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Autor Tema: ¿Igualdad efectiva?  (Leído 73146 veces)

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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #300 en: 29 de Diciembre de 2008, 11:12:16 am »
 Tengo que darte la razón en parte. De hecho hice un comentario en otro hilo que guarda cierto paralelismo con el tuyo, a propósito del Ministerio de Igualdad. A ver si lo busco y lo pongo por aquí, que viene bastante a cuento.

En cualquier caso creo que estás sobredimensionando el tema bastante, pero me viene que ni pintado para exponerte alguna idea más, y reconducir un poco el debate.

La Igualdad, así, con letras mayúsculas es imposible. Ya lo dijiste tú en otro post, pero debería ser un objetivo que estuviera siempre en mente de todo  actor social (como la zanahoria que hace que el burro avance, aunque no llegue nunca a cogerla). Pero es que ya desde que nacemos, cada individuo está diferentemente dotado a nivel genético.

Los derechos han estado siempre diferentemente repartidos, si no a nivel de derecho sí a nivel de hecho.
Tanto es así que puede resumirse el proceso de construcción política occidental como la alternancia constante de diferentes actores sociales, que defienden o reclaman, según el caso, sus privilegios: Ciudadanos romanos/ esclavos; Señores feudales/ súbditos; Aristocracia/ burguesía; Burguesía Liberal/ proletariado socialistas... resumiendo, clase dirigente/ clase dirigida. Es una visión marxista de la historia, fundamentada en el paradigma del conflicto, en su versión de clases, visión que puede extrapolarse perfectamente a cualquier situación, incluso la actual. No es que yo sea especialmente marxista, pero bueno, aunque reduccionista me parece un análisis certero, y en cualquier caso, más realista, la lucha de clases que la supuesta lucha de sexos. Vamos, que tantas mujeres había en un lado como en otro; que las mujeres que pertenecían a la nobleza vivían bastante mejor que cualquiera de los hombres perteneciente al estado llano.

Siguiendo con un análisis marxista de la historia, el cambio social se explica en función de la evolución de los medios de producción. En el caso de la igualdad de sexos esta afirmación es bastante clarividente. Hasta que la mecanización del trabajo y la utilización de la tecnología no se extendió, no fue posible la independencia real de la mujer. Cuando el trabajo era cuestión exclusiva de fuerza física la mujer no podía competir con el hombre, y por tanto asumía otros roles (no es que los hombres hayamos sido a lo largo de la historia muy muy malos). La religión cristiana institucionalizada supuso ya la consolidación en el ámbito ideológico-espiritual de todo este orden de cosas.

El control de la natalidad, o la construcción de organizaciones políticas, estados, que garanticen los derechos de los que no pueden defenderlos por la fuerza, son otros  factores fundamentales para entender este cambio sociológico que supone la independencia de la mujer.

Todos esto factores hacen que estemos en un momento único para alcanzar la igualdad efectiva, si no entre clases, Calero, sí por lo menos entre sexos. Lo que pasa es que se está desaprovechando esta oportunidad única que nos brinda la historia; se están utilizando mal los recursos que la situación actual pone a disposición del poder público. Supongo que la igualdad no les interesa tanto como cabría esperarse; teniendo al pueblo enfentrado, hombres contra mujeres, se gobierna más fácilmente (recuerdo aquí el caso de los conflictos étnicos que se dan en ciertos países africanos, pero solo cuando hay elecciones, como recurso para polarizar a la población en torno a los candidatos y poder así allanar el camino hacia el poder)

La clase política juega con esta variable para mantenerse en el poder: ampliar derechos según el caso para obtener más votos. Es un juego cuya filosofía de fondo se encuentra ya en Maquiavelo (recordáis las exenciones fiscales de Rajoy a las mujeres trabajadoras?).

Ciertamente, dar derechos y privilegios es muy fácil para el poder público; los agraciados los asumen de mil amores, y los que no son beneficiarios, siempre que no vayan en contra de sus intereses, se mantienen más o menos al margen.

Esto es lo que, en mi opinión, está pasando con el tema de la igualdad de sexos. Se está intentando dar la vuelta a la tortilla, porque de alguna manera interesa.

Un saludo


Desconectado carl

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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #301 en: 29 de Diciembre de 2008, 11:16:32 am »
He encontrado el post al que me refería antes:

A mí, particularmente, me parece que la aparición de este ministerio es bastante oportuna. Lo que no me parece tan oportuno es el contexto en el que se ha dado.

