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Autor Tema: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO  (Leído 10317 veces)

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Desconectado Lauchan Kyoto

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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #40 en: 19 de Febrero de 2009, 12:01:13 pm »
Buenas  todos,

Yo quería hablar un poco de lo que ha pasado este año en la Carlos III, yo estudié allí hace 3 años, pero todos mis amigos siguen allí. Como sabréis, este universidad es una de las pocas públicas (sino la única) que ha empezado este año con los Grados. Pues bien, mis amigos iban a entrar en cuarto (primero una aclaración, en la Carlos III, todas las carreras eran de 4 años máximo, la carga lectiva era mayor, pero la calidad excelente), sólo les quedaba este año.

Es cierto que a ellos nos les obligaron a cambiarse al Grado ni nada de eso, de hecho, porque sólo había Grado como tal en 1º, pero lo que les hicieron, bueno están haciendo, también manda narices. Siguen con la Licenciatura, pero el método de trabajo es el de Grado para todos. La diferencia básica estriba como ya he leído en algún sitio, en los Créditos, no son iguales que los de antes, prima ahora mucho más la asistencia a clase, la realización de trabajos contínuos, lecturas obligadas... etc.

Ahora me pregunto yo... esto ha sido posible porque los alumnos van a una Universidad presencial, pero cómo se piensan organizar este "nuevo sistma" en una Universidad a distancia??? Nos van a mandar trabajo y lecturas?? No es por nada, pero bastant ajustada voy ya con el trabajo y la Universidad... como para encima tener que hacer más cosas. (y mi caso no es de los complicados, no tengo más obligaciones que esa).

Hay demasiadas cosas en el tintero, nada se especifica y llegada la hora todo se impone.

Quiero decir también que sí, hay que luchar, pero por mi parte ya empiezo con pesimismo, en otras Universidades también se hicieron quejas, sugerencias, manifestaciones incluso... y de nada sirvió. A ver si nosotros somos capaces de plantearlo de tal manera que demos la vuelta a la tortilla. Jugamos con la ventaja de que es a distancia, y los métodos de estudio, planificacion, etc, son diferentes...

Espero que no os haya aburrido demasiado.

BESOS

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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #41 en: 19 de Febrero de 2009, 12:09:52 pm »
Mile, si no lo quieres ver no lo veas, a mí me da igual. Te basas para negar la evidencia en que yo he llamado máster al curso de 60 créditos que vamos a tener que hacer. Está claro leyendo la ley, que no nos va a valer con tener la licenciatura y aprobar el exámen para acceder a la profesión. Habrá que hacer ese curso, del cual, realmente ignoro su duración (más arriba hablan de dos años, lo cual es un agravio respecto a la gente de grado que hará 4+2 años y nosotros 5+2 años), precio (estoy segurísima de que servirán para que algunos ganen mucho dinero) y horas de práctica, (las cuales desde luego yo no puedo hacer).  Personalmente, me cierran toda posibilidad de ejercer, que era mi objetivo y mi ilusión. Esa es la realidad.
Saludos y discúlpame si te ofendo.

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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #42 en: 19 de Febrero de 2009, 12:45:11 pm »
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Mile, si no lo quieres ver no lo veas, a mí me da igual. Te basas para negar la evidencia en que yo he llamado máster al curso de 60 créditos que vamos a tener que hacer. Está claro leyendo la ley, que no nos va a valer con tener la licenciatura y aprobar el exámen para acceder a la profesión. Habrá que hacer ese curso, del cual, realmente ignoro su duración (más arriba hablan de dos años, lo cual es un agravio respecto a la gente de grado que hará 4+2 años y nosotros 5+2 años), precio (estoy segurísima de que servirán para que algunos ganen mucho dinero) y horas de práctica, (las cuales desde luego yo no puedo hacer).  Personalmente, me cierran toda posibilidad de ejercer, que era mi objetivo y mi ilusión. Esa es la realidad.
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No niego nada. Simplemente digo que no lo veo. Lo he dicho, ahí se hace referencia a un curso de 60 créditos. Ahí te doy toda la razón, lo pone claramente. Pero, ¿dónde pone algo de un Máster? En mi opinión, el curso de 60 créditos será un curso para acceder a la abogacía y a la procuradoría, no un Máster. Un Máster es una especialización. Este curso es necesario, junto con el examen, para ser abogado o procurador a partir de 2011. Pero si yo termino en 2012 el Plan 2000, tendré que hacerlo exactamente igual que el que termine el Grado en 2014. Es independiente.

