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Autor Tema: Ayuda para un trabajo sobre antonimia a.14 y 57 CE (Igualdad y sucesion corona)  (Leído 5861 veces)

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Desconectado Chifer

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Hola  a tod@s!!! En primer lugar quiero disculparme si este debate ya se ha abierto con anterioridad, pero estoy muy liada y no tengo mucho tiempo para conectarme, así que no he podido leer los temas anteriores.
El debate que planteo viene fundado en la elaboración de un trabajo que me han mandado, en el que tengo que hacer una reflexión sobre si existe o no antonimia entre el derecho a la igualdad del artículo 14 y la sucesión a la corona.
He buscado sobre este tema en internet y sale multitud de información que, como puedo, voy leyendo. No obstante, he pensado que sería interesante trasladar este debate al foro, pues la diversidad de opiniones, me permitirá anilizar más de una postura.
Muchisimas gracias por la colaboración ya de antemano y ¡¡¡mucho ánimo en los exámenes!!!.
Un saludo:
Chifer.

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Re: Ayuda para un trabajo sobre antonimia a.14 y 57 CE (Igualdad y sucesion corona)
« Respuesta #1 en: 28 de Abril de 2009, 16:34:46 pm »
Más que de antonimia yo hablaría de contraste, o bien de contradicción o paradoja aparentes.

En cualquier caso, el hecho de que en el artº 1.3 (Título preliminar) se defina como forma política la Monarquía parlamentaria ya exige su desarrollo posterior (Título II); y el hecho de que el Artº. 14 (Título I) y el 57 (Título II) se contradigan (teóricamente) no parece una contradicción completa, dado que ambos artículos están al mismo nivel (Constitución) y entonces hay que llegar a la conclusión de que la propia Constitución establece una excepción.

Cabe, además, plantearse que la Constitución es una norma de normas, y que entonces el Artº. 14, al hablar de "ley", habla de las leyes (y su desarrollo reglamentario) que se elaboren a partir de la propia Constitución. (Una interpretación favorable en dicho sentido la vemos en el artº. 7, que plantea una diferenciación.)
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Re: Ayuda para un trabajo sobre antonimia a.14 y 57 CE (Igualdad y sucesion corona)
« Respuesta #2 en: 28 de Abril de 2009, 17:33:09 pm »
Recuerdo haber leído sobre esto en uno de los libros de Torres del Moral (de los que se usaban en Político en el Plan Antiguo) y en el de Constitucional III de Yolanda Gómez (éste último lo estudié, claro).

Dices que haya contradicción entre el art. 14 y la sucesión a la Corona. Simplemente me ceñiré a lo que es la sucesión, sin entrar en otros artículos de ese mismo Título.

Para mí, efectivamente se produce una contradicción. No parece lógico que en el art. 14 se reconozca la igualdad sin que se pueda discriminar por razón de sexo, y más adelante en el Texto Constitucional, se recoja que el hombre prima sobre la mujer.

No veo lo que dice Drop de la excepción. No me parece lógico que haya una excepción en la Constitución. Aunque ahora analizándolo, podría parecer que tiene un mayor valor, a tenor del art. 168 CE, el Título II que este artículo 14, ya que queda excluido de esa reforma agravada.
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Re: Ayuda para un trabajo sobre antonimia a.14 y 57 CE (Igualdad y sucesion corona)
« Respuesta #3 en: 28 de Abril de 2009, 17:51:22 pm »
Por favor, no me malentendáis, yo estoy totalmente de acuerdo en que el Artº. 57 debería ser reformado para garantizar la igualdad también en este caso, y todo ello sea dicho con independencia de que esté de acuerdo o no con la forma monárquica del Estado. 

Me limito a plantear una interpretación de la Constitución: las contradicciones internas deben ser salvadas intentando que los artículos afectados desplieguen al máximo sus efectos: si los dos artículos están en la Constitución, entonces tienen igual valor y uno no puede invalidar al otro.

Como dice Mile, en el libro de Torres del Moral (Principios de Derecho Constitucional Español, 1998, 4ª ed., p. 510: es el que tengo en casa) se plantea el tema. Hay autores que hablan de inconstucionalidad de la norma, y que se refieren a una tesis alemana de la posible inconstitucionalidad de preceptos consticuionales.  Torres del Moral considera poco razonable la norma en un Estado democrático de Derecho, pero no la ve como inconstitucional. (Al final del capítulo hay bibliografía.)