Estaría muy bien un ministerio de igualdad si al frente del mismo se pusiera a una persona (que no persono) que no fuera analfabeta; estaría muy bien si no hubiera alrededor del mismo un tufo insoportable a misandria; estaría muy bien si propusiera algo, y que ese algo fuera coherente; estaría muy bien que se dedicara a todo tipo de desigualdades (las que sufren las mujeres con respecto a los hombres; las que sufren los hombres con respecto a las mujeres; las que sufren los trabajadores con respecto al empresario; las que sufrimos la clase dirigida con respecto a la dirigente…)

En el fondo creo que, de alguna manera, le interesa a la clase política tenernos enfrentados a los ciudadanos unos con otros (del mismo modo que interesa tener una población poco instruida), y además creo que esto no es nuevo.

Estamos en un país marcadamente machista y patriarcal, y no son las mujeres las únicas que sufren sus consecuencias. Muestra de ello es la práctica habitual, en procesos de separación y divorcio, de concederle los hijos a la madre sistemáticamente (al fin y al cabo los hijos son cosas de mujeres, ¿no?)

Un saludo 

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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #302 en: 30 de Diciembre de 2008, 18:43:44 pm »
Querría traer a colación en este hilo un artículo de Sabahuja:

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Desconectado carl

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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #303 en: 30 de Diciembre de 2008, 23:15:33 pm »
Muy bueno, Drop. Te echábamos de menos.

Un saludo

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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #304 en: 30 de Diciembre de 2008, 23:38:21 pm »
Gracias, Carl.  Había que seguir con este hilo.

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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #305 en: 31 de Diciembre de 2008, 11:08:01 am »
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Querría traer a colación en este hilo un artículo de Sabahuja:
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 "Las denuncias falsas rondan el 9% en todos los delitos, pero en violencia de género no llegan al 4%".  Enrique López, portavoz del Consejo General del Poder Judicial, aclaró que el hecho de que no se concedan órdenes de protección en una de cada cuatro peticiones "no implica que haya una denuncia falsa". También rechazó que el sistema las provoque, y remachó que quienes lo hacen "son las malas personas y los malos abogados"



-----------

Violencia de género y denuncias falsas

 Publicado en El País el 20/11/2008

Sobre la carta publicada el 16 de noviembre acerca de la injusticia que supone que un hombre salga absuelto tras la falsa denuncia de su pareja o ex pareja por violencia de género, me gustaría aclarar algunos aspectos que llevan a malentendidos. En primer lugar, sería interesante pararse a pensar en los cientos de personas que día tras días salen absueltas de juicios o de causas pendientes a pesar de haber sido falsamente denunciadas. Sin embargo, cuando esto se produce, no se considera noticia. Ni es noticia, ni tiene que serlo, porque para eso existe la justicia en un Estado de derecho, para permitir que la persona falsamente acusada pueda denunciar e iniciar los trámites para que un nuevo juicio le permita reparar el daño realizado.

En segundo lugar, me llama la atención la proliferación que últimamente existe frente a los avances que cada día conseguimos en la lucha contra la violencia a las mujeres, de grupos de personas altamente enfadadas porque parece que la justicia no se comporta con ellos como antes lo había hecho. Lanzamos el tan dañino "bulo" de las denuncias falsas y lo aupamos a la altura, casi, de verdad absoluta, mientras la realidad es que su número es tan irrisorio que ni merecen ser nombradas, como no lo son las miles de que se dan en el sector de los seguros.

Y, tercero, recordar que 80.000 maltratadores han sido condenados por violencia de género, según datos de este mismo periódico. Una cifra alarmante que sin embargo se enfrenta a esa tendencia tan machista que recorre nuestra sociedad, la de dudar de que realmente las mujeres maltratadas lo estén siendo. Cuestionarlo es también dudar de los jueces que dictan las sentencias, de los equipos psicosociales de los juzgados que realizan el peritaje para dar peso al testimonio de las mujeres y del personal médico que realiza el parte de lesiones.


La única costumbre que hay que enseñar a los niños es que no se sometan a ninguna.