A mí también me parece una barbaridad, y no me gusta nada, la verdad. Yo creo que mejor como se hacía hasta ahora. Terminas y te colegias. ¿Qué es lo que quieren conseguir en realidad? Yo creo que dinero. Porque más preparado no se va a estar. Si ya has hecho la carrera y no has aprendido nada, haciendo ese curso no vas a aprender nada igualmente. Y con el examen lo mismo.

Yo lo dije en su día, y está el mensaje en el foro, que yo apoyo lo que sea necesario para que esta ley desaparezca o que se amplíe la vacatio legis. Pero si nadie hace nada, de nada vale que lo haga uno solo. Supongo que IESUS sabe lo que el profesor Lasarte quería hacer y lo que ha pasado con su propuesta.

Y, por cierto m angeles, no te preocupes, que aquí estamos exponiendo nuestras opiniones :)
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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #43 en: 19 de Febrero de 2009, 12:45:50 pm »
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Mile, si no lo quieres ver no lo veas, a mí me da igual. Te basas para negar la evidencia en que yo he llamado máster al curso de 60 créditos que vamos a tener que hacer. Está claro leyendo la ley, que no nos va a valer con tener la licenciatura y aprobar el exámen para acceder a la profesión. Habrá que hacer ese curso, del cual, realmente ignoro su duración (más arriba hablan de dos años, lo cual es un agravio respecto a la gente de grado que hará 4+2 años y nosotros 5+2 años), precio (estoy segurísima de que servirán para que algunos ganen mucho dinero) y horas de práctica, (las cuales desde luego yo no puedo hacer).  Personalmente, me cierran toda posibilidad de ejercer, que era mi objetivo y mi ilusión. Esa es la realidad.
Saludos y discúlpame si te ofendo.
Yo creo que Mile lo ha explicado bien, de hecho me he imformado y más o menos viene a ser correcto.
Un saludo.
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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #44 en: 19 de Febrero de 2009, 17:17:38 pm »
Pero, es que nadie sabe si el título lo sera de "Grado en Derecho" o "Graduado en Derecho". ¿Cual de los dos?. Un saludo y suerte sobre todo.

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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #45 en: 19 de Febrero de 2009, 17:18:50 pm »
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Pero, es que nadie sabe si el título lo sera de "Grado en Derecho" o "Graduado en Derecho". ¿Cual de los dos?. Un saludo y suerte sobre todo.

¿Qué diferencia hay? El nombre del título, según el Ministerio es Grado. Pero no sé dónde está la diferencia.
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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #46 en: 19 de Febrero de 2009, 18:28:31 pm »
  Mile:
        Estoy de acuerdo contigo, habría que hacer desaparecer la ley, pero como eso no será posible habrá que intentar que la "vacatio legis" se dilate lo más posible en el tiempo. Así que cuanto antes sepamos como actuar y actuemos, será tiempo que ganamos. Por tanto esas instrucciones deberíais ir colgándolas ya para empezar a presionar.


        

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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #47 en: 19 de Febrero de 2009, 22:54:59 pm »
¿alguien sabe si el exámen/curso de acceso a las profesiones ... ha salido para que desaparezca la obligación de colegiarte para poder ejercer pagando religiosamente un pastón todos los años?. No se si me explico, a lo mejor lo que el legislador ha pensado es que te extienden una especie de carnet (metaforicamente hablando) para poder ejercer toda tu vida y a cambio de lo del curso no le tienes que pagar a los colegios ????????????

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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #48 en: 19 de Febrero de 2009, 23:19:28 pm »
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¿alguien sabe si el exámen/curso de acceso a las profesiones ... ha salido para que desaparezca la obligación de colegiarte para poder ejercer pagando religiosamente un pastón todos los años?. No se si me explico, a lo mejor lo que el legislador ha pensado es que te extienden una especie de carnet (metaforicamente hablando) para poder ejercer toda tu vida y a cambio de lo del curso no le tienes que pagar a los colegios ????????????

