Depende, como norma general será como bien dices, pero si se trata de instituciones muy elementales (que repiten el ejemplo en el Manual de teoría, o instituciones muy elementales y básicas) sí que te puede caer algo de derecho material (CC), y de hecho ha caído en años anteriores.
Siguiendo con el ejemplo anterior, que es una institución procesal elemental (el litisconsorcio), te puede preguntar el Departamento en el caso práctico " Quiénes están legitimados para interponer demanda de nulidad matrimonial" o "puede interponer un tercero que no sean los cónyuges" y no vale decir el número del art. del CC (viene en la LEC), sino lo que dice el art CC, puesto que hay un epígrafe siempre en la teoría denominado "legitimación" (para cada institución procesal) y ponen el ejemplo varias veces.
Por eso digo siempre, que los Departamentos no son tontos, sino profesionales de la docencia, que permiten LEC o LECriminal COMO AYUDA, pero difícilmente se salva el examen sólo con leyes procesales.
A eso me refiero.