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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #306 en: 31 de Diciembre de 2008, 13:09:16 pm »
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 "Las denuncias falsas rondan el 9% en todos los delitos, pero en violencia de género no llegan al 4%".  Enrique López, portavoz del Consejo General del Poder Judicial, aclaró que el hecho de que no se concedan órdenes de protección en una de cada cuatro peticiones "no implica que haya una denuncia falsa". También rechazó que el sistema las provoque, y remachó que quienes lo hacen "son las malas personas y los malos abogados"


[/quote]

Supongo que estas estadísticas no contemplan los casos de hombres condenados injustamente, sería una incongruencia (no se puede ser al mismo tiempo condenado y absuelto por ser la denuncia falsa). Además creo que esas estadísticas dejan fuera a miles de hombres que se han visto, si no condenados, si agraviados profundamente en los procesos de separación y divorcio.

La cuestión es que en este tipo de delitos, gracias a la ley de violencia, se produce un desequilibrio desproporcionado entre ambas partes (hombre-mujer), desequilibrio que no se da en los otros casos de denuncias falsas.

Pongamos por caso que yo denuncio por injurias y calumnias a mi vecino; él se defiende diciendo que esas acusaciones no son ciertas. Si llega a los tribunales mi pretensión, el juez nos atenderá en igualdad de condiciones, sin dar mayor crédito a uno que a otro, ni establecer penas diferentes en función de ningún parámetro. Así, las denuncias falsas, en cualquier otro ámbito que no el de la violencia de género, son ventiladas sobre un telón de fondo de igualdad ante la ley.

Sin embargo, la citada ley permite que se dé rienda suelta a todo tipo de prejuicio en contra de los hombres, ocasionando un agravio comparativo, permitiendo que la palabra de la mujer prevalezca en función de una presunción de veracidad que atenta contra los derechos más fundamentales de, en este caso, el hombre.

Vamos, que es mucho más fácil denunciar falsamente y lograr mis pretensiones por muy injustas que estas sean si gozo del privilegio de que "me van a creer por el  hecho de que soy mujer", que arriesgándome a denunciar falsamente si la parte contraria goza de misma credibilidad que yo ante el juez.

Un saludo

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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #307 en: 31 de Diciembre de 2008, 20:07:18 pm »
A ver, no se puede decir que se han condenado a hombres injustamente sin aportar pruebas. De entrada vuelvo a decir que esta es una ley contra los maltratadores, y podemos hablar de si funciona o no, pero no de si es un objetivo para conseguir la igualdad. Su único fin es luchar contra la violencia de género. Cuando hablamos de violadores hablamos de delincuentes, ¿porqué cuando hablamos de maltratadores no lo hacemos como tal? Se dice que han aumentado las denuncias falsas, los datos lo desmienten, hay denuncias falsas de todo tipo y no hay más en este caso. Se dice que se condena injustamente a hombres, que se vulnera la presunción de inocencia de los hombres, pero alguien puede aportar datos fiables? Se aplican las mismas normas procesales que en el resto de los delitos, los jueces aplican las mimas garantías legales que a otros tipos de delitos, es falso que se condene sin pruebas, ¿nos vamos a fiar de lo que dicen algunos medios sobre esta ley , sin aportar pruebas de semejante afirmación? ¿Estamos acusando a los jueces de juzgar sin pruebas?  Y repito, flaco favor le hacemos a todas las mujeres que sufren este problema mezclandolo con las políticas de igualdad. Yo veo detrás de las críticas mucho machismo, utilizando expresiones que sólo buscan la bronca, una cosa es hablar de como se puede lograr la igualdad de derechos y otra muy distinta como se combate un delito. Igual algunos prefieren que este tipo de delitos permanezcan como antes entre las paredes de una casa, sin denuncias, y puede que esta o cualquier otra ley no sean suficientes, lo que está claro que no sirve es quedarse de brazos cruzados. No sólo por todas las personas,  en la mayor parte de los casos  mujeres, que mueren al año , también por todas los niños que lo padecen.
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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #308 en: 02 de Enero de 2009, 01:28:25 am »
Joe, de verdad que no conoces tú a nadie que esté sufriendo las consecuencias de las injusticias que permite esta ley? Debemos de vivir en universos diferentes, porque no me lo explico.


Un saludo

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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #309 en: 02 de Enero de 2009, 09:30:37 am »
Hola:

Os dejo una seríe de enlaces, creo que interesantes.

