual en toda la carrera, es decir, he estudiado eminentemente a través de apuntes, sin embargo, nunca he criticado a quien quisiera gastarse otros 800€ en manuales tras gastarse eso mismo en la matrícula

Ahora bien, las tornas han cambiado y con los exámenes AVEX, donde los ED se están volviendo paranoicos pensando que todo el mundo tiene el manual durante el examen, hace que hagan preguntas más rebuscadas o de relacionar, cosa que en los apuntes no se da, ya que al ir a resumir, se queda en lo esencial

Pero vamos, que si alguien estudia Administrativo IV a través de apuntes,se examina en AVEX Y aprueba, enhorabuena

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #73 en: 17 de Noviembre de 2020, 10:47:01 am »
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Cuando era pequeño, recuerdo que era norma la educación al respeto a los demás y las ideas ajenas aunque fuesen contrarias a la nuestra, de hecho, en eso residía precisamente el valor de la multiculturalidad, pero hoy en día, si no coincides con el discurso social imperante o con la opinión mayoritaria, como es el caso de usar o no apuntes, comprar X-Box o Playstayion o estar a favor o en contra la reforma  de la legislación del gobierno, pues eres un machista, fascista o lo que sea

Han cambiado mucho los tiempos y no para bien precisamente, pero no podemos esperar nada mejor, cuando el vicepresidente de tu país sale en la tele diciendo que “ hay que normalizar el insulto”

Yo me he comprado 1 manual en toda la carrera, es decir, he estudiado eminentemente a través de apuntes, sin embargo, nunca he criticado a quien quisiera gastarse otros 800€ en manuales tras gastarse eso mismo en la matrícula

Ahora bien, las tornas han cambiado y con los exámenes AVEX, donde los ED se están volviendo paranoicos pensando que todo el mundo tiene el manual durante el examen, hace que hagan preguntas más rebuscadas o de relacionar, cosa que en los apuntes no se da, ya que al ir a resumir, se queda en lo esencial

Pero vamos, que si alguien estudia Administrativo IV a través de apuntes,se examina en AVEX Y aprueba, enhorabuena
Entendería que el ED en primero fuera paranoico, que mucha gente se ha matriculado porque se piensan que por avex es mucho mas fácil, se van a sacar la carrera en dos años y que va a durar toda la vida,ahí entiendo que el ED pusiera limites , pero en 4o, el ultimo año que ya los que estamos aquí nos hemos comido una buena pila de años de presencial y que ya estamos terminando, ponerse en plan de ir a matar, no lo veo muy lógico, no digo que te regalen la asignatura pero que no vayan a matar y que los exámenes sean similares a los presenciales

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #74 en: 19 de Noviembre de 2020, 21:05:59 pm »
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A mí esa pregunta me genera no pocas dudas también. En un principio pensé que se trataba de un bien de dominio público, por cuanto estaría integrado en el Patrimonio Nacional, y quizás podría deducirse que las dichosas cortinas pueden tener una finalidad pública en tanto que forman parte de la decoración institucional en recepciones internacionales o institucionales. Pero esta deducción me parece un tanto absurda, e investigando un poco más a fondo, pude leer algo que también remarca Arancha, y para mí, es el quid de la cuestión:
'' Lo importante para la extensión de la demanialidad a los bienes muebles, es que se trate de bienes irreemplazables, no fungibles''

Esas cortinas, al no cumplir esa condición, por ser mobiliario ordinario, no son de dominio público y sí un bien patrimonial. No sé si es un planteamiento un poco enrevesado...

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Si, lo que dices lo he recogido en mi primera respuesta. En el caso de las cortinas, si nos referimos a unos "cortinajes", por un lado tienen un valor histórico-artístico, y, por otro, sirven para la decoración de las dependencias oficiales. Estaríamos de acuerdo en que forman parte de los bienes de dominio público.

Ahora bien, mi duda es la siguiente: unas cortinas "normales", o una silla o un paquete de folios de una oficina administrativa que preste un servicio público, ¿qué consideración tienen? ¿qué tipo de bienes son en concreto? ¿Por el criterio de la AFECTACIÓN pasarían a ser bienes demaniales  aunque sean simples cortinas o sillas? La ley dice que la afectación de los bienes muebles se produce por el simple hecho de la adquisición de los que sean necesarios (una silla, unos folios, unas cortinas que te quitan el exceso de luz solar) para el desenvolvimiento de los servicios públicos...Seguro que la respuesta es muy sencilla, pero me estoy liando  :-[

En resumen, que me se la teoría pero tengo dudas al tener que dar una respuesta práctica. Esto es lo que quería deciros anteriormente. Saberse la teoría no es suficiente, hay que saber aplicarla al supuesto concreto. Yo ya he superado administrativo IV, y mirad las dudas que tengo! En algunos hilos de varias asignaturas que han tenido exámenes de desarrollo en septiembre, he leído casos de gente que decía que por los nervios o por falta de tiempo, no habían contestado a las preguntas relacionando los distintos conceptos, ni con las  respuestas concretas a lo que se les pedía, etc. Eso puede llevar al suspenso.

