Reproduzco la duda de un compañero del curso virtual de que comparto. Me temo que ya es demasiado tarde para el foro del curso virtual, así que si alguien se anima se lo agradecemos. Dice así:
"Estimados profesores, Verán, en el estudio de los casos prácticos de compraventa, tengo una duda que no logró resolver, concretamente el caso número 3, la venta con pacto añadido. Tengo claro que el pacto es: in diem addictio y para mi que este tipo de pactos son siempre condicionados, esto es, te vendo algo si en un tiempo X no aparece mejor postor. La condición es que la venta se formalizará con el que pague más en el tiempo establecido. Por tanto, qué diferencia hay cuando se dice: "Pues si se quiso que al ser ofrecida una mejor oferta se deshaga, será una compra simple, que se resuelve por la condición; pero si se convino que la compra se perfeccionaría si no se hacía mejor oferta, será compra condicional". Ambos casos los veo idénticos..."
Gracias.