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Y éste es el extracto de la Memoria de la Fiscalia referente al tema:

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Un saludo
 nbspnbsp "quotquotSi puedo verte en la oscur

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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #310 en: 10 de Enero de 2009, 14:33:52 pm »
Hoy El País publica información sobre el último plan sobre violencia de género del Gobierno, que contempla medidas especiales en relación con las extranjeras en España: No puedes ver los enlaces. Register or Login

Vengo insistiendo, desde hace más de tres años, en el detalle de que había una sobrerrepresentación de mujeres extranjeras maltratadas, y de agresores extranjeros (en este caso, menos). Me alegro de que se hayan dado cuenta del detalle, de que piensen en proveer intérpretes, y de que piensen también en campañas específicas dirigidas a los hombres extranjeros.  Las mujeres no son sólo mujeres, sino ante todo personas, y si se quiere luchar contra el maltrato machista es necesario entonces atender a sus circunstancias.

Por lo demás, retomando el tema, y planteando otra perspectiva, os planteo esta noticia:

"Una mujer de 34 años fue detenida tras asestar una cuchillada en el abdomen a su ex-pareja, de 46 años, con quien había mantenido una discusión por la custodia del hijo de ambos, de dos años.  [Hechos sucedidos en Coristanco, Coruña, 13/12/2008.] Cuando llegó la Guardia Civil se encontró con que la mujer se había autolesionado y amenazaba con matar a su propio hijo" (ADN, versión en gallego, 15/12/2008.

Por supuesto, el caso planteado no entra dentro de la tipificación penal de la violencia de género, dado que en este caso el agresor es mujer.

Pues bien. Opino que este también es un caso de violencia de género, porque tiene su base en la percepción por parte de la mujer de que se ha invadido lo que considera su espacio (la custodia de los hijos). Tradicionalmente, el espacio privado o familiar era competencia de las mujeres, el público de los hombres.
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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #311 en: 10 de Enero de 2009, 16:26:16 pm »
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"Una mujer de 34 años fue detenida tras asestar una cuchillada en el abdomen a su ex-pareja, de 46 años, con quien había mantenido una discusión por la custodia del hijo de ambos, de dos años.  [Hechos sucedidos en Coristanco, Coruña, 13/12/2008.] Cuando llegó la Guardia Civil se encontró con que la mujer se había autolesionado y amenazaba con matar a su propio hijo" (ADN, versión en gallego, 15/12/2008.

Por supuesto, el caso planteado no entra dentro de la tipificación penal de la violencia de género, dado que en este caso el agresor es mujer.

Pues bien. Opino que este también es un caso de violencia de género, porque tiene su base en la percepción por parte de la mujer de que se ha invadido lo que considera su espacio (la custodia de los hijos). Tradicionalmente, el espacio privado o familiar era competencia de las mujeres, el público de los hombres.

Si crees eso es que no te has enterado de nada. Si un hombre mata a una mujer en una discusión sin que haya maltrato continuado, eso no es violencia de género, es un homicidio, sin más, como os gusta enredar, que barbaridad
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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #312 en: 10 de Enero de 2009, 16:30:10 pm »
Si se siguen los datos estadisticos, hay un porcentaje de hombres que sufren maltrato de entorno al 17 por ciento. frente al 87 de mujeres. Hay en efecto hombres maltratados.

Por otro lado es descorazonador comprobar que las cifras de muertes de mujeres siguen siendo prácticamente las mismas. Despues de tantos recursos y trabajo para convatir esta lacra.

Si las cofras se analizan con más detalle , se puede observar que en la población española va decreciendo, manteniendo las cifras la población extranjera.

Disculparme si me voy mucho del hilo del debate, es que he leido únicamente los últimos mensajes.

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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #313 en: 10 de Enero de 2009, 16:48:50 pm »
y ya que ha desaparecido el enlace que puso el compañero me permitiré copiar algunas cosas que me parecían muy interesantes

Los hechos denunciados deben probarse por quién formula acusación, valiéndose para ello de todos los medios admitidos en derecho, siempre y cuando lleguen al procedimiento sin vulnerar derechos fundamentales en su obtención, deben reunir las características de utilidad, licitud e idoneidad definidas por diversas sentencias del Tribunal Constitucional

- Alguna casuística -

La Audiencia absuelve al condenado en primera instancia porque el testimonio de cargo fue prestado por un cónyuge o pariente del imputado, sin previa información de su derecho a no declarar. (A P Sevilla, sec 4ª S 12.1.2007).

