lo mejor es ir por partes, a la muerte de la dueña del atico, o sea la madre de tu hermanastro, en teoria, tu padre seguía viviendo tan ricamente en el atico del cual el era el usufructuario, al morir ella primero, se repartiía la herencia entre sus herederos, su hijo sin duda y no sabemos si le dejó algo a tu padre, pero sin duda el que vivía en última fecha era tu padre , luego , una vez repartida la herencia lo que quedara en el atico se presupone de tu padre, puesto que ella ya había muerto unos meses antes.
asi que al morir tu padre, sin testar,sois los descendientes los llamados a la herencia, todos los descendientes, a partes iguales ya que no existe disposicon en contrario, asi que sois todos los hermanos los que le heredais, y estais legitimados a reclamar la herencia a quien hubiera dispuesto de ella.
por tanto tu hermanastro debéría haberos hecho partícipe , pero ten en cuenta que si tu relacion con tu padre era nula, es muy dificil que sepas qué cosas eran de tu padre y salvo objetos muy personales, cuentas a su nombre, acciones etc... cosas que estuvieran exclusivamente a su nombre , pero de todas maneras ,puedes personarte en el banco donde sepas que tu padre tenía la cuenta y hablar con el director de la sucursal quien sabrá sin duda que tu tienes el mismo derecho que tu hermanastro para acceder a las cuentas de tu padre,pues si despues de la fecha de la muerte de tu padre se han hecho movimientos en la cuenta en la sucursal tendrán que responder, y a hacienda puedes ir igualmente, lleva un certficado de defunción de tu padre y la hoja de libro de familia de tu filiación y si ves que no estan las cosas claras puedes ponerte en manos de un abogado que te explicará las acciones a tomar.
no es por ser pesada,pero a no ser que tengas la certeza que te va a merecer la pena yo me lo pensaría, ya que lo mas probable es que si tu padre no quería que recibierais nada haya dispuesto con tiempo las cosas para que lo tengais dificil.