yo sigo diciendo lo mismo, tu no te dedicas a esto. Es que dices unas cosas.
Veras, como hacer caso a alguien como tu?, tus planteamientos ya de por si son falsos basados en la logica, no quiero ni contarte lo falso que son en todo lo demas.
lo primero que dices es que mi curriculum es peor que el tuyo por tanto sabes mas que yo, partes de una premisa que puede ser falsa o al menos incorrecta (pues no conoces mi curriculum), llegas a una conclusion posiblemente falsa.
segunda conclusion erronea, en tus correos anteriores no existia casuistica, por tanto. premisa, no existe casuistica, segun tu yo me pongo nervioso con la causitica. pero si no hay como me puedo poner nervioso con algo que no existe?,conclusion falsa,
veras, llegado a este punto que es el mismo que al principio, te dire, TU NO TE DEDICAS A ESTO. Tengo dos posibilidades, pensar que estas tonto o quedarme con esta ultima que es la veraz. Es imposible que alguien que dice lo que tu se dedique a esto.
Me creo lo de los 22 años, pero no de profesión sino de edad, tu eres nuevo en esto no puedes tener tantos años, salvo que de esos 22 años de profesion de los que presumenes 21 los hayas pasado bajo las instrucciones de alguien, rellenando modelos tributarios.
Te recuerdo como empezo esto. Empezo con alguien que tenia unas dudas, otros que contestaron y el meacolonia, que entro cubriendose de gloria, diciendo que aqui esta todo dicho ya, y que el que duda es porque no sabe.
Como en todo, aqui la gente puede opinar y puede pensar lo que quiera, puedo hacer el ridiculo como dices tu, puede escribir quien quiera y ese quien quiera no saber mucho o estar equivocado, lo que no se puede segun mi punto de vista es mentir.
Pero tu crees que se puede decir esto amigo?: "por mi, repito, os podeís quedar con vuestras dudas, y escribiendo lo que os de la gana. El que se fie de las respuestas, para él mismo hace. Os quedaís, por mi parte, con vuestros errores".
jajaja, y yo digo, pero si tu no tienes ni idea, es normal que creas que no te equivocas, me recuerdas a aquella apoderada del banco que ante una minima discusion, se empeñaba en traerme el manual del IRPF del año anterior, !!pero leche que hay mas que eso!!, tu tambien
tienes el manual de la renta y con lo que en el viene, tu discutes hasta con el papa de roma, ya sabes, si esta en el manual existe, y sino, PUES NO.
Si dije en su momento que tu no te dedicabas a esto, era principalmente, porque alquien que lo hace no puede decir jamas, que no perdio ningun recurso ante la administración, y que la ley basta y sobra para saber lo que hay que hacer.
Para hacer lo que dice la AEAT, tenemos a los que se dedican a esto en sus ratos libres, porque son los mas listos de su barrio, pero no los que debemos ser un tanto mas profesionales.
Nosotros estamos para decir lo que la AEAT no quiere oir, siempre dentro de la legalidad y basados en una interpretacion razonable de la norma.
Es mas, la pregunta tipica y que un profesional sabe, no es, si esto esta sujeto a iva o no, sino, que tengo que hacer para que este sujeto o no lo este. (por poner un ejemplo), sin duda tu dirias a tu cliente (y basado en tus planteamientos) que no se puede, que si esta sujeto lo esta y sino no.
Es normal que un rellena impresos (y no me refiero a ti, que fijo que tampoco has hecho nada de eso, porque TU NO TE DEDICAS A ESTO), no pierda ni un solo recurso, si hace lo que lo mas favorable a la AEAT y no a su cliente.
si interpretas cada cosa como lo hace la AEAT, hasta borracho puedes no perder el recurso, pero quiza el efecto real es que tu cliente si.
con respecto a aquella apreciación de que si los mascachapas como yo, hacemos perder el dinero a nuestros clientes te dire. Que efectivamente, como Yo si me dedico a esto, he perdido mas de un recurso, reclamación, etc, pero lo que seguro que no ha ocurrido es que mi
cliente haya perdido dinero, porque jamas existio sancion. Veras lo que puede suceder, y te lo explico para hables con propiedad y sepas lo que es perder dinero o no perderlo.
como saben todos los que leen el foro menos tu saben que el articulo 179.2 incluye dentro de los eximentes de responsabilidad en las sanciones a la interpretación razonable de la norma, que otros tenemos que interpretar lo que los "rellena impresos" no, por eso podemos en via administrativa no conseguir lo que pretendemos, pero que ocasiona esto si la interpretacion es razonable (apuntalo don se mucho)? que no existira sancion.
pero un tipo listo como tu dira... y los intereses de demoraaaa? pues... son una forma de financiarse a traves de acreedores a un tipo menor que el de casi cualquier tipo de financiación que el mercado pueda ofrecerte. Pero para saber esto ademas deberias quiza ser economista, ups yo, ademas, lo soy, tu?
dicho esto, ya no escribo mas, ya puedes decir misa,. Pero en otro hilo, como entres de listo, te contestare.
un saludo lili y pedro y gormenauer, y disculpar que haya tomado el foro para una discusión tan tonta.
pd: te dire algo que te diria si estuvieses enfrete mia, con permiso de los participantes y con mis mas sinceras disculpas a lili. El caramelito para tus clientes no se si seria, pero que para ti seguro que tengo un caramelo, como decia aquel, ...haz que te caes!