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Autor Tema: Civil III  (Leído 2473 veces)

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Desconectado hum230674

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Civil III
« en: 30 de Enero de 2009, 10:17:53 am »
Hola, por favor agradeceria que en cuanto alguien sepa las preguntas que han caido hoy de civil III las cuelgue, Un saludo.


Desconectado luthien

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Re: Civil III
« Respuesta #1 en: 30 de Enero de 2009, 10:52:45 am »
Las he puesto en el hilo de exámenes de la primera semana, ha estado muy bien. Estoy contenta.
La mejor defensa es una vida honrada.

Desconectado kekoman

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Re: Civil III
« Respuesta #2 en: 30 de Enero de 2009, 11:25:56 am »
Me podeis decir que habeis puesto en el caso practico,  yo creo que el usufructuario de un piso no puede ser presidente de la comunidad, pero no estoy seguro.
Por lo demas bien estoy contento, solo que en el espacio tasado es casi imposible resumir lo que te preguntan. suerte

Desconectado Sr. Bob

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Re: Civil III
« Respuesta #3 en: 30 de Enero de 2009, 11:56:08 am »
El art. 13. puntos 2 y 3 de la LPH., establece claramente que los propietarios elegirán de entre ellos un presidente que representará a la comunidad en juicio y fuera de él. Dada la única posibilidad que cita la ley para que ese cargo sea desempeñado por un copropietario, la contravención nombrando presidente a un tercero que no ostente derecho de dominio alguno en el inmueble dividido en régimen de propiedad horizontal implicará que ese acuerdo de nombramiento será anulable desde el momento de su adopción por la junta, para lo cual los copropietarios disidentes deberán plantear la correspondiente impugnación judicial en tiempo y forma adecuada.

En cualquier caso, habrán de desligarse las cuestiones relativas a la propiedad de las correspondientes al derecho de usufructo. Dado que la relación de copropiedad sobre elementos comunes se establece entre los titulares del derecho de dominio afectante a las entidades privativas que se integran en el inmueble, la relación jurídica creada entre los constituyentes del usufructo no afectará a aquélla, por lo que a todos los efectos el propietario de la vivienda o nudo propietario será quien estará investido de derechos y obligaciones frente al resto de condóminos. Por ello entiendo,  que tampoco podrá ser nombrado presidente el usufructuado, debiendo ser considerado a los efectos como tercero en la relación de propiedad compartida entre comuneros, máxime cuando el art. 15.1 de la LPH. establece que el voto en caso de usufructo corresponde al nudo propietario, con independencia de que el mismo pueda ser representado en junta por el usufructuario en los asuntos que se refieran a los actos de administración.

 

Desconectado kekoman

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Re: Civil III
« Respuesta #4 en: 30 de Enero de 2009, 12:11:44 pm »
Gracias por tu respuesta, en lineas generales es lo que yo he puesto.

Ahora os pregunto ¿como lo haceis para realizar el examen en tan corto espacio tasado, si sumamos las paginas del libro correspondientes al examen son 7 paginas mas el caso practico, ¿ como podemos meter todo esto en pagina y media escrita a mano?, costaria al menos dar dos folios? yo me he quedado sin poner cosas que sabia por el espacio y eso que he hecho la letra minuscula. Uno menos.

Desconectado daniel79

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Re: Civil III
« Respuesta #5 en: 30 de Enero de 2009, 12:19:06 pm »
Buff, la he liado con el práctico.... he puesto que si podía..... que si se presentaba con el consentimiento del titular para representarlo y la Junta le elegía por mayoría sí podía ejercer..... que campeón!!!

Paciencia, el resto bien.



Esclavo de tus palabras y dueño de tu silencio.

Desconectado elnono

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Re: Civil III
« Respuesta #6 en: 30 de Enero de 2009, 12:20:44 pm »
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Gracias por tu respuesta, en lineas generales es lo que yo he puesto.

Ahora os pregunto ¿como lo haceis para realizar el examen en tan corto espacio tasado, si sumamos las paginas del libro correspondientes al examen son 7 paginas mas el caso practico, ¿ como podemos meter todo esto en pagina y media escrita a mano?, costaria al menos dar dos folios? yo me he quedado sin poner cosas que sabia por el espacio y eso que he hecho la letra minuscula. Uno menos.