El sistema acusatorio vigente impide sancionar infracciones que no hayan sido objeto de acusación. En la sentencia que se cita esos hechos constituían abuso y agresión sexual a la esposa quien con vínculo matrimonial subsistente se acoge a la dispensa de no declarar. (AP Madrid, sec 27ª S 14.7.2006)

La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto por la acusación particular (anteriormente denunciado) contra la sentencia que absolvió a los acusados del delito de denuncia falsa porque no se había producido ninguna prueba que acreditara “malicia” al efectuar la denuncia y porque la absolución del recurrente fue por falta de pruebas (no por libre absolución). (AP Alicante, sec 2ª S 26.9.2005).

“Los responsables sanitarios y la dirección de los centros de menores están obligados a poner en conocimiento de la autoridad o sus agentes cualquier indicio de la comisión de hechos delictivos contra los mismos … Luego en modo alguno se debió hacer mayor comprobación médica de la realizada, para denunciar los hechos, pues corresponde a la autoridad judicial disponer de las pericias necesarias para su comprobación,... Basta para tal denuncia la existencia de cualquier indicio o la mera sospecha racional.”(AP Santa Cruz, sec 5ª, A 24.2.2006)

-Informe de la Fiscalía respecto de las denuncias

Es interesante a los efectos de este trabajo poder transcribir literalmente “cuando se somete constantemente a la Ley Integral de medidas de protección contra la Violencia de Género a la crítica severa de que se utiliza para resolver cuestiones matrimoniales propias del derecho de familia como si lo general fuera realizar acusaciones y denuncias falsas, lo que de forma tajante se puede afirmar que no es cierto, aunque aparezcan casos aislado como en cualquier otra actividad delictiva” (pag. 356-357 de la citada Memoria)

La “retractación” de las victimas responde a diversas razones y generalmente al amparo de la dispensa para no declarar contenida en el artículo 416 L.E.Crim. en razón de la relación conyugal. La falta de declaración de la víctima trae como consecuencia un índice elevado de sentencias absolutorias, y la desprotección de la víctima por no haber podido reproducir en los procedimientos lo que sucede en la realidad y una vía de impunidad.

El derecho a la “presunción de inocencia” del agresor y la víctima y su conculcación

El derecho fundamental a la presunción de inocencia viene consagrada en el artículo 24.2 de la Constitución. Tiene antecedente en el artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos entre otros instrumentos internacionales.

Impregnado el procedimiento judicial por este principio, es preciso que se desarrolle una actividad probatoria de cargo, cuya iniciativa corresponde a la acusación, y mientras no se demuestre lo contrario toda persona acusada de un delito debe ser considerada inocente. En ese sentido la Sentencia 31/1981 del Tribunal Constitucional.

Los matices a tener en cuenta, perfilan las conductas frecuentes y las consecuencias de las posibles denuncias, que se producen en el ámbito de las relaciones estudiadas son:

- La falta de concreción del tipo imputado por el denunciante, obliga a hacer la interpretación más favorable para el acusado. (AP Granada, sec 1ª S8.3.2007).

- Las manifestaciones realizadas por el acusado en su descargo y en explicación de los hechos que lo implican, deben interpretarse como el derecho a no declarar contra si mismo y no confesarse culpable que le asiste. (AP Granada, sec 2ª S7.3.2007).

- La conciencia de la inveracidad de las de las imputaciones, no su mera inexactitud, configuran el tipo penal del delito de denuncia falsa y permite condenar al acusado. (AP Valencia, sec 1ª S26.2.2007).

- La falsedad de la imputación no se deduce necesariamente de la absolución o del archivo de las actuaciones, que pueden responder a razones distintas a la falta de veracidad de la denuncia realizada. (AP Madrid, sec 5ª, A 26.2.2007). Sin embargo, la denuncia de un delito inexistente sin autor conocido, que provoca la actuación policial y judicial, si configura el delito de denuncia falsa. (AP Madrid, sec 16ª S 9.2.2007).

La valoración de las pruebas consistente en un testimonio personal sólo puede ser realizada por el órgano judicial ante el que se practiquen y siempre que haya mediado “inmediación, contradicción y publicidad” en preservación de la presunción de inocencia con el alcance previsto en el artículo 24.2 CE y la interpretación doctrinal respecto del mismo del Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. (AP Lleida, sec 1ª S 19.12.2006).