Ten por seguro que no.
Para mí, aparte del tema económico que he indicado más arriba, creo que también es para intentar restringir el acceso y que no haya tantos abogados. Al fin y al cabo, es la salida más "sencilla" de nuestra carrera, ya que hasta el momento no hace falta hacer nada una vez obtenido el título.
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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #49 en: 20 de Febrero de 2009, 10:25:11 am »
¿alguien sabe entonces la pasta que se le abona al colegio mes a mes más la matrícula de entrada de unos cuantos miles de euros para qué sirve ahora mismo y para qué servirá después de bolonia o se va a suprimir ?
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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #50 en: 20 de Febrero de 2009, 10:49:55 am »
Una pregunta
En caso de terminar la licentiatura en el año 2011 en convocatoria extraordinaria de fin de carrera, y ya que la ley 34/2006 entra en vigor en noviembre de 2011; sabeis alguien si sería necesario acceder a la profesión a través de lo recogido en dicha ley, o si por el contrario constaría como terminada la licenciatura en el curso académico 2010-2011 y se dispondría de dos años para colegiarse como especifica la ley para los titulados con anterioridad a su entrada en vigor.

Desconectado m angeles

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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #51 en: 20 de Febrero de 2009, 10:53:59 am »
Fecha límite: octubre de 2011. Eso es lo que hay. Esa era una de las quejas: que ni siquiera se tuviese en cuenta el exámen de diciembre.
Saludos.

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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #52 en: 20 de Febrero de 2009, 11:02:32 am »
Sé que vosotros os conocéis más y yo solo acabo de entrar, he estado leyendo lo que decís y creo que puedo comentar algo. El Grado como tal, no te da nada, bueno si muuuuuucha cultura para ti (personal) pero de cara al mundo laboral estás perdido. El problema es, como también he leído, es que hay que hacer un máster, si una especialización, para poder ejercer como tal.

En el caso de Derecho, no sé exactamente, si es necesario o no ese máster, tampoco si con el Grado, a secas, podremos presentarnos a oposiciones, exámenes, pruebas... etc. Es decir, si para ciertas cosas, equipararán el Grado a la Licenciatura. Me voy informando, de todas formas, creo que a semana que viene voy a quedar con unos amigos que tienen más idea. Ya escribiré lo que me cuenten.

En cuando a qué buscan con toda esta reforma... Por una parte (que es la bonita de la historia) al equiparar el sistema a nivel europeo será mucho más fácil poder ir fuera para buscar trabajo, seguir estudiando, porque las convalidaciones se harán de manera más rápida y sencilla. Por otra, y como apuntábais... el dinero, el hecho de tener que hacer un máster (que no es como los de ahora, van a ser de un año y no con tanto coste económico, pero tampoco gratis!!!) implica tener que soltar dinero extra.

Si es que solo sacamos de los yankis lo peor, quieren crear grupos de "super" especializados en ciertos temas y casi ignorantesen otros.

Estoy en contra del PLAN BOLONIA... estoy en contra de todo el dinero que hay que soltar para poder estudiar, estoy en contra de la desinformación y demagogia que se hace sobre todo... así que si hay que firmar o ir a algún sitio... contad conmigo, esto no puede seguir así!!!

Besos
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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #53 en: 20 de Febrero de 2009, 11:34:26 am »
Por toda la información que estais facilitando, obtengo la conclusión de que no van a existir asignaturas de libre configuración y de que no se sabe que va  a ser de las optativas, y yo me pregunto otra vez:¿que pasa con esos créditos?, porque visto lo visto por un lado no será necesario hacer cursos o matrícula de éstas, pero si que nos van a sacar pasta con el master, vamos que visto lo visto estaremos en lo mismo en lo relativo a dinero como a créditos al final de carrera..

Si ya lo decía mi "agüela": virgencita, virgencita que me quede como estoy.

