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Autor Tema: DUDA PRESCRIPCION ADQUISITIVA  (Leído 4861 veces)

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Desconectado golfo119

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DUDA PRESCRIPCION ADQUISITIVA
« en: 20 de Septiembre de 2009, 12:06:51 pm »
Caso real: Un hombre abandona a su animal de compañía en un veterinario local (tras recibir un tratamiento médico). El hombre desaparece y el veterinario se hace cargo del animal.

Cuánto tiempo tendría que transcurrir para que el animal de compañía se entienda propiedad del veterinario y pueda regalar o vender ?

* Su dueño no ha firmado ningún documento de renuncia expreso.

Saludos


Desconectado golfo119

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Re: DUDA PRESCRIPCION ADQUISITIVA
« Respuesta #1 en: 20 de Septiembre de 2009, 17:41:19 pm »
Viendo que nadie me aclara la duda, lo haré yo por mí mismo ;D ;D ;D  El artículo 612 del Código Civil deja bien claro que el "propietario de animales amansados podrá también reclamarlos dentro de veinte días, a contar desde su ocupación por otro. Pasado este término, pertenecerán al que los haya cogido y conservado"

Es decir que el veterinario se hará dueño del animal domestico si pasados 20 días no los reclama.



Desconectado golfo119

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Re: DUDA PRESCRIPCION ADQUISITIVA
« Respuesta #2 en: 20 de Septiembre de 2009, 17:47:03 pm »
Que conste que no sabía la respuesta, por eso la plantee aquí, como debate jurídico, ya que recientemente visité un veterinario y me sorprendió saber que mucha gente abandona a sus animales....Quise comprar uno, pero me dijo la chica que no los vendían, quería ver el respaldo legal que podía tener esa decisión.

Saludos

Desconectado MiLe_TzN

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Re: DUDA PRESCRIPCION ADQUISITIVA
« Respuesta #3 en: 20 de Septiembre de 2009, 18:45:07 pm »
Para que haya usucapión (o prescripción adquisitiva) se tienen que dar los requisitos de que la posesión sea en concepto de dueño, pública, pacífica y no interrumpida. Sólo la posesión que se adquiere y se disfruta en concepto de dueño puede servir de título para adquirir el dominio. Tiene que haber buena fe y justo título.
Y en cuanto a los plazos, por usucapión ordinaria, al ser un bien mueble, el plazo sería de 3 años.

El artículo al que haces referencia, es sobre la ocupación, no sobre la usucapión. Ambas son formas de adquirir la propiedad, pero son diferentes.
Los artículos que regulan la usucapión son el 1930 y ss. CC.
Abogada y Doctoranda

Desconectado golfo119

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Re: DUDA PRESCRIPCION ADQUISITIVA
« Respuesta #4 en: 20 de Septiembre de 2009, 19:55:55 pm »
Efectivamente, no se trata de prescripción adquisitiva. Ante el desconocimiento del caso, titulé como "prescripción adquisitiva" por error, pero viendo el mismo Código Civil, se sale de dudas.


Gracias por tu atenta aclaración, Mile

Desconectado jbr

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Re: DUDA PRESCRIPCION ADQUISITIVA
« Respuesta #5 en: 20 de Septiembre de 2009, 20:31:45 pm »
Hola:

  Efectivamente la propiedad, según el art. 609 del CC, se adquiere por la ocupación, por ley, por sucesión, mediante tradición y por prescripción usucapión).

   Y según el art, 612 el propietario de un animal amansado tiene 20 días para reclamar la propiedad, por lo vencido el plazo de los veinte días de posesión de los animales amansados sin haber recibido reclamación, de pleno derecho tal posesión queda convertida en adquisición de pleno dominio por ocupación.

   Saludos,

    jbr
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