En mi opinion , la dotrina que iguala las oportunidades entre hombres y mujeres , o entre mujeres y hombres , no es el feminismo .El feminismo es una estupidez de igual naturaleza que el machismo .La doctrina que iguala y ha de luchar por esa igualda absoluta , que por desgracia no se produce en muchas ocasiones y en muchos ambitos , ha de ser el sentido comun , la dignidad de ostentar la condicion humana , el sistema juridico y judicial , etc .Pero el feminismo es , siempre en mi opinion , un error tan grave como el machismo , pues tiene un fin encubierto y solapado , que no es sino la prevalencia de un sexo sobre otro .
El legislador se ha de regir por una serie de principios , siendo uno de los principales el de intervencion minima , esto es , regular solo aquello que no este regulado con anterioridad , que constituya laguna, por tratarse de una materia , relacion o situacion que suponga una exigencia , una necesidad o demanda social .
En la medida que la igualdad general esta prevista como valor superior del ordenamiento juridico en el art1.1 de CE78 , Y DE FORMA EXPRESA EN EL ART.14.1 , así como en el ET , otras normas de nuestro derecho interno , y los pactos y acuerdos internacionales ratificados por Españna (PIDCP DE 1966 de Nueva york , Convencion Europea de derechos humanos de Roma 1950 , y DUDH de 1948 , por ejemplo , y que forman parte de nuestro derecho interno a tenor de lo dispuesto en el 10.2 CE 78 ) , LO QUE TIENE QUE HACER TANTO ejecutivos como legislativo es poner todos los medios facticos para que esas disposiciones se cumplan siempre y en todo caso , y no reiterar y sobrecargar el ordenamoiento juridico con algo que ya esta regulado de forma imperativa .
Cuando una mujer , o un hombre, se encuentren en situacion social de necesidad , de la naturaleza que esa , es cuando los ejecutivos y la Administracion ha de poner todos los esfuerzos para que esa persona , o colectivo , pueda sobrellevar o solucionar el problema concreto que sufra .
Como ejemplo , realizar esfuerzos en la creacion para residencias de ancianos o personas que padecen algun tipo de incapacidad , que los jueces de lo civil hagan cumplir las sentencias de pensiones referidas a ruptura de la pareja (son los hijos quienes pagan el icumplimiento del conyuge que le corresponda satisfacer la pension) , que la listas de espera para operacion en hopitales sea minima , etc
Saludos .