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Autor Tema: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA  (Leído 16313 veces)

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Desconectado nolo

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MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« en: 06 de Febrero de 2009, 00:56:54 am »
Hola compañeros, tengo unas dudas y me gustaría que algunos me la aclararán. Resulta que recibo de la Delegación de Hacienda la reclamación de una deuda por al parecer una multa que no me ha sido comunicada, aunque llamando al numero de teléfono que adjuntan me dicen que si. Mi duda es que proceso debo de seguir al menos para que los procesos se alargen. es imprescindible ir por lo Contencioso-administritivo o podría hacer una reclamación economica-administrativa?. Necesito vuestro consejo, muchas gracias de antemano.   


Desconectado lapicero

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #1 en: 06 de Febrero de 2009, 02:04:19 am »
Yo que tú me aseguraba si es verdad o no que te lo han comunicado, podría ser que alguien que se encontrara en casa firmara la carta certificada y no te la diera (poco probable), aunque lo más seguro es que te lo notificaran en algún domicilio antiguo, en este caso te lo habrían publicado en el boletín oficial de la comunidad donde te sancionaron.

Si la dirección del domicilio fuese errónea por tratarse de una equivocación por parte de ellos, creo que podrías recurrirla.

Siento no poder ayudarte en cuanto al procedimiento a seguir.

Un saludo.

Desconectado KABOLO

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #2 en: 06 de Febrero de 2009, 07:19:25 am »
Quizá te pueda ser útil leer el hilo en Temas jurídicos titulado UNA MULTA ¡¡¡AYUDA POR FAVOR!!!.
Saludos.

Desconectado lourdes06

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #3 en: 06 de Febrero de 2009, 09:25:07 am »
Me parece que una vez que te la han notificado por hacienda no tienes otra que hacer una reclamación económico administrativa, pero en la misma notificación OBLIGATORIAMENTE tiene que poner los recursos y los plazos para interponerlos y ante quien, mira bien y hazlo que tiene efectos suspensivos (creo recordar que lo estudié el año pasado)

Desconectado tomk

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #4 en: 06 de Febrero de 2009, 10:41:52 am »
esto es de memoria
creo recordar que primero se paga y después si no estas conforme puedes recurrir...

Desconectado nolo

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #5 en: 06 de Febrero de 2009, 10:55:29 am »
Lo de la Multa ayuda por favor ya lo leí, el problema es que no he hecho ningún recurso porque no se me notifico, por tanto mi duda es esta puedo hacer una reclamación económica administrativa con la comunicación de la administración de hacienda antes de pagar? el tema es que ahora como todo el mundo no tengo un duro, solamente con aplazarlo durante un tiempo ya e doy por satisfecho. Muchas gracias a todos por vuestra ayuda que me hace sentirme bien.

Desconectado Lili

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #6 en: 06 de Febrero de 2009, 14:34:34 pm »
Me parece que está en vía ejecutiva y tienes que pagar o solicitar un aplazamiento de pago, No puedes ver los enlaces. Register or Login o directamente en la Agencia tributaria. Luego, puedes presentar una recurso de revisión para verificar si las notificaciones fueron defectuosas  o no, en cuyo caso no cambia el deber de pagar la multa, aunque sí los recargos.
Abogada Icamalaga

Desconectado nolo

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #7 en: 07 de Febrero de 2009, 15:26:21 pm »
Efectivamente esta en vía ejecutiva. A ver si podéis ayudar a atrasar al menos el pago,es posible en este momento hacer una reclamación económica administrativa para alargar el plazo? o seria preceptivo cuando venga con apremio? Un abrazo a todos y mucha suerte con los exámenes, así como en la vida.

Desconectado simple22

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #8 en: 07 de Febrero de 2009, 15:47:10 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Si alguien tiene acceso a este documento... Puede ser lo que buscas, yo no tengo tiempo para acceder ahora, después de la partida de ajedrez, sí podré.

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Desconectado nolo

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #9 en: 07 de Febrero de 2009, 16:37:39 pm »
Suerte con la partida, a ver si me puedes echar un cable, creo que has dado en el clavo. Muchas gracias por tu atención

Desconectado simple22

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #10 en: 07 de Febrero de 2009, 22:53:34 pm »
Pues por lo visto, esta fue otra ley típicamente mafiosa de Aznar. Mira el art. 62 LGT.

¡¡No están obligados a notificar!!

¡Míralo!

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Madre mía que año tan terrible fue 2003, legislativamente hablando. ¡¡Leyes absolutamente horribles, monstruosas!!
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Desconectado nolo

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #11 en: 07 de Febrero de 2009, 23:00:01 pm »
¿ES para vosotros viable hacer una reclamación económica administrativa?  en ese caso positivo que alego en ella?, aunque sea atrasar el pago con eso me conformo, la verdad que estamos indefensos. Muchas gracias a todos

Desconectado actuario

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #12 en: 07 de Febrero de 2009, 23:01:14 pm »
Claro que estan obligados a notificar, es un procedimiento administrativo. Pero se puede notificar por edictos o publicación el en boe y ni te enteras. si lo han intentado, y esta en ejecutiva no lo para ni un tren, ver suspension de ejecucion en la LGT y reglamento de recaudacion.