Mile plantea también el tema de la forma agravada de reforma de la Constitución (artº 168). Es verdad que el Artº 14 no viene citado, pero yo creo que viene implícito, dado que al ser el artículo previo a las dos secciones (1ª y 2ª) del Cap. 2º del Tit. I, su modificación afectaría a la sección 1ª. 
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Re: Ayuda para un trabajo sobre antonimia a.14 y 57 CE (Igualdad y sucesion corona)
« Respuesta #4 en: 28 de Abril de 2009, 22:56:58 pm »
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Mile plantea también el tema de la forma agravada de reforma de la Constitución (artº 168). Es verdad que el Artº 14 no viene citado, pero yo creo que viene implícito, dado que al ser el artículo previo a las dos secciones (1ª y 2ª) del Cap. 2º del Tit. I, su modificación afectaría a la sección 1ª. 

No entiendo eso último que dices. El art. 14 debería ser modificado por el 167 y del 15 al 29 por el 168. Yo tampoco he terminado de entender la razón por la cual el art. 14 quedó "solitario".
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Re: Ayuda para un trabajo sobre antonimia a.14 y 57 CE (Igualdad y sucesion corona)
« Respuesta #5 en: 28 de Abril de 2009, 23:39:50 pm »
Hola:

  Estoy de acuerdo con la postura manifestada por Drop, y si bien en el art. 14 se hace referencia a la igualdad, en el 57 se hace una excepción a dicha igualdad al preferir al varón a la mujer en la sucesión de la corona, como bien dice, es una excepción que el constituyente ha querido expresar y recoger, igual que podría haber recogido cualquier otra y por lo tanto las leyes y demás normas que desarrollen la CE lo tienen que tener en cuenta para que no sean declaradas inconstitucionales.

  Sobre la “inconstitucionalidad de la Constitución”, expresión que utilizo a menudo, pero siempre entrecomillada, pues la Constitución no puede ser inconstitucional por la sencilla razón de que es ella la norma suprema y por tanto se regulada a ella misma. A esta conclusión he llegado después de debatir con los profesores de constitucional a lo largo de los cuatro constitucionales y la razón que me dieron es que se considera inconstitucional una norma que va en contra de la constitución y además que así lo reconozca el TC, por lo tanto la CE no puede ir en contra de la CE.

  El art. 14 CE para reformado tiene que ser por el art. 168 CE, al estar en el Capítulo II, al igual que el art. 57 por estar en el Título II.
 
   Saludos cordiales,
  jbr
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Re: Ayuda para un trabajo sobre antonimia a.14 y 57 CE (Igualdad y sucesion corona)
« Respuesta #6 en: 28 de Abril de 2009, 23:46:39 pm »
Lo que quiero decir, Mile, es que el artº 14 queda solitario dentro de su Capítulo 2º, Título I, porque es la base de las dos Secciones; si para la Sección 1ª la reforma debe ser agravada, entonces para el artº 14 también.

(Torres del Moral, en el manual y edición que antes indiqué, pág. 135, tampoco está de acuerdo con lo que digo, así que queda como opinión particular mía. Bueno, hay que añadir que Torres del Moral hace una lista de los artículos que considera importantes que quedan excluido, y dice que en consecuencia no hay que pensar, como pretenden algunos, que lo protegido por la reforma agravada es el núcleo esencial de la CE)
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Re: Ayuda para un trabajo sobre antonimia a.14 y 57 CE (Igualdad y sucesion corona)
« Respuesta #7 en: 29 de Abril de 2009, 00:05:17 am »
Art. 168 ->"...revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título Preliminar, al  Capítulo II, Sección I del Título I, o al Título II..."
El 14 queda excluido del 168, no está dentro de la Sección I - Capítulo II - Título I. Yo creo que no hay lugar a discusión. Sólo serán reformados, cuando sea parcial, por el art. 168, los arts. 1 a 9, 15 a 29 y 56 a 65.
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Re: Ayuda para un trabajo sobre antonimia a.14 y 57 CE (Igualdad y sucesion corona)
« Respuesta #8 en: 29 de Abril de 2009, 00:34:14 am »
Estimada Mile_TzN:

  He analizado mejor mis palabras y puede ser que no esté incluido el art. 14 entre los necesarios para la reforma agravada, profundizaré en el asunto y ya diré, aunque no es el asunto del debate, así que prosiga el debate sobre el tema del asunto.

  Saludos cordiales,

  jbr
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