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Autor Tema: Derecho Constitucional II. Prelación de normas.  (Leído 2989 veces)

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Desconectado Robinson

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Derecho Constitucional II. Prelación de normas.
« en: 05 de Septiembre de 2008, 16:51:59 pm »
Según el sistema de prelación de normas del ordenamiento jurídico español, en la cúspide está la Constitución.

Mi pregunta es: ¿si por debajo, en primer lugar están los Tratados internacionales, o las Leyes estatales?.

Gracias.

"quotquotLa Ley es para quién sirve"quotquot Nerón.

Desconectado sermarga

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Re: Derecho Constitucional II. Prelación de normas.
« Respuesta #1 en: 05 de Septiembre de 2008, 17:09:20 pm »
Los tratados internacionales se encuetran en una situación jerárquica intermedia entre la constitución y las leyes estatales. Están por debajo de la Constitución, como ha marcado reiteradas veces la jurisprudencia del TC y señala el principio de supremacía de la misma, y por encima de las leyes estatales, ya que las mismas no pueden modificar los contenidos contemplados en los tratados válidamente celebrados y publicados en España.

Al menos eso es lo que pienso yo y creo que pone en algún sitio del libro que me he estudiado hace nada, jejeje.

Un saludo.