Desconectado actuario

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #13 en: 07 de Febrero de 2009, 23:03:34 pm »
para el carro nolo, pide un aplazamiento o fraccionamiento y paga como una hormiguita, no te compliques.

Desconectado simple22

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #14 en: 07 de Febrero de 2009, 23:15:05 pm »
Sí, perdona, he tenido un lapsus calami. Yo en todo caso, recurriría la multa, sin perjuicio de pagar, yo intentaría anular la orden de pago.
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Desconectado nolo

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #15 en: 07 de Febrero de 2009, 23:24:14 pm »
Muchas gracias, cual es el procedimiento para hacerlo?, la verdad que la vida te enseña en la practica, si no fuese por este foro mi vida seria muy diferente. Gracia a todos

Desconectado simple22

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #16 en: 08 de Febrero de 2009, 13:45:30 pm »
¿Me puedes dar tu correo?

Es para mandarte una guía sobre impugnaciones de este tipo.
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Desconectado nolo

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #17 en: 08 de Febrero de 2009, 13:53:24 pm »
Mi correo es noli6697@hotmail.com    Muchas gracias por tu interes, asi como tu solidaridad. Un abrazo enorme a todos

Desconectado Lili

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #18 en: 09 de Febrero de 2009, 20:44:06 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Pues por lo visto, esta fue otra ley típicamente mafiosa de Aznar. Mira el art. 62 LGT.

¡¡No están obligados a notificar!!

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Madre mía que año tan terrible fue 2003, legislativamente hablando. ¡¡Leyes absolutamente horribles, monstruosas!!
Las diferencias  con al AEAT por el tema de las notificaciones nunca terminan.
El caso es:
Según la Norma Principal que rige sobre este asunto (Notificaciones AEAT), LEY 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. (BOE 18-12-2003)Título III. La aplicación de los tributos.
Capítulo II. Normas comunes sobre actuaciones y procedimientos tributarios.
Sección 3.ª Notificaciones.

Artículo 112. Notificación por comparecencia. (112.1 el que nos interesa)

1. Cuando no sea posible efectuar la notificación al obligado tributario o a su representante por causas no imputables a la Administración e intentada al menos dos veces en el domicilio fiscal, o en el designado por el interesado si se trata de un procedimiento iniciado a solicitud del mismo, se harán constar en el expediente las circunstancias de los intentos de notificación. Será suficiente un solo intento cuando el destinatario conste como desconocido en dicho domicilio o lugar.

En este supuesto, se citará al obligado o a su representante para ser notificados por comparecencia por medio de anuncios que se publicarán, por una sola vez para cada interesado, en el «Boletín Oficial del Estado» o en los boletines correspondientes de las comunidades autónomas o de las provincias o edictos  municipales /locales correspondientes, según la Administración de la que proceda el acto que se pretende notificar y el ámbito territorial del órgano que lo dicte.
La publicación en el boletín oficial correspondiente se efectuará los días cinco y 20 de cada mes o, en su caso, el día inmediato hábil posterior. Estos anuncios podrán exponerse asimismo en la oficina de la Administración tributaria correspondiente al último domicilio fiscal conocido.
etc, etc.

Notificar, notifican pero la eficacia brilla por su ausencia. En último caso el contribuyente queda notificado por publicación en el BOE, lo cual quiere decir que no se entera hasta que le llega por correo certificado  un aviso de la notificación  por boletín o ni siquiera esto y se entera  del embargo de la deuda   a través  del extracto bancario.
El tema de las notificaciones defectuosas ha generado una jurisprudencia impresionante. No obstante, en el presente caso habría que preguntarse si el hecho de no ser notificado cambia la causa de la multa. Lo único que podría evitarse es el recargo.

Pienso que en vía ejecutiva tendrás que pagar primero. Para recurrir una sanción tributaria  tienes que haber estado en plazo y presentar las alegaciones pertinentes a la AEAT mediante un recurso de revisión, reposición o directamente al TEAR mediante un recurso económico administrativo.  Son los  procedimientos que te indican en la providencia de apremio o en un requierimiento parecido de la  DGT si se trataba de  una multa de tráfico.                   
Abogada Icamalaga

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Re: MULTA RECLAMADA POR HACIENDA
« Respuesta #19 en: 09 de Febrero de 2009, 22:33:23 pm »
Mi pregunta es esta,a ver si me lo podéis confirmar: es susceptible en este caso un recurso extraordinario de revisión?