La Sentencia de 14.7.2006 de la Audiencia Provincial de Madrid, sección 27ª, aporta criterios de interpretación ilustrativos para valorar la “presunción de inocencia” de la víctima

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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #314 en: 10 de Enero de 2009, 16:50:54 pm »
Las denuncias presentadas por hechos constitutivos de violencia de género representan una parte del problema social que la misma constituye, no todas las víctimas hacen uso de su derecho a denunciar, así lo demuestran las muertes de mujeres en manos de sus parejas sin que consten denuncias previas.

La posibilidad de ejercer la acusación pública implica una expresión más del compromiso de la sociedad por tratar a este tipo de delitos como conductas cuyos efectos exceden el ámbito privado y su afrontamiento será más eficaz

Un porcentaje importante de archivo de denuncias o sentencias absolutorias se producen por la imposibilidad de acreditar los hechos adecuadamente. Esta circunstancia no implica necesariamente la falsedad de la denuncia.

La opción de acogerse a la dispensa de no declarar contra el cónyuge o pareja de hecho es una de las causas más generalizada que impide contar la prueba de cargo en el acto del juicio.

Se mantienen en la legislación normas que responden a un concepto de familia constituida por vínculos indisolubles y cuya finalidad atiende prioritariamente al mantenimiento del grupo que al respeto individual de cada una de las personas en su integridad física y moral.

La legislación y la interpretación jurisprudencial han ido equiparando las relaciones matrimoniales y las de parejas de hecho, e incluso incursionando en las diferencias cuando estas ultimas suponen estabilidad, convivencia o no, con distintos efectos.

La legislación penal es excesivamente garantista y prevalece la presunción de inocencia en detrimento del derecho a la protección judicial efectiva de diversos derechos fundamentales de la víctimas. En ese difícil equilibrio de intereses jurídicos a amparar la erradicación de la violencia de género es un camino recién iniciado y con muchos escollos jurídicos a remover.
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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #315 en: 10 de Enero de 2009, 16:52:57 pm »
Repito, " no se trata de una discriminación por sexo, no es el sexo en sí de los sujetos lo que el legislador toma en consideración como efectos agravatorios, sino el carácter lesivo de ciertos hechos a partir del ámbito relacional en el que se producen, y del significado que adquieren como una manifestación de una grave y arraigada desigualdad. La sanción no se impone por  razón del sexo. Se trata de la sanción de hechos más graves que el legislador considera que lo son por constituir una manifestación  específicamente lesiva de violencia y de desigualdad".
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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #316 en: 10 de Enero de 2009, 23:08:18 pm »
Me había leído el enlace del compañero.

Insisto en mi idea. La expresión "género" se refiere a una configuración histórica, cultural y social de las relaciones personales en función de su sexo.  Si una violencia se produce de acuerdo con esta definición, sigue siendo un problema de género.  Ciertamente, no es la definición legal, ni se plantea el problema de la habitualidad, que la jurisprudencia exige para mostrar que efectivamente se ha producido esa situación de dependencia y sujeción a un rol de género.

Resulta curioso en tal sentido que las noticias que aparecen en la prensa no se plantean ese aspecto de habitualidad y predefinen como violencias de género casos en los que tal vez no exista dicha habitualidad.

En el caso que planteo, aunque se demuestre que haya habido habitualidad en acciones de violencia o maltrato de la mujer hacia el hombre, la tipificación de los hechos no es la misma que si el agresor hubiera sido una mujer.  Lo sabes bien, m_sgh.

En cuanto al artículo que mencionas, indudablemente, que muchas denuncias acaben en absolución no implica la falsedad de la denuncia, sino que no se ha podido probar; lo cual tampoco puede implicar, legalmente, la culpabilidad del acusado, porque debemos partir del principio de la presunción de inocencia.

En cuanto al derecho de no declarar, que citas, se ha planteado, y me parece bien, que ese derecho no debería existir.

El punto de vista que planteo es que es necesario analizar los sesgos de género como un todo, y que pueden existir tales sesgos también en las mujeres en relación con los hombres.  Nadie duda de que las mujeres sufran muchos más casos de maltrato físico o psicológico; y que tales casos son sangrantes; que hay hombres que los sufren, en menor medida, también ocurre.




