1º) No cumplen condena en España
2º) Estan fuera de España....
Esto es lo que he entendido.....y si es asi......la verdad es que no tengo nada que decirte, creo que con esa frase no vale la pena comentar.
No puedes ver los enlaces.
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LoginTRATADO ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y EL REINO DE ESPAÑA SOBRE TRASLADO DE CONDENADOS
Articulo 2º:
1. Las penas o medidas de seguridad impuestas en la República Argentina, a nacionales de España, podrán ser cumplidas en establecimientos penitenciarios de España o bajo la vigilancia de sus autoridades.
2. Las penas o medidas de seguridad impuestas en España a nacionales de la República Argentina, podrán ser cumplidas en establecimientos penitenciarios de la República Argentina o bajo la vigilancia de sus autoridades.
El traslado podrá ser solicitado por el Estado de condena o por el Estado de cumplimiento.
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Existen Acuerdos para el cumplimiento de penas privativas de libertad en el país de origen con los siguientes Estados: Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Francia, Alemania, Grecia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal, Suecia, Suiza, Reino Unido, Noruega, Canadá, Estados Unidos, Bahamas, Bulgaria, Chile, Costa Rica, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Georgia, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, República Checa, Rumanía, Trinidad y Tobago, Turquía y Ucrania.
Existen Convenios bilaterales sobre traslados de condenados y/o ejecución de sentencias penales de España con: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, República Árabe de Egipto, El Salvador, Guatemala, Marruecos, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Federación de Rusia, Tailandia, Venezuela...
Recientemente se han firmado con China, Filipinas o Yemen, entre otros.
Sí, ciertamente, no hay mucho más que comentar. Es escandaloso que se celebren Acuerdos internacionales y encima se cumplan Johanna. ¡No hay derecho!