Un saludo y a ver si nos aclaran el temita un poco, joé

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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #54 en: 20 de Febrero de 2009, 13:39:04 pm »
Yo pienso visto lo visto lo que más nos afecta y nos puede interesar, a los que estamos a mitad de carrera, es el retraso en la entrada en vigor de la ley 34/2006, octubre 2011, que se demorase todo lo que pudiese, eso si que sería un logro para los que estamos que nos va a pillar, que si, que no, todo depende de lo que la prisa que nos demos y el sacrificio que pongamos para acabar antes de esa fecha y poder colegiarnos, sin ningún tipo de examen y requisito alguno. Habría que hacer algo al respecto no nos podemos quedar con los brazos cruzados, yo el primero, un saludo.
Te puedes caer 20 veces pero te tienes que levantar siempre una vez más

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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #55 en: 20 de Febrero de 2009, 13:41:49 pm »
Dejo aquí la parte más sustancial del  texto de la ley por si a alguno le es desconocido
 

Artículo 1. Objeto y finalidad de la ley.

1. Esta ley tiene por objeto regular las condiciones de obtención del título profesional de abogado y el título profesional de procurador de los tribunales, como colaboradores en el ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, con el fin de garantizar el acceso de los ciudadanos a un asesoramiento, defensa jurídica y representación técnica de calidad.

2. La obtención del título profesional de abogado en la forma determinada por esta ley es necesaria para el desempeño de la asistencia letrada en aquellos procesos judiciales y extrajudiciales en los que la normativa vigente imponga o faculte la intervención de abogado, y, en todo caso, para prestar asistencia letrada o asesoramiento en Derecho utilizando la denominación de abogado; todo ello sin perjuicio del cumplimiento de cualesquiera otros requisitos exigidos por la normativa vigente para el ejercicio de la abogacía.

3. La obtención del título profesional de procurador de los tribunales en la forma determinada por esta ley es necesaria para desempeñar la representación legal de las partes en los procesos judiciales en calidad de procurador, realizando los actos de comunicación a las partes y aquellos otros actos de cooperación con la Administración de Justicia que la ley les autorice, así como para utilizar la denominación de procurador de los tribunales, sin perjuicio del cumplimiento de cualesquiera otros requisitos exigidos por la normativa vigente para el ejercicio de la procura.

4. La obtención de los títulos profesionales de abogado o procurador será requisito imprescindible para la colegiación en los correspondientes colegios profesionales.

Artículo 2. Acreditación de aptitud profesional.

1. Tendrán derecho a obtener el título profesional de abogado o el título profesional de procurador de los tribunales las personas que se encuentren en posesión del título universitario de licenciado en Derecho, o del título de grado que lo sustituya de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 88 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y su normativa de desarrollo y que acrediten su capacitación profesional mediante la superación de la correspondiente formación especializada y la evaluación regulada por esta ley.

2. La formación especializada necesaria para poder acceder a las evaluaciones conducentes a la obtención de estos títulos es una formación reglada y de carácter oficial que se adquirirá a través de la realización de cursos de formación acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Educación y Ciencia a través del procedimiento que reglamentariamente se establezca.

3. Los títulos profesionales regulados en esta ley serán expedidos por el Ministerio de Educación y Ciencia.

CAPÍTULO II

Obtención de la capacitación profesional

Artículo 3. Formación.

1. Los cursos de formación para abogados y procuradores podrán ser organizados e impartidos por universidades, públicas o privadas, y por escuelas de práctica jurídica.

2. Todos estos centros deberán establecer al efecto los convenios a los que se hace referencia en el presente capítulo.

Artículo 4. Formación universitaria.

1. Los cursos de formación para abogados podrán ser organizados e impartidos por universidades públicas o privadas, de acuerdo con la normativa reguladora de la enseñanza universitaria oficial de postgrado y, en su caso, dentro del régimen de precios públicos, y deberán ser acreditados, a propuesta de éstas, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2. Esta acreditación se otorgará sin perjuicio de las autorizaciones y aprobaciones exigidas por la normativa educativa a los efectos de la validez y titulación académica de los referidos cursos.

2. Constituirán requisitos indispensables para la acreditación de los referidos cursos que éstos comprendan la realización de un periodo de prácticas externas en los términos del artículo 6, y que incluyan la realización de la evaluación regulada en el capítulo III.

