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Autor Tema: Colegiación de un licenciado (algún día)  (Leído 5591 veces)

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Desconectado gologolo

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Colegiación de un licenciado (algún día)
« en: 16 de Junio de 2008, 18:43:08 pm »
Ave, prudentes! Alguno entre vosotros sabe si para colegiarse es necesario hacer la pasantía en un bufete? Lo pregunto porque una vez un conocido me dijo que aún se podía colegiar uno sin la pasantía, pero que eso iba a cambiar. Y esto fue hace dos o tres años. Gracias y suerte con las notas.

"quotquotEducad a los niños y así no será necesario castigar a los hombres"quotquot Pitágoras

Desconectado KABOLO

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #1 en: 16 de Junio de 2008, 19:05:44 pm »
Aprobando la última asignatura en Septiembre del 2011 aún nos libramos. A partir de ahí se impone la dictadura de los grandes despachos consolidados, victoriosos con la complicidad de PP y PSOE.
Saludos.

Desconectado analamegaprofe

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #2 en: 16 de Junio de 2008, 19:57:59 pm »
¿cuánto hay que pagar al mes más o menos al colegio?

¿puede hacerse lo siguiente: si sólo te colegias sin trabajar de Letrado  durante una temporada  pq estás haciendo otras cosas como oposiciones o investigar o trabajar en otra cosa?¿o es obligatorio facturar algo cada mes? :-\
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Desconectado aguila

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #3 en: 16 de Junio de 2008, 20:02:14 pm »
Puedes colegiarte como abogado ejerciente o no ejerciente.
De tal manera que si piensas no ejercer durante alguna temporada, pues te colegias como no ejerciente.
Supongo que la cuota de colegiación dependera de cada provincia, y será diferente seas ejerciente o no ejerciente. Es lo poco que se yo, un saludo
Te puedes caer 20 veces pero te tienes que levantar siempre una vez más

Desconectado unodelapresencial

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #4 en: 16 de Junio de 2008, 20:03:35 pm »
Creo que es posible colegiarse como no ejerciente, asi que no hace falta que estes currando de abogado.Cuando te interese te pasas a ejerciente (pagando mas) y ya puedes ejercer.
Creo que lo mejor, por si acaso, es colegiarse como no ejerciente antes de que entre en virgor la nueva ley, asi luego cuando nos interese ejercer solo es pasar a ejerciente y listo.

Desconectado analamegaprofe

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #5 en: 16 de Junio de 2008, 20:05:53 pm »
Pues gracias a los dos por la información, el tema está en terminar ya pero ya, y colegiarse como no ejerciente  para lo que pueda venir con el plan bolonia y siguientes :D
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Desconectado mcaneda

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #6 en: 17 de Junio de 2008, 09:10:09 am »
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Pues gracias a los dos por la información, el tema está en terminar ya pero ya, y colegiarse como no ejerciente  para lo que pueda venir con el plan bolonia y siguientes :D

Yo estoy colegiando a mi mujer como no ejerciente, en previsión de las futuras pasantías y demás. Ella es funcionaria, así que creo que por incompatibilidad no podría llegar a ejercer.

Ya os advierto que hay que soltar la friolera de 1.200 euros para colegiarse, más una cuota mensual de unos 17 euretes. Además del título, te piden certificado de antecedentes penales y certificado de nacimiento.


Desconectado analamegaprofe

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #7 en: 17 de Junio de 2008, 11:32:14 am »
Aparte de acabar ya la carrera ponerse a ahorrar............ :D :D
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Desconectado Juaniz

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #8 en: 17 de Junio de 2008, 14:11:00 pm »
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Pues gracias a los dos por la información, el tema está en terminar ya pero ya, y colegiarse como no ejerciente  para lo que pueda venir con el plan bolonia y siguientes :D

Yo estoy colegiando a mi mujer como no ejerciente, en previsión de las futuras pasantías y demás. Ella es funcionaria, así que creo que por incompatibilidad no podría llegar a ejercer.

Ya os advierto que hay que soltar la friolera de 1.200 euros para colegiarse, más una cuota mensual de unos 17 euretes. Además del título, te piden certificado de antecedentes penales y certificado de nacimiento.




En algunos Colegios son casi 1500 urelios del ala   :D, y como también tengo incompatibilidad para actuar como ejerciente por cuenta propia pues me lo estoy pensando seriamente, máxime teniendo en cuenta la competencia que hay en el sector y que para la defensa de intereses propios y parientes hasta el cuarto grado no es necesario estar colegiado, bastando comunicación al Colegio.

