Creo que me estoy perdiendo algo, porque al menos cuando me examiné de civil I el examen constaba de una sólo examen y no de dos parciales.
Cuando se trata de Civil II y Civil III por regla general no hacen compensación, otra cosa bien distinta es que en un parcial tengas un 7 o un 8 y en el otro tengas un 4, en tal caso suelen pasarte la mano. Pero la regla es tener los dos parciales bien aprobados.
Evidentemente el Tribunal de Compensación es otra cosa distinta, al que te puedes acoger si cumples las condiciones generales que anteriormente he comentado.
Lo que es cierto es que si en el primer parcial tienes un 7 o un 8 y en el segundo una vez realizada la prueba de septiembre, obtienes un 3 o un 2 muy justito y justificable, ten por seguro que no hay "pasada de mano" que valga. A partir de ahí te puedes acoger al Tribunal de Compensación, que se reunirá para evaluar tu petición si cumples los requisitos. Unavez que se reuna puede dártela por aprobada o no.
Ah! a lo largo de la licenciatura sólo puedes solicitarlo una vez, con lo que ello conlleva, es decir, si te deniegan la petición no podrás volver a ejercer dicho derecho.
Saludos y ánimos.