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Autor Tema: baja maternidad  (Leído 10570 veces)

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Desconectado analamegaprofe

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baja maternidad
« en: 02 de Abril de 2009, 21:18:46 pm »
La baja de maternidad tiene una duración de 16 semanas, bien mi pregunta es:

si una mujer entra en baja por maternidad en las fechas de primeros de junio, julio , agosto y hasta septiembre............. y a final de agosto la necesitan en la empresa para continuar sus funciones¿puede renunciar a la baja de maternidad por empezar de nuevo a trabajar¿ Gracias

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Desconectado palangana

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Re: baja maternidad
« Respuesta #1 en: 02 de Abril de 2009, 21:27:29 pm »
Eso es problema de la empresa. Que haga una mejor palnificación del personal que va a necesitar para las fechas de incremento de la producción. Pero la empresa no es quien para pedir (y menos coaccionar) a un trabajador que está de baja y ejerciendo derechos positivados y reconocidos a que se de de alte " o que eche un cable en Agosto". Que la empresa vaya al Instituto Nacional de empleo , o a una ETT , o que tire de los curriculum vitae que tiene en los cajones apolillados.....y que salve así su nueva necesidad productiva.

Cuestión distinta es que la trabajadora quiera por ella misma darse de alta voluntaria es otras cuestiones o en esa, pero por maternidad no puede porque o es ella , o bien es su marido o pareja quien ha de ejercer el derecho, pero no renunciar porque hay un menor lactante que también debe disfrutar de ese derecho.....
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Desconectado palangana

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Re: baja maternidad
« Respuesta #2 en: 02 de Abril de 2009, 21:31:41 pm »
Quiero decir que se renuncia al ejercicio de forma particular del derecho, pero no al derecho en sí, que deberá ser ejercido por alguién. Pero la empresa no debe ni puede pedir nada.
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Desconectado Drop

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Re: baja maternidad
« Respuesta #3 en: 02 de Abril de 2009, 21:33:21 pm »
Dudo mucho que la mujer pueda renunciar a ese derecho. Sólo podría hacerlo en favor del marido.  Y una empresa no debería ni proponerlo.
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Desconectado TEKAM

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Re: baja maternidad
« Respuesta #4 en: 02 de Abril de 2009, 21:39:36 pm »
Para que una baja médica sea válida, debe estar refrendada por un médico. Pero el alta es voluntaria de la persona, aunque el médico no quiera.
En este caso la mujer si quiere puede renunciar al disfrute de la totalidad de las 16 semanas.
A mi mujer le sucedió este mismo caso. La cosa estaba complicada en la empresa (y por miedo al despido, no hubo coacción) y renunció a 8 semanas de baja por lactancia.
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Desconectado Drop

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Re: baja maternidad
« Respuesta #5 en: 03 de Abril de 2009, 08:45:09 am »
Vaya, Ana. Mi respuesta estaba mal. Sólo son obligatorias 6 semanas tras el parto.

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Desconectado analamegaprofe

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Re: baja maternidad
« Respuesta #6 en: 03 de Abril de 2009, 11:22:52 am »
Creo que ya estoy más informada con vuestra ayuda. El caso es una profesora embarazada de un centro concertado, pedirá la baja por maternidad a primeros de junio y la volverán a llamar para trabajar a primeros de septiembre cuando comience el curso nuevamente, en fin que tendrá unos 3 meses aproximadamente........Mi pregunta era si podía incorporarse a primeros de septiembre sin haber consumido toda la baja de maternidad.¿ Gracias
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Re: baja maternidad
« Respuesta #7 en: 03 de Abril de 2009, 13:20:26 pm »

El derecho al subsidio puede ser extinguido;


Por el transcurso de los plazos máximos de duración de los períodos de descanso.