Si en el caso este de las famosas cortinas contestamos soltando el rollo del demanio público solamente, la respuesta no es correcta. Por lo que he leído, algunas personas no se dan cuenta de eso. Perdonad que insista, pero para que todo el mundo lo tenga claro, puedes tener la teoría bien, pero si no estás respondiendo a lo que te preguntan luego vienen las sorpresas con las correcciones de los exámenes...

Yo creo tener clara la respuesta, pero también creo que en un examen si se plantean estas dudas que decís y se responde como habéis hecho está más que sobrado el conocimiento sobre la materia, y la respuesta sería muy válida.

Con este tipo de preguntas en cualquier asignatura siempre hemos dudado todos con la exactitud de la respuesta, pero no dejan de ser una forma de preguntar qué conocimientos tiene el alumno sobre la materia. Es como hacer una pregunta de desarrollo de teoría de forma indirecta.

Recordemos que la doctrina mayoritaria dice que los bienes muebles sean irreemplazables, no fungibles, etc...: la doctrina mayoritaria.  Podemos pensar en unas cortinas del IKEA o en unas de aquellas Reales Fábricas que son patrimonio nacional.

En Derecho es muy difícil que dos más dos sean cuatro, y se puede explicar que son cinco, motivando (demostrando conocimiento de la materia).

Yo creo que la respuesta en examen, dudando, pero demostrando conocer el temario sería muy válida. Por mucho que intuyamos todos que unas cortinas de Palacio Real no van a ser de IKEA...  ;) pero explicado todo, insisto en que habría que perder el miedo a decir sí o no, mientras se razone justificadamente y se demuestre conocer el temario.

Un saludo.
RobertMAD

Desconectado DeDiego

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #75 en: 20 de Diciembre de 2020, 20:01:38 pm »
Buenas noches, compañeros:

¿Los temas X Y XI no se corresponden con ninguno del libro? O estoy muy equivocada?

Gracias.

Desconectado medved

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #76 en: 21 de Diciembre de 2020, 07:27:19 am »
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Buenas noches, compañeros:

¿Los temas X Y XI no se corresponden con ninguno del libro? O estoy muy equivocada?

Gracias.

Los Capítulos X y XI del libro no entran en el examen, y ahí empieza el descuadre de capítulos del libro y el temario.
El tema X del temario las bases estatales del Derecho urbanístico es el capítulo XII del libro
El tema XIdel temario El planeamiento urbanístico es el capítulo XIII del libro y así sucesivamente.
El capítulo XVI último del libro Edificación y disciplina urbanística no aparece en temario pero no veo en guía que diga que no entra.

Desconectado DeDiego

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #77 en: 21 de Diciembre de 2020, 22:17:18 pm »
Muchas gracias, Medved.

Desconectado Friedlex

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #78 en: 22 de Diciembre de 2020, 13:14:15 pm »
Como lleváis la parte de Urbanismo? De verdad que es para darse chocazos contra la pared... Creo que no ha habido materia que se me resista tanto como este bloque. Le he dado un par de vueltas al tema de las Bases estatales pero no me entero de absolutamente nada. Me da la impresión de que se dan por sabidos conceptos que no tenemos. Los vídeos que tiene colgados el ED ayuda un poooooquitín a entender algo, pero se queda en la superficie de todo...

Desconectado msegala1

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Re:Hilo Oficial Administrativo IV 2020/2021
« Respuesta #79 en: 26 de Diciembre de 2020, 09:45:34 am »
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Como lleváis la parte de Urbanismo? De verdad que es para darse chocazos contra la pared... Creo que no ha habido materia que se me resista tanto como este bloque. Le he dado un par de vueltas al tema de las Bases estatales pero no me entero de absolutamente nada. Me da la impresión de que se dan por sabidos conceptos que no tenemos. Los vídeos que tiene colgados el ED ayuda un poooooquitín a entender algo, pero se queda en la superficie de todo...

   No sería mejor hacerlo por la ley? aunque no sé muy bien por cual  de ellas.!