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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #317 en: 11 de Enero de 2009, 02:19:38 am »
La violencia de género no es la violencia de un género hacia otro si mas. El legislador parte de que hay una circunstancia especialmente gravosa para uno de los géneros y eso es lo que pretende combatir. Una cosa es que los medios utilicen esa expresión para todos los casos y otra muy distinta que se juzguen a todos por igual . No todos los crímemes de hombres hacia mujeres son violencia de género,  no puede considerarse como tal el caso de un anciano que acaba con la vida se su compañera o viceversa porque cree que no puede atenderla y se ve sólo. Del mismo modo que no todos los  crímenes entre personas de distinta raza tienen tintes racistas .
Insisto, no es lo mismo la violencia doméstica que la vilencia de genero. Creo que la diferencia está bien clara, y qu el legislador decide que esta última tiene su origen en una discriminación estructural de la mujer por el reparto no equitativo de roles sociales que no se da en el género masculino.
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En cuanto al artículo que mencionas, indudablemente, que muchas denuncias acaben en absolución no implica la falsedad de la denuncia, sino que no se ha podido probar; lo cual tampoco puede implicar, legalmente, la culpabilidad del acusado, porque debemos partir del principio de la presunción de inocencia.
Es que no implica la culpabilidad del acusado. Como bien dice el artículo nuestra legislación penal es excesivamente garantista y prevalece la presunción de inocencia en detrimento del derecho a la protección judicial efectiva de diversos derechos fundamentales de la víctimas.
Por ultimo, nadie niega que haya hombres que sean maltratados o que mueran por ello, simplemente  no es lo mismo, ni por la cantidad es un grave problema ni tiene las especiales circunstancias que se dan en la violencia ejercida de algunos hombres hacia mujeres .
La única costumbre que hay que enseñar a los niños es que no se sometan a ninguna.

Desconectado boropau

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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #318 en: 11 de Enero de 2009, 12:00:06 pm »
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   A pesar de que estoy aprendiendo mucho con las ultimas intervenciones lo cual os agradezco, un poco de humor considero que siempre viene bien.

Desconectado Drop

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Re: ¿Igualdad efectiva?
« Respuesta #319 en: 11 de Enero de 2009, 15:15:58 pm »
Muy bonita la presentación, Boropau.

m_sgh, prefiero que el sistema penal sea garantista.  Eso sí, estoy de acuerdo en que se elimine en estos casos la posibilidad del artº 416 LECrim, que permite al cónyuge no declarar.

Por supuesto, en tal caso, como testigo tendrá la obligación de decir verdad.

Si el sistema no fuese garantista es verdad que más procesados o imputados serían condenados; también es verdad que si partimos de la eliminación de la presunción de inocencia las cosas se pueden tornar muy feas, incluso contra las mujeres.

Partimos de una definición distinta de "violencia de género".  En ese sentido, y para dar un poco más de profundidad al debate, querría recordar que por Reglamento de la UE de 2006 se creó un Instituto Europeo de la Igualdad de Género, con sede en Vilnius, que ya ha empezado a funcionar (No puedes ver los enlaces. Register or Login), y que desde luego tiene una concepción más global de lo que significa "género", lo cual es lógico, dado que el sentido social de la palabra "género" no se limita a la mujer (No puedes ver los enlaces. Register or Login).

Dices que la prensa confunde el homicidio con la violencia de género.  Puede ser.  Pero incluso tablas oficiales también lo confunden.  Así, en la web del Instituto de la Mujer, puedes ver las cifras:  No puedes ver los enlaces. Register or Login, cifras que para colmo se basan en gran medida en la prensa.

En definitiva, lo que podemos proponer desde el punto de vista masculino es que a) el Instituto de la Mujer se reconvierta en un Instituto de Estudios de Género; b) que se empiecen a señalar los casos de violencia femenina hacia los hombres; b) que se hagan estudios sobre un muy probable sentido machista o sexista de algunas mujeres; c) que se estudie si esos casos de lo que denominas "simple violencia doméstica" ocultan un serio sesgo de género por parte de la mujer que ha visto invadido su espacio privado, tradicional; d) que se hagan estudios sobre cualquier situación en que se observe infrarrepresentación tanto masculina como femenina.

No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)