Aunque sea facil de decir, tenemos que limitarnos a las instrucciones que nos dan por escrito en el mismo examen. Hay que ir inmediatamente a lo concreto, respondiendo directamente a lo que se nos pregunta, sin tratar de temas conexos (cosas que nos vamos acordando y que nos gustaría poner para impresionar de lo que sabemos). Conviene hacerse un guión en borrador de lo que vamos a exponer y el orden en el que vamos a hacerlo. A veces si sabemos mucho pecamos de escribir cosas secundarias y lo fundamental ya nos falta papel. Los profes, cuando empiezan a leer, les gusta empezar comprobando que se va al grano y se responde correctamente, si hacemos otra cosa damos la impresión que nos vamos por los cerros de Ubeda porque no sabemos.  ;)

Por cierto, encantado de saludaros a todo el mundo, llevaba unos cuantos de meses perdido. Hoy hice también el examen de Civil. Suerte a todos.
Cada día un pelin más Derecho.

Desconectado Shor

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Re: Civil III
« Respuesta #7 en: 30 de Enero de 2009, 13:24:05 pm »
Pues Daniel79, yo he dicho mas o menos lo mismo que tu. Es que la pregunta me ha pillado por sorpresa. He pensado que, en el caso por ejemplo de usufructos vitalicios, parecía no tener mucho sentido que de cara a la comunidad se siguiera teniendo en cuenta al propietario, cuando quien ejerce los dchos sobre el piso es el usufructuario... pero veo que pensando esto me equivocaba
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Desconectado Shor

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Re: Civil III
« Respuesta #8 en: 30 de Enero de 2009, 13:28:41 pm »
Por cierto... en civil, estando bien el resto de preguntas, aun se aprueba, aunque el caso práctico no lo esté ¿verdad?
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Desconectado ne

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Re: Civil III
« Respuesta #9 en: 30 de Enero de 2009, 14:01:10 pm »
Hola a todos.
Yo también conteste que no se podía pero explicandolo mucho más sencillo. (mi nivel no da para mas y contestar la última pregunta fue una tensión constante, pensando todo el tiempo ¡Que no me llega el papel!). Ayer no pensaba presentarme pues no lo veía claro, pero hoy estoy la mar de contenta con el resultado (espero que no suspendan por letra demasiado pequeña). Asi que a todos los que estais con dudas animo y al examen, nunca sabes exactamente como lo tienes de preparado.

Por fin un descansito (esta tarde na más). Ha sido una semana agotadora y aún lo que nos queda. Pero de momento estoy satisfecha.... si no pasa nada raro. La semana que viene tocan otras tres y despues creo que necesito tener la mente en blanco una temporada.

Un saludo

Desconectado maria jose marbella

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Re: Civil III
« Respuesta #10 en: 30 de Enero de 2009, 14:10:07 pm »
Hola chicos, a mi me ha salido bordao ;)
Solo quería preguntar donde puedo ver el hilo de examenes de la primera semana que nombran más arriba, quería saber que ha caido en EB y Responsabilidad.

Gracias

Desconectado magui

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Re: Civil III
« Respuesta #11 en: 30 de Enero de 2009, 14:17:00 pm »
Jo... pues yo en el caso práctico puse que sí podía si la aprobaban en la Junta, explicando mas o menos el procedimiento. Más que nada porque leyendo el libro dice en varios sitios que un usufructuario tendría los mismo derechos que el propio dueño, como si de un dueño más se tratase, entonces no lo veo como un tercero sin más.

¿Alguien más ha contestado como yo?

Jolin, que no voy a pasar del 5 en la vida con esta...
No por mucho madrugar, amanece más temprano.

Desconectado CHIQUIMINITETI

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Re: Civil III
« Respuesta #12 en: 01 de Febrero de 2009, 19:38:44 pm »
MAGUI, yo he contestado como tu, sí que puede pues lo normal es que en el título constitutivo del usufructo pueda el usfructuante otorgar el derecho , estamos hablando de propiedad horizontal y no de copropiedad ordinaria( para los elementos comunes ) . Asimismo también se podria con el cambio de los estatuos por unanimidad de la comunidad y sino por cambio del título constitutivo. Eso es lo que más o menos puse yo. Haber que pasa.