Por la reincorporación voluntaria al trabajo del beneficiario del subsidio con anterioridad al cumplimiento del plazo máximo de duración, cuando el período de descanso se disfruta "exclusivamente" por la madre o por el padre. En caso de parto, la madre no podrá reincorporarse al trabajo hasta que hayan transcurrido las 6 semanas posteriores a aquél de descanso obligatorio.

la baja por maternidad puede disfrutarse de forma parcial a lo mejor eso os ayuda.


Modalidad a tiempo parcial


Cuando los períodos de descanso por maternidad, adopción o acogimiento se disfruten a tiempo parcial, se tendrán en cuenta las siguientes reglas:

Será imprescindible el acuerdo previo entre el empresario y el trabajador afectado. Dicho acuerdo podrá celebrarse tanto al inicio del descanso correspondiente como en un momento posterior y podrá extenderse a todo el período de descanso o a parte del mismo.


El derecho puede ser ejercido tanto por la madre como por el padre y en cualquiera de los supuestos de disfrute simultáneo o sucesivo del período de descanso.


En caso de parto, la madre no podrá hacer uso de esta modalidad de permiso durante las 6 semanas inmediatas posteriores al mismo, que serán de descanso obligatorio.

El período durante el que se disfrute el permiso se ampliará proporcionalmente en función de la jornada de trabajo que se realice.


El disfrute del permiso será ininterrumpido. Una vez acordado, sólo podrá modificarse mediante nuevo acuerdo entre el empresario y el trabajador afectado, a iniciativa de éste y por causas relacionadas con su salud o la del menor.


Durante el período de disfrute del permiso de maternidad a tiempo parcial, los trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias, salvo las necesarias para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes.


El tiempo en el que el trabajador preste servicios parcialmente tendrá la consideración de trabajo efectivo, manteniéndose suspendida la relación laboral durante el tiempo restante.

Desconectado analamegaprofe

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Re: baja maternidad
« Respuesta #8 en: 03 de Abril de 2009, 14:09:29 pm »
Gracias por todo, caso resuelto
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Desconectado MarilynMonroe

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Re: baja maternidad
« Respuesta #9 en: 03 de Abril de 2009, 23:17:31 pm »
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Vaya, Ana. Mi respuesta estaba mal. Sólo son obligatorias 6 semanas tras el parto.




   No me extraña. Fallas más que una escopetilla de plomo. Una amiga del foro tiene un lema cojonudo: "Es mejor callar y parecer tonto, que hablar y despejar las dudas definitivamente"  8)


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Desconectado palangana

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Re: baja maternidad
« Respuesta #10 en: 04 de Abril de 2009, 00:56:57 am »
Pues yo creo que su respuesta no estaba mal. De hecho pienso que estaba bien.

1.Porque a ese derecho no se puede renunciar. Se podrá renunciar de forma personal, pero habrá de ser ejercido por alguién. La pareja varón, por ejemplo. Es también derecho del lactante, además de necesidad vital.

2.Porque, efectivamente, la empresa no puede solicitar, ni pedir, ni coaccionar, ni amenazar ni nada por el estilo a un trabajador que está de baja para que se dé de alta.



 
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Re: baja maternidad
« Respuesta #11 en: 04 de Abril de 2009, 04:59:12 am »
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1.Porque a ese derecho no se puede renunciar. Se podrá renunciar de forma personal,
 

Y hay algún derecho que no sea personal? Igual tienen derecho las mesitas de noche o las macetas y aún no nos hemos enterado.

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2.Porque, efectivamente, la empresa no puede solicitar, ni pedir, ni coaccionar, ni amenazar ni nada por el estilo a un trabajador que está de baja para que se dé de alta.

La empresa, hacer hacer...puede hacer lo que le de la real gana. Y dentro de lo que haga, unas cosas pueden estar tipificadas y otras no, pero desde luego, solicitar y pedir puede, todo lo que quiera.


Desconectado palangana

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Re: baja maternidad
« Respuesta #12 en: 04 de Abril de 2009, 09:59:07 am »
Si se copia se debe copiar la frase íntegra, y no cortarla de forma dolosa para darle el sentido que no es. Y la empresa como poder claro que puede, también puede pedirte que renuncies a las vacaciones o que hagas horas extras de forma obligatoria. También puedo yo poner el coche a 250 kiometros por hora, pero es sancionable......

