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Autor Tema: LA JURISDICCÓN UNIVERSAL DE LA AUDIENCIA  (Leído 2671 veces)

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Desconectado santoss

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LA JURISDICCÓN UNIVERSAL DE LA AUDIENCIA
« en: 07 de Mayo de 2009, 08:44:28 am »
Ale, a opinar. El mensaje no tiene el minimo de palabras requeridas (5 palabras:-* :-*-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------


Desconectado magia35

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Re: LA JURISDICCÓN UNIVERSAL DE LA AUDIENCIA
« Respuesta #1 en: 07 de Mayo de 2009, 10:26:55 am »
Una exageración. Ya hay un tribunal internacional para eso. A ver quienes somos para meternos con todos los países del entorno y nuestros pederastas y los colegas del hacha de paseo por la calle...

Desconectado santoss

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Re: LA JURISDICCÓN UNIVERSAL DE LA AUDIENCIA
« Respuesta #2 en: 07 de Mayo de 2009, 10:30:53 am »
No sé pero Pedraz ya ha dicho que quiere procesar a 3 ministros chinos por la represion en el Tibet, es más, ha pedido permiso al CGPJ para ir a tomarles declaración, los chinos han dicho que en cuanto pise suelo chino le arrestan por injurias, según ellos, le darán su merecido.
Ah, y Moreno investigando la relación de Franco con el Holocausto.

Desconectado m_sgh

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Re: LA JURISDICCÓN UNIVERSAL DE LA AUDIENCIA
« Respuesta #3 en: 07 de Mayo de 2009, 10:37:41 am »
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Una exageración. Ya hay un tribunal internacional para eso. A ver quienes somos para meternos con todos los países del entorno y nuestros pederastas y los colegas del hacha de paseo por la calle...

Que no ha sido firmado ni ratificado, entre otros países, por Estados Unidos, Rusia, China, India, Israel, Chile, Cuba e Iraq.

El Congreso de EEUU aprobó en el 2002 la American Servicemembers' Protection Act (Ley para la protección del personal de los servicios exteriores norteamericanos o ASPA) con el claro objetivo de debilitar el TPI  que prohíbe a los gobiernos y a los organismos federales, estatales y locales estadounidenses la asistencia a la Corte. Prohíbe la extradición de cualquier persona de los USA al TPI y se prohíbe a los agentes del Tribunal llevar a cabo investigaciones en USA. La ley también prohíbe ayuda militar de Estados Unidos a los países que son parte en la Corte. Además, se autoriza al presidente de los Estados Unidos a utilizar "todos los medios necesarios y adecuados para lograr la liberación de cualquier [personal estadounidense o aliado] detenido o encarcelado, en nombre de, o a solicitud de la Corte Penal Internacional".
La única costumbre que hay que enseñar a los niños es que no se sometan a ninguna.

Desconectado magia35

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Re: LA JURISDICCÓN UNIVERSAL DE LA AUDIENCIA
« Respuesta #4 en: 07 de Mayo de 2009, 10:52:59 am »
Pues ya te puedes hacer una idea de las posibilidades que tienen los jueces españoles de investigar y detener a nadie...
Pues si no te va a valer más que para hacer amigos, te quedas en casa y los haces aquí, que también tenemos.

Desconectado marilola

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Re: LA JURISDICCÓN UNIVERSAL DE LA AUDIENCIA
« Respuesta #5 en: 07 de Mayo de 2009, 18:31:20 pm »
En cuanto al Congreso de los Estados Unidos, creo que tiene, entre múltiples lecturas una fundamental: ya que cometen tantas tropelías en el extranjero, lo mejor es dictar una ley ( interna) que contradiga al Tribunal Internacional Penal, al que no reconocen, por motivos obvios.

¿ Cuándo acabará tanta barbarie por parte de esta potencia y no tendrán que inventarse leyes ( internas, recordémoslo) para proteger a sus " muchachos" como ellos dicen ( marines o mercenarios, que todo cabe) ?

Salud y suerte en los exámenes, foreros.

Desconectado santoss

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Re: LA JURISDICCÓN UNIVERSAL DE LA AUDIENCIA
« Respuesta #6 en: 07 de Mayo de 2009, 18:34:48 pm »
Yo no veo porqué hay que obligar a un país soberano a acatar como si de derecho interno se tratase unas normas que vienen de fuera; están es su perfecto derecho a no consentir que les impongan el sometimiento a un Tribunal extranjero. Imaginate que a nosotros nos impusieran como tribunal supremo, el de EEUU; pero ¿Por qué?.