Desconectado luis47

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #9 en: 17 de Junio de 2008, 15:25:32 pm »
  me podria decir donde encontrar informacion para ejercer sobre mis derechos propios y familiares(la abogacia)

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #10 en: 17 de Junio de 2008, 15:45:52 pm »
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  me podria decir donde encontrar informacion para ejercer sobre mis derechos propios y familiares(la abogacia)

Estatuto General de la Abogacía, Real Decreto 658/2001, de 22 de junio.

Artículo 17.5
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Desconectado Juaniz

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #11 en: 17 de Junio de 2008, 19:06:15 pm »
Rectifico mi anterior mensaje, la exención de colegiación por asuntos de familiares abarca hasta el tercer grado,  no el cuarto como erróneamente puse. Las prisas que no son buenas consejeras...

Desconectado luis47

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #12 en: 17 de Junio de 2008, 21:02:51 pm »
    Muchas gracias por contestar Moderkai.una pregunta mas por favor , sabeis si podria defender temas mios siendo funcionario?  la ley 30/84 no me autoriza, sin embargo el estatuto de la abogacia si.

Desconectado KABOLO

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #13 en: 17 de Junio de 2008, 22:03:29 pm »
En el orden contencioso administrativo creo que puedes defender tus intereses como funcionario sin ser abogado siquiera.
Saludos.

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #14 en: 18 de Junio de 2008, 17:16:02 pm »
Bueno, pero supungo que te podrás colegiar una vez además de haberte licenciado, hayas realizado el correspondiente curso en la Escuela de Práctica Jurídica o el post-grado en alguna Universidad. ¿Alguien sabe si esto es así o no y puede aclararlo?. Gracias anticipadas.  ;)

Desconectado mcaneda

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #15 en: 18 de Junio de 2008, 18:45:34 pm »
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Bueno, pero supungo que te podrás colegiar una vez además de haberte licenciado, hayas realizado el correspondiente curso en la Escuela de Práctica Jurídica o el post-grado en alguna Universidad. ¿Alguien sabe si esto es así o no y puede aclararlo?. Gracias anticipadas.  ;)

Hoy por hoy, te colegias solo con la licenciatura (testimonio notarial del título o certificado que acredite haber terminado la carrera), certificado de penales y certificado de nacimiento, amén del correspondiente sablazo. Si te colegias como ejerciente, debes acreditar que te has dado de alta en autónomos, o que una empresa cotiza por tí como abogado, creo recordar.

¿Alguien sabe dónde encontrar el texto de la ley de la pasantía? Si realmente no comienza a entrar en vigor hacia el 2011, lo mismo espero un poco antes de colegiar a mi señora esposa. Por lo menos nos ahoraríamos las cuotas de un par de años.


Desconectado unodelapresencial

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #16 en: 18 de Junio de 2008, 19:21:28 pm »
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¿Alguien sabe dónde encontrar el texto de la ley de la pasantía? Si realmente no comienza a entrar en vigor hacia el 2011, lo mismo espero un poco antes de colegiar a mi señora esposa. Por lo menos nos ahoraríamos las cuotas de un par de años.

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Ahi esta, segun esta:

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Entrada en vigor de esta Ley.

Esta Ley entrará en vigor a los cinco años de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.


Y la se publico en 30-10-2006, asi que tienes hasta Octubre de 2011 para colegiar a tu mujer como no ejerciente.Asi que lo mejor seria esperar un par de añitos y ahorrarse ese dinero.

Desconectado oderfla

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #17 en: 18 de Junio de 2008, 23:08:20 pm »
Gracias por la aclaración mcaneda.

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #18 en: 18 de Junio de 2008, 23:12:11 pm »
Como última opción también puede hacerse uso del consiguiente plazo de gracia:

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. Profesionales colegiados a la entrada en vigor de la exigencia de título profesional.

...

3. Quienes en el momento de la entrada en vigor de la presente Ley se encontraran en posesión del título universitario de licenciado o de grado en Derecho, y no estuvieran comprendidos en el apartado anterior, dispondrán de un plazo máximo de dos años, a contar desde su entrada en vigor, para proceder a colegiarse, como ejercientes o no ejercientes, sin que les sea exigible la obtención de los títulos profesionales que en ella se regulan.

Saludos. KYKO.

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Re: Colegiación de un licenciado (algún día)
« Respuesta #19 en: 19 de Junio de 2008, 11:55:33 am »
¿Y en qué consistirá la pasantía? ¿cuánto tiempo hará falta para hacerla?