A tí no te conozco. Te lo digo porque no sé por qué esos términos tan desagradables al contestar. Bueno, como ha sido la primera vez no pasa nada. La próxima dependerá como me pille y la tercera.....

Un saludo.
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Re: baja maternidad
« Respuesta #13 en: 04 de Abril de 2009, 10:05:36 am »
Prefiero pasar bastante de las consideraciones de MM; en cuanto a las de Vardia, sus afirmaciones (más bien preguntas retóricas) carecen de sentido.  Por supuesto que hay derechos no personales: los de un grupo, por ejemplo.

Visto el enlace que puse, No puedes ver los enlaces. Register or Login, luego comentado por Xoán, está claro que puede renunciar a parte de su licencia por maternidad (excepto en seis semanas, que siempre son obligatorias).

Me parece una pena que pueda renunciar. Hay derechos que son irrenunciables -me figuro que eso es lo que quiere decir Palangana-.

Los derechos personales son los que no se pueden transferir.

Lo dicho. Me parece una pena que pueda renunciar, sin que sea transmitido ese derecho a su pareja, porque deja a la trabajadora en situación de desamparo frente a las presiones del empresario. Para más inri, en un centro docente concertado, que recibe dotación pública.

Hay un detalle que resta por señalar. El tiempo de vacaciones. En principio, las vacaciones no se deben solapar dentro de ese periodo de licencia, es decir, se deberían disfrutar después: véase un comentario en No puedes ver los enlaces. Register or Login
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Re: baja maternidad
« Respuesta #14 en: 04 de Abril de 2009, 10:18:59 am »
Pues yo estoy de acuerdo en eso que dices que hay derechos renunciables y los irrenunciables, y que hay derechos de grupo y de colectivos etc. Si puede renunciar me parece lamentable a mí también. Pero ese derecho se debería realizar por otra persona.

Lo que sí estoy seguro es que la empresa como pida eso está jugando con que le metan un paquete de narices.....vamos que a mí me pide esa salvajada u otra parecida y me voy al Tribunal de lo Social pero pronto y lígero...fíjate que incluso las conductas de las empresas y empresarios pueden estar incluso en la órbita penal (obligar o impedir derechos reconocidos).

Un saludo. Bueno sí , a veces mejor no contestar, pero es que uno es de sangre caliente.....
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Re: baja maternidad
« Respuesta #15 en: 04 de Abril de 2009, 10:28:15 am »
No te preocupes, Palangana: es mejor no contestar.  Aparte de que hay gente que tiene cierto desdoblamiento de personalidad y se clonan con más fácilidad que una célula en mitosis, y aparecen con nicks de los más variados. Les gusta sacar punta a todo y no aportar nada.

Un apunte más. Cuando hablo de renunciar, digo que no me parece bien que pueda renunciar sin transmitir el derecho: renunciar en favor de la pareja me parece perfecto.  De hecho, sirve para luchar contra discriminaciones laborales sistemáticas por razón de género: por eso se ha defendido un derecho de paternidad personal, irrenunciable e intransmisible.
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Desconectado palangana

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Re: baja maternidad
« Respuesta #16 en: 04 de Abril de 2009, 10:36:23 am »
Pues entonces, y ya a modo de opinión personal, pienso que ese tipo de derechos deberían estar más salvaguardados, si cabe.
Creo que se puede avanzar social y laboralmente en este sentido, o al menos se debería. Es que yo estoy convencido que para el lactante debería ser también un derecho de disfrutar de su madre o padre por necesidad vital y porque no sólo es el sustento alimenticio, sino que otras cuestiones de lazos y afectivas se deben tener también en cuenta por ser importantes para el bebé.

Pero está la cosa como para apretar a lo empresarios .... Un saludo Drop, y gracias por toda la información que aportas siempre.
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