Desconectado m_sgh

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Re: LA JURISDICCÓN UNIVERSAL DE LA AUDIENCIA
« Respuesta #7 en: 07 de Mayo de 2009, 20:22:26 pm »
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La reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial a la que parece apuntar Carlos Dívar, apoyada por sectores del Ejecutivo, no tiene en cuenta que la posibilidad de invocar la jurisdicción universal no deriva sólo de la legislación interna española, sino de su aplicación en conjunción con algunas convenciones internacionales, como la de la tortura. La proliferación de causas de jurisdicción universal en los tribunales españoles no sería, así, el resultado inevitable de una deficiencia -o de una ventaja, según se mire- de las leyes internas y de los tratados internacionales, sino de una concreta interpretación que empezó a desarrollarse desde el caso Pinochet.

Intervenciones de la Audiencia Nacional como la que afecta a ciudadanos españoles torturados en Guantánamo han hecho perder de vista que es obligación del Estado apoyar a esos ciudadanos, a través de mecanismos consulares, para que presenten su demanda donde corresponde en primer término, que son los tribunales estadounidenses. Sólo si esa vía quedase judicialmente cerrada, que es algo distinto de que el presidente Obama pretenda desde el Ejecutivo evitar esos juicios, tendría sentido que intervinieran los tribunales españoles. Y cuando se trata de países en los que la justicia no es independiente, la intervención de la Audiencia puede ocultar que, una vez más, es el Ejecutivo el que está obligado a responder de la seguridad de sus nacionales en su trato con terceros Estados. Si incumple esa obligación puede haber una actuación de la justicia española, no ya contra el Estado extranjero, sino contra el propio Ejecutivo.

El fundamento de la jurisdicción universal cuando no hay españoles entre las víctimas presenta otros problemas. Si no se acepta, se podría contribuir a la impunidad. Pero si se acepta, se estaría implícitamente admitiendo que la legitimidad de los tribunales españoles deriva de la justicia material, no de la Constitución de 1978 que los estableció como poder del Estado

La única costumbre que hay que enseñar a los niños es que no se sometan a ninguna.

Desconectado simple22

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Re: LA JURISDICCÓN UNIVERSAL DE LA AUDIENCIA
« Respuesta #8 en: 09 de Mayo de 2009, 18:57:11 pm »
Es absurdo que la judicatura desperdicie su tiempo y nosotros nuestro dinero.

Esto es una versión cutre y laica de los teólogos de Trento, pero sin imperio y soldados de Dios. España se cae a pedazos y estamos salvando el mundo con conceptos como Justicia verdadera, memoria histórica, etc.

Y el material humano, filosófico y jurídico es desde luego, infinitamente peor que el de Trento e infinitamente menos influyente. Y todavía pretenden ganar las batallas de Dios, con un material humano infinitamente peor y no aprenden que gente infinitamente más brillante que ellos, se obcecó en una utopía irrealizable de la salvación universal de las almas y la consecución de la Justicia verdadera. Entonces perdieron siendo primera potencia, ahora pretenden ganar siendo los primeros por debajo.

Y esto mientras los policías siguen sin gasolina, los militares sin inhibidores, estrellándose en Afganistán, desaparecen alijos gigantescos de droga, los piratas puestos en libertad por nuestros jueces, que con sus actos siembran el terror a escala planetaria, mientras el 11-M y el chivatazo a ETA siguen sin esclarecerse.

Togas sin barcos.
La madurez, el talento y la sabiduría no tienen ni edad, ni sexo, ni jerarquía.

Desconectado santoss

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Re: LA JURISDICCÓN UNIVERSAL DE LA AUDIENCIA
« Respuesta #9 en: 09 de Mayo de 2009, 20:19:53 pm »
La última; de Andreu que decretó prisión provisional para unos piratas capturados por el buque Marqués de la Ensenada(recúerdese el video "Desmadre en el marquesito") en mitad del Indico, por supuesto, luego los "tuvo" que dejar en libertad a falta de medios.

P.D. Andreu es un magistrado de la AN.

