Compañeros: Me surge un problema en mi centro de trabajo. Pido el permiso correspondiente para realizar exámes en la próxima convocatoria, y de acuerdo al convenio colecivo se ha de pedir "el tiempo imprescindible para la realización del examen". He consultado con los enlaces sindicales, y no me saben responder si en este tiempo imprescindible se puede contar el de desplazamiento de ida y vuelta al Centro Asociado, que en mi caso es de 1,5 h. de ida y otro tanto de vuelta. Mi empresa se ciñe a otorgar únicamente el tiempo de duración del examen. Evidentemente en estas condiciones no puedo hacerlo, a no ser que proceda a cambios de turno con compañeros o pida días de asuntos propios. Mi pregunta es ¿en ese tiempo imprescindible para la realización del examen, se incluye el de desplazamiento de ida y vuelta al centro asociado, que en mi caso es al que pertenezco y el más cercano a mi domicilio?
Gracias a todos. Espero vuestras respuestas.
Un saludo