Estimada Mile_Tzn:
El Art. 123 del RDL 1/2007, dice: Plazos.
1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
2. .....
Está claro que no se habla de garantía, sino de la falta de conformidad, y es de dos años para todos los productos vendidos, nuevos y usados, con la salvedad de en el los de segunda mano, se PODRÁN pactar un plazo menor, nunca inferior a un año.
Esto quiere decir que si no pactan nada, el plazo para que tenga que responder el vendedor será de dos años, teniendo en cuenta los plazos de los 6 meses, donde se invierte la carga de la prueba.
Y el caso de la moto, ya te dije que es claro, que tiene que responder el vendedor, salvo que haya pactado algo en contra y te lo digo por lo siguiente:
El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten, pues bien, si hay un contrato donde se pacte lo siguiente:
Venta de una moto marca HONDA, matricula XXXX, año de fabricación, 91, se encuentra en el siguiente estado: Espejos roto, abolladura en el depósito con posible fisura y pérdida de combustible, apreciamos un fallo intermitente eléctrico que hace que el motor se pare, tiene 2.000.000 de kms, por lo que la vida útil del motor la damos por finalizada. La Caja de cambio presenta un desgaste por los kilometrajes efectuados, que consideramos finalizada su vida útil, además que no engrana la primera, la segunda y la quinta velocidad, las cubiertas presenta un desgaste del 100% y el priñón de engrane tiene tres dientes partidos, los cables del acelerador están roto al igual que los del embrague. Por la edad esta moto tendría un valor de mercado de 6.000 euros, pero debido a su estado y desgaste el precio estipulado entre el comprador y el vendedor es de 60 euros.
Yo no te digo que no tenga garantía, te digo que si se para la moto, no puedes ir al vendedor y decirle que está en garantía y que te la arregle, la moto es conforme al contrato efectuado y el vendedor no tiene porque hacer nada
El asunto está en si hay un contrato bien definido o no, como no lo haya, tendrá que responder el vendedor durante dos años por la falta de conformidad del producto vendido, sea nuevo o de segunda mano, si hay contrato, se ha de estar a lo estipulado, y teniendo muy en cuenta el plazo de los 6 meses que es importantísimo y nos creemos que tenemos dos años de garantía en todo lo que compremos.
Saludos cordiales,
jbr