Otra cosa que sigue sin esclarecerse es quién se llevo los 100 kilitos de coca de extrema pureza de los calabozos de la Jefatura Superior de Policia de Sevilla y que relación tiene eso con la investigación de la desaparición de Marta del Castillo (auténtica basura por cierto, la investigación, digo).

Desconectado m_sgh

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Re: LA JURISDICCÓN UNIVERSAL DE LA AUDIENCIA
« Respuesta #10 en: 11 de Mayo de 2009, 00:19:00 am »
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Es absurdo que la judicatura desperdicie su tiempo y nosotros nuestro dinero.

Perder el tiempo en perseguir delitos de lesa humanidad, intolerable, qué barbaridad, mucho mejor perderlo en casos como estos:

Demandó a una compañía televisiva por haber hecho engordar a su esposa y transformar a sus hijos en "vagos zapperos".

Demandó a su compañero sentimental porque no conseguía  llegar al orgasmo

Un preso rumano condenado a 20 años por asesinato, demandó a Dios basándose en que, en su bautizo, firmó un contrato en el cual Dios se comprometía a mantenerle alejado de los problemas

Un senador estadounidense demandó a Dios por causar "catástrofes" en el mundo.

Un tribunal de la India tuvo que decidir si un condón vibrador es un anticonceptivo o un juguete sexual. Los condones contenían un dispositivo a pilas. Los denunciantes alegaron que los juguetes sexuales son ilegales en la India

La única costumbre que hay que enseñar a los niños es que no se sometan a ninguna.

Desconectado m_sgh

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Re: LA JURISDICCÓN UNIVERSAL DE LA AUDIENCIA
« Respuesta #11 en: 11 de Mayo de 2009, 00:35:54 am »
Hasta 2005, hubo dudas sobre cómo debía interpretarse este artículo y si las víctimas o perjudicados debían ser españoles para que pudiera abrirse el proceso. Pero ese año habló el Tribunal Constitucional. Dio amparo a la activista guatemalteca Rigoberta Menchú y dijo claramente -en contra del criterio del Tribunal Supremo- que estos delitos podían investigarse aunque no hubiera conexiones con España. La Audiencia adquiría así la jurisdicción universal pura y absoluta.

La legitimidad para abrir este tipo de procesos no sólo deriva de la ley, sino también de un buen número de tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por España -Convenciones de Ginebra, Convención contra el Genocidio, contra la Tortura...- y que son, por tanto, de obligado cumplimiento. Otros países europeos que también los han firmado, como Francia, Alemania, Holanda o Italia, tienen también procesos de justicia universal abiertos, pero en un número muy reducido ¿Cuáles son las diferencias con España?

Son esencialmente dos: la primera es la exigencia de algunos países de que el delito tenga relación con el Estado que va a juzgar. La segunda, la posibilidad o no de ejercer la "acción popular"

Uno de los problemas es que no existe una Corte Penal Internacional en la que puedan presentarse querellas como las que están llegando a la Audiencia. El Tribunal de La Haya tiene muchas limitaciones, de forma que la gran mayoría de estos delitos quedarían impunes. "Y estamos hablando de los crímenes más atroces, de crímenes contra la humanidad", opina Manuel Ollé, letrado encargado, entre otros asuntos, de la matanza de jesuitas en El Salvador en 1989, entre los que estaba Ignacio Ellacuría. "Mientras los Gobiernos no tengan la voluntad política de crear un tribunal eficaz y efectivo, la única vía es la justicia universal implantada en el mayor número de países posible. Todos tenemos que asumir nuestra responsabilidad con los derechos humanos".

Incluso sin condena ni juicio, la apertura del proceso tiene consecuencias. La principal, remover a la opinión pública del país en el que se cometieron los hechos. Si es una dictadura, será imposible que se juzguen a sí mismos. Pero cuando se trata de una democracia, las cosas cambian. "Algunas de estas causas han tenido una eficacia simbólica importantísima y han generado procesos internos que han terminado con juicios en los países en los que se cometieron los crímenes"

En cuanto al coste y los medios dedicados a estos procesos , de las más de 500 causas abiertas en el Juzgado Central 4 -el que investiga a Israel o a Ruanda- sólo tres son de justicia universal. De los 2,5 millones de casos pendientes que hay en España, sólo el 0,0005 persiguen a estos presuntos delincuentes. Los más protegidos.

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