uf yo igual me hice un lio, primero dice que si la tal rita podia ser tercero hipotecario, pero que no era responsable ante terceros por no estar inscrita en el registro, incrita claro, si le donan una finca, hay que modificar la finca, y ponerla a nombre de la tal Rita para que pueda ser responsable ante terceros....







? y claro ya puestos, puse, tambien, que que la modificacion de la finca solo puede hacer mediante escritura publica.... y asi y asi......................

la verdad no se hasta donde llegue...dando explicaciones...

uf uf
suerte a los que lo vieron mas claro, a los que vieron la luz

, que yo solo vi oscuro, y encendi todas las luces y no eran necesarias.... solo mas lio...