3. Reglamentariamente se establecerá el procedimiento y los requisitos que deberán cumplir tales cursos para su acreditación periódica en lo referente a su contenido y duración, así como a la titulación y cualificación del profesorado, de modo que quede garantizada la presencia de la mitad, al menos, de profesionales colegiados ejercientes. La duración de los cursos será de 60 créditos, más los créditos necesarios para la realización de las prácticas externas referidas en el artículo 6.

4. Lo previsto en este artículo será de aplicación a los cursos de formación para el acceso a la procura de acuerdo con la específica regulación que al efecto se establezca en sede reglamentaria.

Artículo 5. Escuelas de práctica jurídica.

1. Las escuelas de práctica jurídica creadas por los colegios de abogados que hayan sido homologadas por el Consejo General de la Abogacía conforme a su normativa reguladora podrán organizar e impartir cursos que permitan acceder a la evaluación regulada en el artículo 7, siempre que los citados cursos sean acreditados conjuntamente por los Ministerios de Justicia y de Educación y Ciencia en la forma que reglamentariamente se determine.

2. Para que se pueda proceder a la acreditación y reconocimiento de sus cursos a los efectos de la determinación de su programa, contenido, profesorado y demás circunstancias, las escuelas de práctica jurídica deberán haber celebrado un convenio con una universidad, pública o privada, por el que se garantice el cumplimiento de las exigencias generales previstas en el artículo 4 para los cursos de formación. Asimismo, deberán prever la realización de un periodo de prácticas externas en la abogacía o en la procura, según estén orientados a la formación profesional de los abogados o de los procuradores, en los términos del artículo siguiente, y la realización de la evaluación regulada en el capítulo III.

Artículo 6. Prácticas externas.

1. Las prácticas externas en actividades propias del ejercicio de la abogacía o en actividades propias de la procura, con los requisitos que reglamentariamente se determinen, deberán constituir la mitad del contenido formativo de los cursos a que se refieren los artículos precedentes, quedando como parte integrante de los mismos. En ningún caso implicarán relación laboral o de servicios.

2. Las prácticas se realizarán bajo la tutela de un abogado o procurador, según se dirijan a la formación para el ejercicio de la abogacía o de la procura. Los tutores serán abogados o procuradores con un ejercicio profesional superior a cinco años. Los respectivos estatutos generales de la abogacía y de la procura reglamentarán los demás requisitos para el desempeño de la tutoría, así como los derechos y obligaciones del tutor, cuya infracción dará lugar a responsabilidad disciplinaria.

3. En los supuestos regulados en los artículos 4 y 5.2, deberá haberse celebrado un convenio entre la universidad y, al menos, un colegio profesional de abogados o un colegio profesional de procuradores, que establezca la fijación del programa de prácticas y la designación de los correspondientes tutores, el número máximo de alumnos que podrá asignarse a cada tutor, los lugares o instituciones donde se efectuarán las prácticas, así como los mecanismos de control del ejercicio de éstas, dentro de los requisitos fijados reglamentariamente.

4. Una vez presentada una oferta de convenio por una universidad o una escuela de práctica jurídica, a los efectos de lo establecido en el artículo 4.2 en relación con los artículos 5.2 y 6.3 de esta Ley, y siempre que la misma reúna los requisitos mínimos que se establezcan por los ministerios responsables de la acreditación de los cursos de formación, en los términos previstos en el artículo 2.2, la parte a la que se presente la oferta no podrá rechazarla de forma arbitraria y deberá dictar resolución motivada en relación con la misma.

CAPÍTULO III

Acreditación de la capacitación profesional

Artículo 7. Evaluación.

1. La evaluación de la aptitud profesional, que culmina el proceso de capacitación profesional, tiene por objeto acreditar, de modo objetivo, formación práctica suficiente para el ejercicio de la profesión de abogado o de la profesión de procurador, así como el conocimiento de las respectivas normas deontológicas y profesionales.

2. Las comisiones para la evaluación de la aptitud profesional serán convocadas conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Educación y Ciencia, oídas las comunidades autónomas, el Consejo de Coordinación Universitaria y el Consejo General de la Abogacía o el Consejo General de los Colegios de Procuradores.

3. Reglamentariamente se establecerá la composición de la comisión evaluadora para el acceso a la abogacía y de la comisión evaluadora para el acceso a la procura, que serán únicas para los cursos realizados en el territorio de una misma comunidad autónoma, asegurando la participación en ellas de representantes del Ministerio de Justicia y del Ministerio de Educación y Ciencia, y de miembros designados a propuesta de la respectiva comunidad autónoma. En todo caso, en la comisión evaluadora para el acceso a la abogacía habrá miembros designados a propuesta del Consejo General de la Abogacía Española; asimismo, en la comisión evaluadora para el acceso a la procura habrá miembros designados a propuesta del Consejo General de los Procuradores de los Tribunales. El número de representantes designados a propuesta de cada ministerio, de la comunidad autónoma, y de la correspondiente corporación profesional será el mismo.

4. Si el número de aspirantes así lo aconseja, podrá constituirse una única comisión evaluadora para los cursos realizados en el territorio de varias comunidades autónomas, señalándolo así en la convocatoria.

5. Tanto la evaluación para el acceso a la abogacía como la evaluación para el acceso a la procura tendrán contenido único para todo el territorio español en cada convocatoria. Reglamentariamente se determinará el procedimiento por el cual el Ministerio de Justicia fijará el contenido concreto de cada evaluación, con participación de las universidades organizadoras de los cursos, del Consejo General de la Abogacía Española o del Consejo General de los Procuradores de los Tribunales.

6. Las convocatorias tendrán una periodicidad mínima anual y no podrán establecer un número limitado de plazas.



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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #56 en: 27 de Febrero de 2009, 09:19:54 am »
¿Alguien sabe con que asignaturas convalidaran Historia del Derecho y D. Romano? En la información facilitada parace que las convalidan con unas asignaturas cuatrimestrales de 6 créditos, y considero una injusticia que unas asignaturas que actualmente de cursan en 1 año y son relativamente duras nos las convaliden en el nuevo plan por dos asignaturas cuatrimestrales.
Un saludo a todos

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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #57 en: 27 de Febrero de 2009, 12:41:25 pm »
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¿Alguien sabe con que asignaturas convalidaran Historia del Derecho y D. Romano? En la información facilitada parace que las convalidan con unas asignaturas cuatrimestrales de 6 créditos, y considero una injusticia que unas asignaturas que actualmente de cursan en 1 año y son relativamente duras nos las convaliden en el nuevo plan por dos asignaturas cuatrimestrales.
Un saludo a todos
Me han dicho en la Uned que todo lo que no aparezca en la tabla de convalidaciones que ya han publicaco (caso de historia), significa que los departamentos correspondientes aún no han tomado una decisión al respecto.
Un saludo.
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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #58 en: 27 de Febrero de 2009, 13:10:09 pm »

efectivamente Apolo, es como dices He recibido dos correos del Decanato y así me lo confirman. En el ultimo me decian que prefieren ir sacando las adaptaciones que ya tengan pero que aun hay departamentos pendientes, lo cual entiendo que TODAS las asignaturas se adaptaran pero demos tiempo a los departamentos correspondientes. Un saludo.

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Re: URGENTE. COMISION DE GRADO DE DERECHO
« Respuesta #59 en: 27 de Febrero de 2009, 15:37:00 pm »
Qué tal compañeros?

He estado leyendo vuestros mensajes y la mayoría de vosotros planteáis la problemática del Grado en el caso de querer ejercer pero en el caso de que no quieras la carrera de Derecho para ejercer sino para ascender en la administración pública, por ejemplo, o por otros motivos, sabéis alguien si afecta también el cambio al grado porque, en mi caso, por ejemplo, al no haber cursado ningúna asignatura de libre configuración, veo que si me pasara al grado y dejase el plan 2000 no tendría que sacar esos 31 créditos de LC, y las que tengo ya aprobadas parece ser que me las convalidarían todas. Ya sé que tenemos muchas dudas y que cada caso somos una historia diferente, aunque me ha llamado la atención que casi todos tenéis en mente ejercer como abogados. En caso de que ninguno tengáis la respuesta a mi pregunta, ya que está más bien orientada a las salidas de esta carrera siendo funcionario, me podríais decir donde puedo informarme?

Gracias. Un saludo y suerte para todos.